24/01/2024
Trujillo Hoces en Linkedin
Se anula sentencia que ordenaba que abogado indemnice a cliente por no apelar sentencia (Cas. 2632-11-Lima).
Empresa (Cliente) demanda a su abogado, solicitando el pago de S/. 105,000.00, más intereses, al no haber apelado una sentencia (que ordenaba que dicha Empresa pague ese monto a favor de un trabajador).
📌 POSTURA DE DEMANDANTE:
En contrato se estableció una CLÁUSULA por la que el Abog. se obligó a: "asumir la responsabilidad por la no interposición o por la interposición extemporánea de los recursos de impugnación cubriendo todo costo que ello pudiere originar". Siendo que, al no haber apelado una sentencia laboral, por la que, la Empresa debía pagar S/. 105,000.00 a un trabajador, corresponde que el abogado pague dicho monto a la Empresa demandante.
📌 1RA. INSTANCIA: Fundada la demanda. Señala además que, abogado no varió de domicilio, ni consignó su casilla, para efectos de las notificaciones.
📌 2DA. INSTANCIA: Confirma.
📌 CORTE SUPREMA.
▪Trae a colación LA TEORÍA DE LA PÉRDIDA DE LA CHANCE.
▪"(...) la oportunidad perdida deberá ser cierta por causa del hecho del tercero por lo que resultará necesario acreditar que existía tal oportunidad acompañada de antecedentes para su consideración (...) deberá ser el juez quien deba establecer si la posibilidad perdida constituyó una probabilidad cierta, fundada y suficiente por lo que aun cuando la estimación del daño pudiera resultar dificultosa su apreciación, determinación y extensión responderá a la determinación prudente que el juez efectúe con arreglo a las circunstancias del caso".
▪Además, señala que, normalmente, la obligación del abogado es de medios y no de resultados: "sólo podrá hablarse de responsabilidad si en el desarrollo de su cometido el letrado no desplegó la diligencia y habilidad técnica exigible al profesional de su condición (...) sólo debe poner de su parte los conocimientos, diligencia, pericia y prudencia necesarios para obtener un fallo favorable pero sin garantizar dicho resultado de modo tal que para acreditar el incumplimiento deberá demostrarse la culpa, negligencia, impericia o desidia del profesional".
▪Anula la recurrida, indicando que el órgano inferior debe determinar la aplicación o no de la doctrina de la pérdida de la chance.
▶ Criticable: Ausencia de análisis de la cláusula antes referida. Se ordena analizar el caso como un supuesto de pérdida de la chance, bajo las reglas generales de responsabilidad, pero no se analiza, en todo caso, la validez o aplicabilidad de la cláusula, con una condición cuyo supuesto de hecho se entendería cumplido. Más aún cuando, de analizarse, cabría tener en cuenta que, según el demandado, los S/. 105,000.00 requeridos superan los S/. 77,000.00 que percibió como honorarios durante su relación contractual.