Cátedra Pariona

Cátedra Pariona Espacio académico impulsado por el equipo de la cátedra del Prof. Dr. Raúl Pariona Arana
www.linktr.ee/raulpariona Dr. iur. Raúl Pariona Arana. El Prof.

Esta es la plataforma digital de la Cátedra del Prof. El objetivo de esta página, impulsada por el equipo de la cátedra, es servir de medio para el intercambio de información con los estudiantes, abogados y profesores de todas las universidades del Perú y del mundo sobre los temas fundamentales del Derecho. Asimismo, está pagina tiene por finalidad brindar información sobre leyes, doctrina y jurisprudencia y sobre las diversas actividades y eventos de los cursos materia de la cátedra. Raúl Pariona es profesor en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Pontificia Universidad Católica del Perú.

  |  LA NEGATIVA A IDENTIFICARSE PUEDE DAR LUGAR A UNA DENUNCIA POR DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, PERO NO ...
23/09/2026

| LA NEGATIVA A IDENTIFICARSE PUEDE DAR LUGAR A UNA DENUNCIA POR DESOBEDIENCIA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, PERO NO JUSTIFICA UNA DETENCIÓN ARBITRARIA [STC EXP.00413-2022-PHC/TC]

El Tribunal Constitucional ha señalado lo siguiente: “De otro lado, y si bien se argumenta que los intervenidos no quisieron exhibir su documento de identidad, lo que correspondía –previo cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 205 del Código Procesal Penal− era denunciarlos por la comisión del delito previsto en el artículo 368 del Código Penal, mas no enmarrocarlos y conducirlos a viva fuerza al local policial, pues tal proceder ni está permitido por razones de control de identidad policial, ni puede la misma autoridad convertirse en facilitadora de las propias condiciones que conduzcan a un flagrante delito para, a partir de allí, autohabilitarse en la potestad de detención” (FJ. 22).




Lima, septiembre, 2026.
23/09/2026

Lima, septiembre, 2026.

  | ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA EN LAS PERSONAS JURÍDICAS (ART. 198°)El delito de administración fraudulenta sanciona el ...
22/09/2026

| ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA EN LAS PERSONAS JURÍDICAS (ART. 198°)

El delito de administración fraudulenta sanciona el uso indebido de las funciones de gestión o representación para perjudicar o poner en peligro el patrimonio de una empresa o entidad.

¿Por qué es importante?
Su regulación es fundamental porque protege el patrimonio de la persona jurídica, resguarda los intereses de los socios, accionistas y auditores, y asegura la buena fe y la transparencia en las actividades económicas.

  | PEDRO ARRIOLA: EL CHARANGO PERUANO LLEGA A EUROPAEn esta oportunidad, compartimos la nota informativa «Pedro Arriola...
22/09/2026

| PEDRO ARRIOLA: EL CHARANGO PERUANO LLEGA A EUROPA

En esta oportunidad, compartimos la nota informativa «Pedro Arriola: de gira por Europa con el charango peruano» publicada por el diario El Peruano, que destaca la trayectoria del músico peruano y su labor de difusión del charango como expresión de nuestra identidad cultural.
Esta iniciativa forma parte del proyecto Charango Vivo, una propuesta dedicada a la creación de nuevos repertorios, la investigación de la técnica del charango peruano y la promoción de este instrumento andino a través de presentaciones internacionales en Alemania, España y Francia. Asimismo, resalta la creación del Conjunto Peruano de Charangos, integrado por diferentes registros del instrumento, con el objetivo de mostrar la riqueza sonora del folclore peruano y latinoamericano.
Los invitamos a conocer más sobre la historia, tradición e innovación del charango peruano en el siguiente link: https://elperuano.pe/noticia/304962-pedro-arriola-de-gira-por-europa-con-el-charango-peruano

  | APUNTES SOBRE LA RESPONSABILIDAD (OBJETIVA Y POR EL HECHO DE OTRO) DE LA PERSONA JURÍDICA POR LOS DELITOS COMETIDOS ...
22/09/2026

| APUNTES SOBRE LA RESPONSABILIDAD (OBJETIVA Y POR EL HECHO DE OTRO) DE LA PERSONA JURÍDICA POR LOS DELITOS COMETIDOS POR PERSONAS NATURALES INTEGRADAS EN SU ESTRUCTURA. EL CASO PERUANO
Autor: Alfredo Alpaca Pérez
Esta vez recomendamos un artículo que va a contracorriente. Buena parte de la doctrina peruana entiende que la Ley 30424, aunque hable de "responsabilidad administrativa", en el fondo regula una responsabilidad penal de la persona jurídica. Alpaca Pérez no lo acepta sin más y se pregunta si realmente es así.
Su respuesta es que no. Para él, como la empresa responde por el delito de una persona natural integrada en su estructura, se trata de una responsabilidad objetiva y por el hecho de otro. Eso, sostiene, le da naturaleza civil, con fundamento en el enriquecimiento injusto de la persona jurídica.
¿Por qué leerlo?
•⁠ ⁠Porque cuestiona el argumento más repetido a favor de la responsabilidad penal: que basta con que el juez penal la declare, dentro del proceso penal, para que sea penal.
•⁠ ⁠Porque advierte un problema de fondo. Responsabilizar penalmente a la empresa por lo que hizo otra persona choca con la prohibición de responder por hechos ajenos, y por eso quienes defienden la responsabilidad penal terminan apoyándose en un hecho propio de la empresa (la autorresponsabilidad).
•⁠ ⁠Porque baja a lo práctico: revisa cómo se incorpora a la persona jurídica al proceso y qué medidas se le pueden imponer (arts. 104 y 105 del Código Penal y art. 5 de la Ley 30424), algo útil para quien litiga o trabaja en Compliance.
•⁠ ⁠Porque, aunque defiende una postura propia, sirve también para ubicarse en el debate, con abundante doctrina nacional y comparada.
Y es que definir si esta responsabilidad es penal, administrativa o civil no es un simple ejercicio teórico: de esa respuesta dependen las garantías y los criterios de imputación que hay que respetar.

21/09/2026

| ¿Cuándo un incumplimiento contractual se convierte en un delito de estafa?
La delgada frontera entre el ilícito civil y la estafa contractual representa uno de los dilemas más complejos y frecuentes en la praxis judicial. Cotidianamente, la frustración de un contrato o el uso de datos inexactos lleva a las partes a recurrir a la vía penal en busca de una sanción privativa de la libertad.
Esta problemática genera un intenso debate en la comunidad jurídica; por un lado, quienes defienden la extensión de la vía penal sostienen que cualquier engaño antecedente que genere un perjuicio patrimonial debe ser sancionado como estafa contractual para tutelar la buena fe en el mercado; y, por otro lado, la doctrina mayoritaria y el criterio de la cátedra recuerdan que el Derecho Penal interviene estrictamente como ultima ratio. Por ello, el baremo delimitador no radica en la sola existencia de un engaño, sino en el criterio de subsunción típica integral: solo habrá delito si concurren rigurosamente todos y cada uno de los elementos del tipo penal (engaño idóneo, error, disposición patrimonial, perjuicio, dolo y ánimo de lucro). Si el ánimo de incumplir surge de manera sobrevenida (dolo posterior), el conflicto debe resolverse exclusivamente en la vía civil.
¿Consideras que el cumplimiento de la totalidad de los elementos del tipo penal, es decir, la subsunción típica es el único filtro para evitar la sobrecriminalización de los contratos, o la sola presencia de un engaño inicial justifica la intervención del Derecho Penal?
¡Abramos el debate!

  | ¿ES DELITO DE ABUSO DE FIRMA EN BLANCO SI EL PERJUICIO RECAE EN UN NOMBRE ARTÍSTICO Y NO EN DINERO? La Corte Suprema...
21/09/2026

| ¿ES DELITO DE ABUSO DE FIRMA EN BLANCO SI EL PERJUICIO RECAE EN UN NOMBRE ARTÍSTICO Y NO EN DINERO?
La Corte Suprema ha señalado que «(...) los supuestos de defraudación previstos en el artículo 197 del CP, como es el caso del delito de abuso de firma en blanco, no necesariamente comparten los mismos presupuestos típicos del delito de estafa (...) la tipicidad de la conducta y relevancia penal radica en el abuso de confianza (...) El bien jurídico protegido es el patrimonio individual (...) El objeto de protección no se restringe a cosas materiales o corpóreas (...) se extiende a bienes inmateriales que comportan un potencial o activo económico para la persona (...) el nombre artístico representaba un activo económico». [Fundamentos décimo, decimotercero y vigésimo primero]
Este fundamento es relevante porque deslinda la estructura del abuso de firma en blanco de la estafa: precisa que no se requiere engaño ni un desplazamiento dinerario físico, sino el abuso de la confianza depositada. Además, amplía dogmáticamente el concepto de patrimonio penalmente protegido, reconociendo expresamente que los bienes inmateriales (como el nombre artístico) poseen valor económico y su apropiación mediante un documento en blanco genera un perjuicio patrimonial típico.

Hace unos días, mi querido amigo Marcelo Camargo y el equipo de LP Pasión por el Derecho me hicieron una entrevista. La...
20/09/2026

Hace unos días, mi querido amigo Marcelo Camargo y el equipo de LP Pasión por el Derecho me hicieron una entrevista. La experiencia fue grata. Gracias. Se abordó la diversa problemática del Derecho penal actual. Aquí comparto con ustedes el link de la entrevista. Pueden verlo en el primer comentario.

Todos tengan un buen día.

Presentación del libro “Comentarios al Código Penal de Perú”, editado por la editorial tirant lo blanch y dirigido por e...
18/09/2026

Presentación del libro “Comentarios al Código Penal de Perú”, editado por la editorial tirant lo blanch y dirigido por el Prof. Armando Sánchez-Malaga en la Pontificia Universidad Católica del Perú. Están todos invitados.

  | CONOCIENDO LA MÁSCARA DE LA DIABLADA PUNEÑAEn esta oportunidad, compartimos la invitación al evento cultural «Taller...
16/09/2026

| CONOCIENDO LA MÁSCARA DE LA DIABLADA PUNEÑA

En esta oportunidad, compartimos la invitación al evento cultural «Taller educativo y mediación en lengua de señas» organizado por el Museo Nacional de la Cultura Peruana, en ocasión a la Semana Internacional de las Personas Sordas y al Día Internacional de la Lengua de Señas, que se llevará a cabo el 23, 24, 25, 26 y 29 de septiembre a las 10:00 /12:00 y 14:00 horas.

Esta actividad cultural constituye un acercamiento a este lenguaje natural viso-gestual-espacial que permite quebrar las barreras de comunicación y crear espacios inclusivos en la sociedad peruana.

Los invitamos a conocer más sobre el evento en el siguiente link: https://acortar.link/LLn3sC

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