15/08/2026
Seguimos preparando nuestra siguiente sesión y compartimos una excelente reflexión sobre las reformas constitucionales
Un estudio sobre 22 reformas constitucionales en América Latina muestra que la inclusión indígena no nace siempre de la justicia, sino de la urgencia de los estados por parecer legítimos ante ciertos públicos.
Por Redacción Nota Antropológica
El presidente Carlos Salinas de Gortari estaba en problemas. No por la economía, ni por la guerrilla, sino porque los congresistas de Estados Unidos amenazaban con hundir el Tratado de Libre Comercio de América del Norte si México no mejoraba su imagen en derechos humanos. Su gobierno hizo entonces algo inesperado: reformó la Constitución para reconocer a los pueblos indígenas. Pero en la redacción de esas reformas no participó ni un solo líder indígena.
Esa paradoja, la de un gobierno que incluye en el papel a quienes excluye en la práctica, es el punto de partida de una investigación que recorrió todas las reformas constitucionales indígenas en América Latina entre 1970 y 2023. El sociólogo Andrés Rodríguez Cáceres, candidato a doctorado en la Universidad Northwestern, analizó 22 casos en los que los países de la región modificaron sus cartas magnas para reconocer derechos a sus poblaciones originarias. Su hallazgo cuestiona la narrativa de que estos avances son fruto exclusivo de la presión social o de una conciencia global sobre los derechos humanos.
El trabajo documenta algo que los movimientos indígenas saben desde hace décadas. La inclusión constitucional ocurre cuando el estado tiene un problema de legitimidad y necesita demostrar que es digno de confianza ante alguna audiencia. Esa audiencia puede ser interna, como ocurrió en Ecuador en 1998, cuando la Confederación de Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador (CONAIE) logró sentar a tres representantes en la asamblea constituyente. O puede ser externa, como sucedió en México en 1992, cuando el gobierno de Salinas reformó la Constitución para tranquilizar a los legisladores estadounidenses que dudaban del TLCAN.
Rodríguez Cáceres diseñó un índice que mide el grado de inclusión en tres dimensiones: la simbólica, que reconoce a los indígenas como parte de la nación; la política, que otorga espacios de poder y reconoce sus sistemas jurídicos; y la material, que garantiza tierras y recursos. Con esta herramienta, el investigador pudo comparar lo incomparable y descubrir patrones que otras teorías no lograban explicar.
Los casos donde la audiencia es interna y el movimiento indígena es fuerte, como en Bolivia en 2009 o Colombia en 1991, obtuvieron las puntuaciones más altas en inclusión. Allí los indígenas no solo participaron, sino que moldearon el contenido de las reformas. Pero incluso en esos escenarios, el estudio muestra que la inclusión llegó con límites. En Ecuador, la CONAIE presentó una agenda ambiciosa que incluía descentralización, autonomía territorial y rechazo a la privatización. El gobierno aceptó el reconocimiento simbólico y político, pero rechazó las demandas que interferían con su plan de liberalización económica. La inclusión sirvió para legitimar un modelo que, en los hechos, seguía excluyendo.
Cuando los movimientos son débiles pero la audiencia sigue siendo interna, como ocurrió en Panamá en 1972 bajo el régimen de Omar Torrijos, la inclusión tuvo un carácter más instrumental. Torrijos necesitaba construir una nación unificada y usó el reconocimiento indígena para forjar un nacionalismo populista que apelaba a las raíces ancestrales del país. Los indígenas ganaron visibilidad y servicios del estado, pero no pudieron frenar proyectos mineros y de represas que destruían sus territorios.
El cuadrante más olvidado por la literatura académica es el de las audiencias externas con movimientos débiles. Allí encontró Rodríguez Cáceres ocho casos, entre ellos El Salvador en 1983, Guatemala en 1985 y Honduras en 1982. En esos países, las reformas indígenas fueron moneda de cambio para que el gobierno de Estados Unidos justificara ante su congreso el envío de ayuda militar. Las reformas eran, en muchos casos, un maquillaje constitucional que no modificaba la vida de las comunidades. El propio investigador señala que las audiencias externas tienen poca capacidad para monitorear el cumplimiento, lo que lleva a adopciones de labios para afuera.
Dos países de la región no aparecen en la lista de reformas: Chile y Uruguay nunca incorporaron derechos indígenas en sus constituciones. En Chile, la derecha en el legislativo bloqueó sistemáticamente las propuestas durante la década de 1990, y en 2022 una nueva Constitución con fuertes garantías indígenas fue rechazada en referéndum. En Uruguay, la ausencia de indígenas en el imaginario nacional hace que no existan ganancias de legitimidad por reconocerlos. No hay audiencia que exija lo que el país cree que no tiene.
El estudio de Rodríguez Cáceres no es un manifiesto, sino una advertencia. La inclusión constitucional, por sí sola, no transforma la vida de los pueblos indígenas si no va acompañada de movimientos fuertes que vigilen su implementación. La presión externa, aunque útil, tiene un alcance limitado si no coincide con los intereses del estado. Y la buena voluntad de los gobiernos, cuando existe, suele estar mediada por agendas que poco tienen que ver con la justicia.
La investigación invita a no conformarse con los titulares, sino a leer las letras chicas de cada reforma. Si llegaste hasta acá, ¿qué otras promesas constitucionales crees que merecen una segunda revisión? Te leo en los comentarios.
Fuente: Rodríguez Cáceres, A. (2025). Indigenous inclusion in Latin American constitutions: Legitimacy deficits, legitimating audiences, and social movement strength. Social Science History, 1-39. https://doi.org/10.1017/ssh.2026.10129