14/10/2019
CUESTIÓN DE CONFIANZA
1. ¿Cuál es el origen de la cuestión de confianza? La cuestión de confianza o moción de confianza es el instrumento político que tiene su origen en el sistema parlamentarista.
2. ¿Qué es la cuestión de confianza? Es una facultad o mecanismo constitucional con la finalidad de ofrecer una salida al Poder Ejecutivo cuando entra en abierta colisión con el Congreso. Al respecto el Tribunal Constitucional ha señalado que la cuestión de confianza garantiza el sistema de pesos y contrapesos.
3. ¿Quién plantea la cuestión de confianza? Solo se plantea por iniciativa ministerial, el presidente del Consejo de Ministros puede plantear ante el Congreso una cuestión de confianza a nombre del gabinete, según los artículos 132 y 133 de la Constitución.
4. ¿Sobre qué se presenta la cuestión de confianza? Se presenta sobre una política de Estado, un programa de gobierno, o un proyecto de ley. Según el máximo intérprete de la Constitución, la cuestión de confianza ha sido regulada en la Constitución de manera abierta, con la clara finalidad de brindar al Poder Ejecutivo un amplio campo de posibilidades en busca de respaldo político por parte del Congreso, para llevar a cabo las políticas que su gestión requiera (Exp. Nº 0006-2018-PI/TC, FJ 75). En ese sentido, la Comisión de Venecia también ha señalado que la Constitución peruana no pone límites a la cuestión de confianza.
5. ¿Qué ocurre si se aprueba la cuestión de confianza? Con la aprobación de la cuestión de confianza se produce un respaldo del Congreso sobre la política de Estado, con lo que el Congreso debe impulsar las políticas, sin desnaturalizar la esencia de lo que se planteó, sin embargo, no hay reglas claras de cómo medir el compromiso del Congreso. Según expertos en Derecho Constitucional, los congresistas podrían decir que debatirán las iniciativas, sin aprobarlas como propone el Ejecutivo, al no estar sujetos a mandato imperativo (este tema debería ser regulado por el Congreso).
6. ¿Qué sucede si se rechaza la cuestión de confianza? Conforme lo prevé el artículo 133 de la Constitución, se produce la crisis total del gabinete ministerial, lo que implica la renuncia de todos los ministros.
7. ¿Qué ocurre si el Congreso niega dos veces la cuestión de confianza? Cuando el Congreso ha censurado o negado su confianza a dos consejos de ministros, el presidente de la República está facultado para disolver el Congreso.
8. ¿Qué sucede si el Presidente de la República opta por la Disolución del Congreso? El Decreto Supremo de Disolución, debe contener la convocatoria a elecciones para un nuevo congreso, que se realizarán dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente. Disuelto el Congreso, se mantiene en funciones la Comisión Permanente, la cual no puede ser disuelta (art. 134).