Cursos de Geografía - UPR Humacao

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Esta página es un instrumento de divulgación de proyectos y textos relacionados a los cursos de Geografía de la Universidad de Puerto Rico en Humacao.

Nos arropa la violencia de género – Todas 25/11/2018

El siguiente mapa ubica los asesinatos de mujeres en el 2018 en Puerto Rico.

Nos arropa la violencia de género – Todas La violencia de género es un crimen, una violación de derechos humanos que resulta como consecuencia de las desigualdades sociales. En 2018, 22 mujeres han sido asesinadas en Puerto Rico por sus parejas o exparejas. El siguiente mapa ubica cada uno de los casos con los datos provistos por la Polic...

24/11/2018

Esta es la propuesta de orden ejecutiva que la Colectiva Feminista en Construcción exige que el gobernador Ricardo Rossello firme para declarar una crisis nacional por la violencia de género que sufren las mujeres en Puerto Rico.

Un agente de la Policía informó a las manifestantes que "no hay nadie" en La Fortaleza.

Las mujeres han dicho que no se moverán hasta que el gobernador firme. Y las casetas de campaña ya están puestas. Es un plantón. Plantón 23N

SAN JUAN, PUERTO RICO

Boletín Administrativo Núm. OE-2018-

ORDEN EJECUTIVA DEL GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, HON. RICARDO ROSELLÓ NEVARES, PARA DECLARAR CRISIS NACIONAL EN PUERTO RICO POR LA VIOLENCIA DE GENERO QUE SUFREN LAS MUJERES EN DIFERENTES ÁMBITOS Y, APROBAR UN PLAN NACIONAL EN CONTRA DE LA VIOLENCIA MACHISTA

POR CUANTO: ​Es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, la prevención y atención de la violencia de género en todas sus manifestaciones, tales como la violencia doméstica, la violencia sexual y el acoso sexual, entre otras.

POR CUANTO: ​La primera sección de nuestra carta de derechos contenida en el Artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico declara que la dignidad de las personas es inviolable, establece el principio de igualdad humana ante la ley y prohibe la discriminación por motivo de s**o, raza u origen entre otras.

POR CUANTO: ​La violencia de género se define como cualquier acto violento por razón de s**o o género, que resulte o pueda resultar en daño físico, sexual o psicológico o en sufrimiento de la mujer, incluyendo amenazas de realizar tales actos, la coacción o privación arbitraria de la libertad, que se produzcan en la vida pública o privada. Este tipo de violencia es la violación de derechos humanos más habitual y que afecta a un mayor número de personas en todo el Mundo. Constituye además una violación a nuestra Constitución pues supone una de las formas más violentas de discrimen, que atenta contra la dignidad de quienes la sufren.

POR CUANTO: ​En Puerto Rico existe una crisis de violencia de género. Ello ha quedado evidenciado por el número de muertes de mujeres en situaciones de violencia doméstica en lo que va del año 2018. Según la Oficina de la Procuradora de la Mujer, 16 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o ex parejas, y se han registrado innumerables incidentes de violencia doméstica, procesados a través del sistema judicial y/o que contaban con órdenes de protección.

POR CUANTO: ​Esta tendencia, de muertes por causa de violencia de género es una constante. Las estadísticas de violencia doméstica de la Policía de Puerto Rico indican que en 2017 se registraron un total de 7,114 incidentes relacionados con violencia de género en los que las víctimas fueron mujeres. Ese mismo año murieron 14 mujeres en incidentes de violencia doméstica. En el 2016 se registraron 10 mujeres asesinadas por violencia de género, 9 en el 2015, y 16 en el 2014. En la última década, el número más alto registrado, según estadísticas de la Oficina de la Procuradora de la Mujer, es de 25 en el 2011 y 26 en el 2008.

POR CUANTO: ​Tras el paso de los huracánes Irma y María, se ha agravado la situación de violencia que sufren las mujeres en Puerto Rico, reportándose un alza en los casos de violencia sexual, hostigamiento sexual en el trabajo y los asesinatos y agresiones en incidentes de violencia doméstica.

POR CUANTO: ​Coincidimos con la Coordinadora Paz para la Mujer, la Coalición contra la violencia doméstica y la agresión sexual en Puerto Rico y otras entidades, en que existe una “crisis nacional” de violencia contra las mujeres, que hace imperativo que el gobierno actúe con diligencia, para atajar este problema.

POR CUANTO: ​La violencia machista es la manifestación más extrema de la desigualdad entre mujeres y hombre, y continúa siendo uno de los grandes problemas sociales a los que se enfrenta nuestra sociedad. La Organización de Naciones Unidas ha puntualizado que las causas de la violencia contra las mujeres se encuentran en la discriminación de género, las normas sociales y los estereotipos de género que la perpetúan. Dados los efectos devastadores que la violencia tiene en las mujeres, la mejor manera de contrarrestar la violencia de género es prevenirla tratando sus orígenes y causas estructurales. Esta prevención debe comenzar en las primeras etapas de la vida, mediante la educación de los niños y niñas que promueva las relaciones de respeto y la igualdad de género.

POR CUANTO: ​La crisis antes mencionada, amerita una respuesta gubernamental integral, en la que se aunen esfuerzos de las agencias. Esta respuesa debe además, impulsar medidas en distintos ámbitos, entre estos: sensibilización y prevención a través de la educación con perspectiva de género; mejorar la respuesta institucional a las victimas de violencia de género; mejorar la asistencia, ayuda y protección a las sobrevivientes y a los menores de edad que integran el núcleo familiar; mejoramiento de la formación de los funcionarios que intervienen en estos casos; un mejor seguimiento estadístico e investigativo y el reconocimiento y la atención hacia otras formas de violencia que sufren las mujeres, además de la violencia doméstica.

POR TANTO:​YO, RICARDO ROSELLÓ NEVARES, Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud de la autoridad que me confiere la Constitución y las Leyes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, de cumplir y hacer cumplir las leyes, por la presente dispongo lo siguiente, como primera parte de un Plan Nacional contra la Violencia Machista:

PRIMERO:​Se declara a Puerto Rico en Estado de Emergencia Nacional por la situación de violencia de género que viven las mujeres en nuestro país. ​

SEGUNDO: ​Se le ordena a la Procuradora de la Mujer que establezca alianzas con organizaciones y grupos que provean atención a mujeres en casos de violencia de género y que junto a estos grupos, se prepare una campaña de concientización masiva, sobre la violencia de género, sus causas y consecuencias. Dicha campaña debe tener objetivos específicos que puedan ser objeto de evaluación sobre la efectividad de la campaña.

TERCERO: ​Se le ordena a la Secretaria del Departamento de Educación que incorpore al currículo escolar, la educación con perspectiva de género, incorporando materiales y guías dirigidas a atacar las narrativas que acentúan la inequidad y atentan contra la integridad física y emocional de las mujeres, al justificar el control y la represión de sus cuerpos y libertades fundamentales; el incremento en la violencia por razón de género, las prácticas racistas, homo-lesbo-bi-transfóbicas, xenofóbicas, sexistas y machistas, y la existencia de estructuras y relaciones sociales patriarcales que están interconectadas con otras estructuras opresoras y de explotación. Dicho currículo debe incorporar:

▪ Reconocimiento de manera explícita de la educación sobre estruturas familiares diversas y orientaciones sexuales.
▪ Un proyecto previo de capacitación y sensibilización del magisterio, sobre la perspectiva de género y sobre su impacto social e influencia en la formación de las generaciones presentes y futuras y obtener el compromiso de los directivos de los distintos gremios magisteriales para que apoyen la capacitación a su matricula y la promoción de una educación para la equidad.

CUARTO:​Se ordena al Superintendente de la Policía de Puerto Rico que establezca un negociado o división de trabajo, dirigido a trabajar de forma más eficaz y estructurada, la investigación, y el procesamiento de los delitos de agresión sexual y violencia de género.

QUINTO: ​Se ordena al Secretario del Departamento de Seguridad Pública, al Superintendente Interino de la Policía de Puerto Rico y a la Secretaria de Justicia el diseño y ejecución de adiestramientos intensivos para policías y fiscales, en dondo se presenten casos reales y donde puedan recrear experiencias de trabajo. Estos adiestramientos deben tratar asuntos de:

▪ Discreción en el proceso de citación
▪ Cómo manejar las diferentes situaciones, en especial para los agentes interventores (hombres y mujeres)
▪ Cómo eliminar la resistencia para atender adecuadamente los casos de violencia doméstica
▪ Elementos de sensibilidad y cambios de actitudes machistas y paternalistas
▪ Aspectos de desarrollo emocional
▪ Aspectos de construcción de la masculinidad, el machismo, la homofobia y la lesbofobia
▪ La violencia hacia las mujeres como un acto criminal, sus causas y consecuencias y las necesidades de las víctimas/sobrevivientes
▪ La violencia física y la violencia emocional
▪ Las etapas y los procedimientos de intervención con los casos de violencia de género (investigaciones)

SEXTO: ​Se ordena a la Procuradora de la Mujer y al Superintendente de la Policía de Puerto Rico, que establezcan alianza para la creación de talleres y/o adiestramientos dirigidos a atajar el problema de violencia doméstica, en los que funcionarios de la Policía de Puerto Rico son victimarios; y a establecer cualquier protocolo necesario para identificar este tipo de casos y ofrecer terapia y/o tratamiento a los policías que hayan sido acusados o señalados por violencia doméstica.

QUINTO: ​Se ordena al Secretario del Departamento de Seguridad Pública, al Superintendente Interino de la Policía de Puerto Rico y a la Secretaria de Justicia, que tomen las medidas administrativas necesarias para adiestrar a los policías, fiscales y todo el personal que interviene en la investigación y denuncia de delitos, sobre los crimenes de odio y la aplicación de dicho agravante, en particular aquellos delitos motivados por la violencia de género, de manera que se aplique el agravante en los casos. De igual forma, se le ordena a las agencias antes mencionadas que establezcan un protocolo para hacer un conteo de los casos, de manera que a final de año exista información estadística sobre estos. Se ordena que se publique y divulgue información sobre el ofrecimiento de los adiestramientos antes mencionados, en las respectivas páginas de internet de las agencias, para el acceso del público en general.

SÉPTIMO: ​Se ordena a la Secretaria del Departamento de Justicia, la Secretaria del Departamento de Familia, la Secretaria del Departamento de Salud, la Secretaria del Departamento de Educación, el Secretario del Departamento de Vivienda, el Secretario del Departamento de Seguridad Pública que establezcan protocolos para que las víctimas, las sobrevivientes, las familias y toda la población que interviene con las personas víctimas de agresión tengan la información y la capacitación necesaria para que puedan acceder a la atención y los servicios de apoyo a las que tienen derecho, así como promover la prevención de otros eventos de agresión o violencia por razón de género.

OCTAVO: ​Se ordena a la Procuradora de las Mujeres que diseñe y distribuya un instrumento gráfico que explique el manejo de las solicitudes de ordenes de protección y/o del incidentes desde el momento en que se genere hasta su conclusión. Este instrumento debe estar disponible para todos los componentes del sistema, incluyendo el Departamento de Justicia y la Policía de Puerto Rico. Además, se ordena la creación de una campaña educativa a los fines de divulgar el proceso de solicitud y manejo de una orden de protección. Se ordena además, que se diseñe y publique un tríptico que ilustre claramente las obligaciones de todos los componentes del sistema. El mismo debe incluir las obligaciones relativas a la protección, intervención, arrestos, referidos y la redacción de los informes escritos. Este opúsculo se entregará a las sobrevivientes de manera que puedan evaluar el proceso y reclamar sus derechos – y entre el personal de las diferentes agencias que intervienen directa e indirectamente en los casos.

NOVENO: ​Se ordena al Secretario del Departamento de Salud que lleve a cabo una investigación exhaustiva sobre la violencia obstétrica en Puerto Rico, y que se creen mecanismos para visibilizar este tipo de violencia junto a recomendaciones de cómo abordarlo en la búsqueda de la erradicación de éste tipo de prácticas.

DÉCIMO ​Se ordena al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico que en atención a los casos de violencia de género de Puerto Rico, desarolle una estrategia de coordinación interagencial, para lograr la consolidación e integración de los formularios, la recopilación de las estadísticas y la uniformidad de los procesos, usando lo más adelantado de la comunicación computadorizada.

UNDÉCIMO:​ Se ordena al Secretario del Departamento de Corrección y Rehabilitación que active la Junta Reguladora de los Programas de Reeducación y Readiestramiento para Personas Agresoras, para trabajar la actualización de las guías sobre los requisitos mínimos que deben reunir los programas de desvíos a base de una evaluación exhaustiva del funcionamiento de estos programas.

DUODÉCIMO:​Se ordena al Departamento de Corrección y Rehabilitación que designe a una funcionaria cuya responsabilidad sea velar por la efectividad de estos programas y por el cumplimiento del protocolo establecido en las guías.

DECIMOTERCERO: Se ordena a la Directora del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico que designe un comité interagencial que realice una auditoría de los “rape kits” que no han sido analizados hasta la fecha, y que prepare un informe en el que se detalle:

▪ Un examen del proceso de recopilar y analizar evidencia forense en casos de agresión sexual
▪ Identificar el número de evidencia recopilada y no analizada
▪ Identificar posibles aspectos a mejorar en relación al análisis de los “rape kits”
▪ Identificar y solicitar cualquier tipo de recursos o fuentes de fondos para eliminar el atraso de evidencia forense sin analizar, reducir el tiempo de espera, proveer notificación a las víctimas y mejorar la eficiencia en el proceso de evaluacion de los “kits”
▪ La creación de un proceso que facilite que dicha evidencia llegue con las garantías adecuadas de cadena de custodia a los procedimientos judiciales en los cuales se enjuicie criminalmente a un imputado de agresión sexual y dentro del término de tiempo requerido.

DÉCIMOCUARTO: Dentro de un término no mayor de sesenta (60) días, contados a partir de la promulgación de esta Orden Ejecutiva, la Procuradora de la Mujer creará un comité interagencial, constituido por representantes autorizados de cada una de las agencias o entidades gubernamentales aquí mencionadas y tres representantes de organizaciones que ofrezcan servicios y/o atención a mujeres víctimas de violencia de género, para garantizar el cumplimiento y posteriores acciones en relación a las medidas que aquí se disponen. El comité se reunirá cada treinta (30) días para discutir las estrategias de creación e implantación de los programas y adiestramientos, dar seguimiento a los acuerdos, proveer soluciones a las situaciones surgidas, así como para conocer el estatus de los diferentes proyectos. Dentro de diez (10) dias de celebrada cada reunión, el comité enviará un informe al Gobernador sobre lo acontecido e informará sobre el cumplimiento de lo establecido en esta orden.

DÉCIMOQUINTO: ​DEROGACIÓN. Esta Orden Ejecutiva deja sin efecto cualquier otra Orden Ejecutiva que, en todo o en parte sea incompatible con ésta, hasta donde existiera tal incompatibilidad.

DÉCIMOSEXTO: ​SEPARABILIDAD: Las disposiciones de esta Orden Ejecutiva son independientes y separadas unas de otras y si un tribunal con jurisdicción y competencia declarase inconstitucional, nula o inválida cualquier parte, sección, disposición u oración de esta Orden Ejecutiva, la determinación a tales efectos no afectará la validez de las disposiciones restantes, las cuales permanecerán en pleno vigor.

DECIMOSÉPTIMO: VIGENCIA Y PUBLICACIÓN. Esta orden entrará en vigor
de manera inmediata. Se ordena su más amplia publicación y divulgación.

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido la presente Orden Ejecutiva bajo mi firma y hago estampar en ella el gran sello del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en la Fortaleza, en San Juan, Puerto Rico, hoy ____ de _____________ de 2018.

​RICARDO ROSELLÓ NEVARES
​ GOBERNADOR

Promulgada de acuerdo con la ley, hoy, ____ de ______________ de 2018.

LUIS G. RIVERA MARÍN
SECRETARIO DE ESTADO

19/11/2018

Cartograma poblacional

Updated Map of World Population in Squares, one square corresponds to 1,000,000 people
Source: https://goo.gl/h6RTLj

Rosselló seguirá permitiendo construcción en áreas inundables 17/11/2018

🤦🏽‍♂️

Rosselló seguirá permitiendo construcción en áreas inundables El gobernador Ricardo Rosselló Nevares anunció la adopción de los Códigos de Puerto Rico de 2018, para actualizar estándares y requisitos mínimos de construcción pero, contradictoriamente, dijo que se continuará permitiendo que se construya en áreas inundables.

15/11/2018

Los asesinatos y las agresiones por violencia de género no son hechos aislados. Son la consecuencia más grave del machismo y de las desigualdades de género que aún permean en nuestra sociedad | | (Fotografía de la Marcha de las novias convocada el pasado jueves por el Centro de la Mujer Dominicana contra la violencia de género tomada por Ana Maria Abruña)

Ciudad Ludica en Halloween (UPRH) 15/11/2018

El estudiante Jonele Crespo del Departamento de Comunicación en la UPR Humacao preparó este video que resume parte de lo acontecido en “La Noche Lúdica II” del pasado 31 de octubre en la Plaza de Recreo de Humacao. El evento fue convocado por el profesor y los estudiantes del curso Geografía de Puerto Rico (GEOG 3165).

Ciudad Ludica en Halloween (UPRH) Copyright Disclaimer Under Section 107 of the Copyright Act 1976, allowance is made for "fair use" for purposes such as criticism, comment, news reporting, t...

Photos 13/11/2018

Mañana miércoles 14 será la presentación del libro "Transitando: ciudad, abandono y violencias". Los profesores Félix A. López Román y Rafael René Díaz-Torres del Departamento de Ciencias Sociales en la UPR Humacao participaron de esta publicación. El evento comenzará a las 7:00pm en la Escuela de Arquitectura de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Río Piedras.

12/11/2018

¡Feliz Semana de la Geografía!

12/11/2018

Hoy, 11 de noviembre, en Puerto Rico se celebra el día del veterano. Por tal razón el Colectivo Puertorriqueño de Geografía celebra a todos los heroes y veteranos de la lucha revolucionaria y por la independencia de Puerto Rico.

Dicho arte es creado por Juan Díaz "Juancho" para el 2016 como parte de la Delegación Boricua hacia el CIJAA en República Dominicana.

En el arte se pueden observar los nombres de muchos de nuestros mártires revolucionarios de la historia de Puerto Rico, localizados en el área donde nacieron. Hoy celebramos a estos y a muchos otros mártires de la lucha por nuestro país. Hoy celebramos a Hostos, revolucionario y ciudadano de América, el primer puertorriqueño reconocido en hablar de geografía, nuestro primer geógrafo.

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