LEY DEL EJERCICIO
PROFESIONAL DE EL SALVADOR
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
Objeto de esta Ley
Art. 1. La presente ley es de Carácter general, teniendo por objeto establecer las normas que regularán el Ejercicio Profesional así como, la constitución, organización y funcionamiento de los Colegios Profesionales y consecuentemente del Consejo de Colegios Profesionales de El Salvador, como Personas Jurídicas de Derecho Público.
Consejo de Asociaciones de Profesionales de El Salvador
PROYECTO
LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE EL SALVADOR PROYECTO
LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE EL SALVADOR
I. II. III. IV.
Que el ejercicio de las Profesiones con títulos acreditados según la Ley de Educación Superior es de interés social y por lo tanto es una obligación del Estado, regular tal ejercicio. Que el Estado debe garantizar la calidad del ejercicio profesional de las profesiones antes dichas. Que es imperativo para el Correcto y responsable ejercicio de las profesiones, la creación de Colegios formados por
12/03/2016
Miembros de la Junta Directiva del Consejo de Asociaciones de Profesionales de El Salvador.
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