09/07/2022
⭐️⭐️ 🌈Ministerio de Transportes y Comunicaciones da nueva prorroga para las Licencias de Conducir profesionales y de moto a través del Decreto Supremo Nº 011-2022-MTC. 🌈⭐️⭐️
🚨 Las licencias A II–b, que hayan vencido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 30 de agosto de 2022, mantendrán su validez hasta el 31 de agosto. Autoriza a conducir microbuses o minibuses hasta 6 toneladas de peso.
🚨Las licencias A III–a, con fecha de caducidad entre el 1 de enero de 2020 y el 29 de setiembre de 2022, la prórroga aplicará hasta el 30 de setiembre 2022. Les permite conducir minibuses urbanos, interurbanos, panorámicos y articulados.
🚨Las licencias A III-b, que vencen entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de octubre de 2022, tendrán una prórroga hasta el 31 de octubre de 2022. Les permite conducir remolques, grúas, cargobuses, plataformas, barandas y volquetes.
🚨Las licencias A III-c cuya fecha de caducidad sea entre el 1 de enero de 2020 hasta el 29 de noviembre de 2022, tendrán vigencia hasta el 30 de noviembre de 2022. Autoriza a conducir todos los vehículos antes mencionados.
🚨 Además, el MTC ha dispuesto ampliar hasta el 31 de diciembre de 2022 la validez de las licencias de conducir de la clase B (motos y mototaxis 🏍🛺), cuya fecha de vencimiento se ubique entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de julio de 2022.