Policias en acción.

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Misión: FORTALECER LOS CONOCIMIENTOS DE LOS INTEGRANTES DE LAS CORPORACIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA.

21/07/2021
Photos from Policias en acción.'s post 21/06/2021

Breves conceptos del CONTROL PREVENTIVO.

Photos from Policias en acción.'s post 09/04/2021

Registro nacional de detenciones

02/04/2021

Breve reseña de las actualizaciones a la plataforma del RND y registro de faltas administrativas.

01/04/2021

Recuerda que a partir de hoy 01 de abril de 2021, es obligatorio inscribir las detenciones administrativas.

* LEY NACIONAL DEL REGISTRO DE DETENCIONES.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS.

Sexto . En el Sistema Nacional de Seguridad Pública se deberán establecer programas para la debida instrumentación del Registro, en los cuales se deberá considerar la implementación gradual de acuerdo a lo siguiente:



a)Para el caso de la información referente a los registros de detenciones en materia de delitos federales, en un plazo no mayor a 180 días, contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto.



B)Para el caso de la información referente a los registros de detenciones en materia de delitos del fuero común, a más tardará al 1 de abril del año 2020.



C)Para el caso de la información referente a los registros de detenciones de carácter administrativo, a más tardará el 1 de abril del año 2021.

08/03/2021

A todas las mujeres y en especial a las heroínas, las que aparte de ser hijas, esposas o madres, son POLICIAS.

11/02/2021

ENLACE PARA LA CONFERENCIA:

EL CONTROL PREVENTIVO PROVISIONAL
Dra. Esperanza Soto Alonso.

DÍA: 16 DE FEBRERO DE 2021.

HORA: 18:00 horas, Zona horaria de Ciudad de México.

En el siguiente enlace:

https://meet.google.com/oeb-aays-ftc

10/02/2021

Los elementos policiacos encargados de la seguridad pública están constitucionalmente obligados a realizar todas las acciones correspondientes para prevenir la comisión del delito y, en virtud de esa facultad, pueden establecer una interrelación física con cualquier particular, afectando, momentáneamente, su esfera jurídica. Bajo ese esquema, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, atendiendo lo señalado en el artículo 21 de nuestra Carta Magna, ideó el concepto de Control preventivo provisional, que debe ser efectuado de manera excepcional, siempre y cuando concurran para su realización los siguientes requisitos: a) Una denuncia informal o anónima; b) La conducta que exteriorice el sujeto que objetivamente de lugar a considerar que pretende ocultar la realización de un delito, y c) Las condiciones fácticas que tiene el policía para acreditar una sospecha razonable. Al actualizarse estos supuestos, es posible llevar a cabo la detención de un particular que está cometiendo un delito en flagrancia, garantizando que las pruebas descubiertas en la revisión serán legítimas y, a su vez, tendrán pleno valor jurídico para ser ofrecidas en juicio. Del análisis de las tesis aisladas 1a. L # # /2017 (10a.); 1a. XXVI/2016 (10a.); 1a. XCIV/2015 (10a.) y 1a. XCII/2015 (10a.), emitidas por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, surge este novedoso concepto en nuestro sistema de Justicia Penal en nuestro país.

*Libro "EL CONTROL PREVENTIVO PROVISIONAL"
Soto Alonso Esperanza.

03/02/2021

*POLICÍAS EN ACCIÓN.*
Invita a la conferencia:

*Teoría del delito*
Jueves, 4 de feb. 18:00 hrs

Para unirse a la reunión de Google Meet
Vínculo a la videollamada: https://meet.google.com/zet-vffs-rom

*EVENTO GRATUITO*

Meet Real-time meetings by Google. Using your browser, share your video, desktop, and presentations with teammates and customers.

31/01/2021

No faltes, a esta extraordinaria conferencia.

POLICÍAS EN ACCIÓN.

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