17/06/2026
🚨🚫 La ATU (Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) tiene como función principal planificar, regular, gestionar y fiscalizar el transporte urbano de pasajeros en Lima y Callao. Sus competencias están centradas en el transporte público, rutas, operadores, autorizaciones y la movilidad urbana.
Los estacionamientos públicos en la vía pública destinados a vehículos particulares (como zonas de parqueo, estacionamiento tarifado, señalización vial y similares) suelen ser competencia de las municipalidades, en el marco de la gestión del tránsito a nivel local, y no de la ATU.
La afirmación del "ESPECIALISTA EN SEGURIDAD VIAL" respecto a "poner orden para que se cumplan las normas" se vuelve ILEGAL y engañosa toda vez que ATU:
❌ No regula el estacionamiento de vehículos particulares en calles
❌ No gestiona zonas rígidas o parquímetros municipales
❌ No reemplaza a las municipalidades en el control del tránsito local
❌ No es una autoridad general de “seguridad vial” para todo el espacio urbano.
Estas funciones corresponden principalmente a las Municipalidades distritales, provinciales y la Policía Nacional del Perú (control del tránsito en vía pública).