30/09/2026
El principio de buena fe hacia las víctimas no debe confundirse con la metodología que rige una evaluación pericial en psicología forense. En el artículo 5 de la ley general de víctimas refiere como un principio la Buena fe: “…Las autoridades presumirán la buena fe de las víctimas. Los servidores públicos que intervengan con motivo del ejercicio de derechos de las víctimas no deberán criminalizarla o responsabilizarla por su situación de víctima y deberán brindarle los servicios de ayuda, atención y asistencia desde el momento en que lo requiera, así como respetar y permitir el ejercicio efectivo de sus derechos…”.
El principio de buena fe implica entonces que las autoridades deben evitar prácticas de revictimización, estigmatización, culpabilización o trato basado en prejuicios y estereotipos. Sin embargo, dicho principio no significa que el perito deba asumir como demostrada, desde el inicio de la evaluación, una determinada hipótesis psicológica, ni que deba aceptar sin contraste técnico la existencia o no de una afectación psicológica.
En una evaluación psicológica forense relacionada con delitos sexuales, el profesional tiene la obligación de actuar con objetividad, imparcialidad y rigor metodológico, formulando hipótesis susceptibles de contraste y valorando explicaciones alternativas de los hallazgos obtenidos. Esto no constituye un cuestionamiento a la dignidad, buena fe o calidad de víctima de la persona evaluada, sino una exigencia propia del método pericial.
Respetar el principio de buena fe no exime al perito de contrastar hipótesis, explorar antecedentes y aplicar pruebas para justificar técnicamente sus conclusiones. Confundir ambos planos implicaría convertir un principio de protección a las víctimas en una presunción metodológica de confirmación, lo cual comprometería la objetividad e imparcialidad que debe caracterizar toda evaluación psicológica forense.