El faro fiscal

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28/10/2021
28/10/2021

Fuente: El financiero

Con la nueva disposición, ninguna de las Afores que opera en México podrán cobrar más del 0.57% a los trabajadores sobre su ahorro pensionario. Redacción octubre 27, 2021 | 16:49 pm hrs.
Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) deberán adecuarse al nuevo tope marcado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), que es de 0.57 por ciento, a partir de 2022.

La Consar es el regulador que vigila el buen funcionamiento del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) donde se concentran las 69.6 millones de cuentas de ahorro y se tienen en custodia 5.04 billones de pesos de ahorros de los trabajadores mexicanos.

Con la nueva disposición, ninguna de las Afores que operan en México podrá cobrar más de esa proporción a los trabajadores sobre su ahorro pensionario.

23/10/2021

Por Felipe Gazcón octubre 22, 2021 | 18:07 pm hrs.
La modificación al artículo 151 de la Ley del ISR que limita las deducciones a los donativos únicamente afectará a una o dos asociaciones que estaban abusando del esquema, afirmó este viernes la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro.

“Hay en el país 10 mil donatarias autorizadas para obtener beneficios fiscales, pero las modificaciones fiscales solo va a afectar a una o dos, las cuales no tienen que ver con temas sociales, son fundaciones familiares”, advirtió en una reunión con la Comisión de Hacienda del Senado.

21/10/2021

¿Por qué la miscelánea fiscal 2022 “pegará” a organizaciones civiles?
Los donativos personales deberán ser incluidos en el límite global y no por separado.
Tras 48 horas de discusión, la Miscelánea Fiscal 2022 fue aprobada en lo general y en lo particular en el pleno de la Cámara de Diputados.
Dicho paquete incluye cambios a las leyes del IVA, ISR, IEPS, aduanera, del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos y al Código Fiscal de la Federación (CFF).
Con ello, la reforma al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta ‘golpea’ a las organizaciones de la sociedad civil al limitar los donativos que otorgan las personas físicas a estas asociaciones.
Es decir, actualmente las personas físicas con ingresos por salarios y honorarios pueden deducir gastos médicos e intereses hipotecarios, entre otros, hasta por 163 mil pesos, además de una cantidad adicional por donaciones y aportaciones.
Esto se traduce a que puede deducir lo que resulte menor entre el 15 por ciento de sus ingresos acumulables y no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco salarios mínimos generales elevados al año.
Aunado a esto, “el monto total de los donativos a que se refiere esta fracción será deducible hasta por una cantidad que no exceda del 7 por ciento de los ingresos acumulables que sirvan de base para calcular el impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el ejercicio inmediato anterior a aquél en el que se efectúe la deducción, antes de aplicar las deducciones referidas”, señala la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Sin embargo, con la nueva propuesta de ley se establecerá un ‘tope’ de ingresos en 2022, por lo que las deducciones que podrán realizar los contribuyentes se limitarán.
Esto refiere que los donativos personales ya no estén en una bolsa aparte, sino que se incluyan dentro de esa misma.
Autoridades indican que dichas aportaciones eran utilizadas para desviar recursos y evasión de impuestos por parte de grandes empresas.

FUENTE: El financiero

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