Jorge Álvarez Banderas

Jorge Álvarez Banderas

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Doctor en Derecho, Especialista en Derecho Tributario, Maestro en Fiscal, Licenciado en Derecho, Con

22/05/2026

El día de ayer se dictó este acuerdo en un juzgado de distrito, me llama la atención que se alude a una ley de Amparo vigente a partir del 14 de marzo de 2025. Este yerro preocupa, me lleva a pensar si verdaderamente hoy la impartición de justicia en México está en manos de personas preparadas.

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¡Si ya recibiste el recorte en tu pensión, cada día que pasa cuenta en tu contra! Tienes exactamente 15 días hábiles para actuar. 🚨

Paso 1: Detecta la reducción en tu último depósito. Si ya la viste reflejada, tu cuenta regresiva comenzó. Paso 2: El tiempo corre. Tienes 15 días hábiles a partir de la reducción para presentar tu juicio de amparo. Paso 3: Contáctanos. En AM Consultores promovemos tu amparo y defendemos tus derechos adquiridos. No pierdas la oportunidad de impugnar el recorte por dejar pasar el plazo legal.15 días hábiles es el plazo legal del amparo pensión 2026. Actuar hoy es la diferencia entre recuperar tu ingreso o perder el derecho para siempre.Contáctanos AHORA: WhatsApp 443 318 1868 | alvarezmoreno.com.mx — ¡No dejes pasar ni un día más! 📲⚖️ PEMEX Articulo127 AMConsultores IIRESODH ProtegeTuPatrimonio

SEMBLANZA Dr. Jorge Álvarez Banderas. UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO. 19 Mayo 2026 21/05/2026

Semblanza: Jorge Álvarez Banderas. UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO. 19 mayo 2026.

El pasado martes 19, la RED JUNTOS POR MICHOACÁN me hizo entrega del MÉRITO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA 2026, a propuesta de la . Es desde la generosidad como podemos colaborar para hacer un mundo más justo y humano. Muchas gracias.

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SEMBLANZA Dr. Jorge Álvarez Banderas. UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO. 19 Mayo 2026 El pasado martes 19, la RED JUNTOS POR MICHOACÁN me hizo entrega de...

21/05/2026

El pasado martes 19, la RED JUNTOS POR MICHOACÁN me hizo entrega del MÉRITO A LA EXCELENCIA EDUCATIVA 2026, a propuesta de la UNIVERSIDAD MICHOACANA DE SAN NICOLÁS DE HIDALGO.

Es desde la generosidad como podemos colaborar para hacer un mundo más justo y humano. Muchas gracias.

21/05/2026

¿Ya te recortaron la pensión? No lo aceptes en silencio. Existe una estrategia legal para frenarlo. 🚨⚖️Si ya notaste el descuento en tu depósito, el tiempo corre en tu contra. A través del juicio de amparo, buscamos la suspensión del acto para evitar que el recorte continúe afectando tus ingresos. Aunque la decisión final depende del juez, contamos con recursos de apelación para defender tu patrimonio hasta las últimas instancias. En AM Consultores, junto al IIRESODH, estamos listos para encabezar tu defensa hoy mismo.Tu pensión es un derecho adquirido, no un privilegio. La ley está de tu lado si actúas a tiempo.Escríbenos al 443 318 1868 o visita alvarezmoreno.com.mx para iniciar tu amparo hoy. ⏳ DerechosAdquiridos AMConsultores JuicioDeAmparo PensionadosCFE PensionadosPEMEX

20/05/2026
19/05/2026

DOF: 18/05/2026 -edición nocturna-
ACUERDO por el que se da a conocer el Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Ciencias Penales.

17/05/2026

LA REMUNERACIÓN PRESIDENCIAL

Derivado de la reforma y adición al artículo 127 constitucional, solicité a la titular del Poder Ejecutivo Federal se me diera a conocer la percepción o remuneración salarial que recibe mensualmente, para efecto de determinar la limitante que los servidores públicos deben observar con motivo de la entrada en vigor del decreto de referencia, solicité se me diera a conocer dicha remuneración económica mensual a su cargo (desglosada en percepciones netas y brutas, en la periodicidad correspondiente -anual o mensual-).

​Ante la omisión de dar una respuesta a dicha petición fundada debidamente en los artículos 6, 8 y 35 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 5 de febrero de 1857 y apartado XXIV de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, promoví juicio de amparo, radicado en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, siendo admitido, señalando hora y fecha para llevar a cabo la audiencia constitucional.

​La autoridad responsable por conducto de la Coordinación General de Política y Gobierno de la Dirección General de Atención Ciudadana, me dio atenta respuesta, mediante la cual se me señala una serie de instrucciones para acceder a la respuesta a mi petición, sin embargo ante la imposibilidad material de lograr obtener dicha respuesta, formulé ampliación de la demanda de amparo, señalando ahora a esta autoridad como responsable en el mismo sentido, en virtud de que la vinculación electrónica no conducía a nada; en su momento la ampliación fue admitida.

​El pasado viernes, la nueva autoridad responsable, en alcance al oficio expedido, me da a conocer una nueva liga de consulta electrónica “actualizada” , respecto a la remuneración mensual de la Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, no me dan una respuesta puntual, es el acceso a una plataforma para navegar e indagar el monto de la remuneración mensual bruta indicada, dando un resultado de 193361 (sic) y neta por 135094 (sic), de donde se puede inferir que la base para la reducción a las pensiones pagadas en la segunda quincena del mes de abril pasado, atiende al 50% de la segunda de las cifras antes precisadas: $67,547.00

La norma reglamentaria establece en múltiples ocasiones tratos diferenciados entre las categorías de funcionarios, sin ofrecer justificaciones basadas en criterios objetivos y razonables, lo que pudiera constituir una afectación al principio de igualdad y no discriminación, carece de lineamientos para establecer una remuneración anual, adecuada, irrenunciable y proporcional a las responsabilidades de los servidores públicos, desatendiendo de manera directa el texto constitucional.

​Hoy los pensionados que se defiendan promoviendo su respectivo juicio de amparo ante esta expropiación inconstitucional e inconvencional, siembran la semilla para que en el caso de que no germine en México, si tenga sus frutos en la impugnación que formulen en contra del Estado Mexicano en sede internacional y seán objeto en su momento, del resarcimiento económico respectivo, bien vale la pena agotar el recurso nacional a pesar de que se consigne como prohibido, ya que es la oportunidad para fijar jurisdiccionalmente que dicha restricción es violatoria de derechos humanos y sus garantías...

Photos from Jorge Álvarez Banderas's post 17/05/2026

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