01/10/2020
Administradora del Hogar o Empleada del Hogar, usted puede hacer la diferencia.
📌 El presidente Martín Vizcarra promulgó la Ley de las trabajadoras y trabajadores del hogar, aprobada hace unas semanas en el Pleno Mujer del Congreso de la República. La ley establece que los contratos laborales para el trabajo doméstico deben celebrarse por escrito, con duplicado, y registrado ante el Ministerio de Trabajo en un plazo no mayor de 3 días hábiles. Además, impone el mínimo de 18 años para ejercer esta labor. También se establece que el salario no será menor al sueldo mínimo por una jornada de ocho horas diarias y 48 semanales. Asimismo, tendrán derecho a percibir gratificaciones de julio y diciembre, así como el pago de una CTS 👉 https://bit.ly/34ajid8
Foto: GEC