11/08/2026
𝗢𝗧𝗜𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗗𝗦𝗢𝗨𝗭𝗔 𝗖𝗢𝗡𝗦𝗨𝗟𝗧𝗢𝗥𝗘𝗦
📋 Ya está disponible nuestro Boletín Fiscal Semanal (7 al 11 de agosto de 2026).
Esta semana hay 3 temas que le pueden afectar directamente:
🔹 Reforma integral ANTILAVADO (Acuerdo 115/2026, DOF 7-ago): el mayor cambio desde 2013. Si su negocio realiza Actividades Vulnerables (inmobiliarias, notarios, joyerías, servicios profesionales…), le aplica.
🔹 Programa de Regularización Fiscal 2026: reduce hasta 100% multas y recargos por adeudos de 2024 o anteriores. La fecha límite es el 31 de octubre.
🔹 El SAT ya audita con algoritmos: revisiones sin visita física y foco especial en nómina.
👇 Abra el boletín desde el enlace: es interactivo. Puede filtrar las noticias por prioridad, tocar cada tarjeta para ver qué hacer, activar el modo oscuro y consultar el listado desplegable de las oficinas móviles del SAT por estado.
https://souzacontador.github.io/BOLETIN-DSOUZA/Boletin-Fiscal-DSouza-07-11-ago-2026.html
¿Dudas sobre cómo le afecta alguno de estos cambios? Escríbanos por WhatsApp: 686 256 72 93
¿Dudas sobre cómo le afecta alguno de estos cambios? Escríbanos por WhatsApp: 686 256 72 93
DSouza Consultores Fiscales · Mexicali, B.C.
Boletín Fiscal Semanal · 7–11 de agosto de 2026 — DSouza Consultores Fiscales
Reforma integral antilavado (Acuerdo 115/2026), Programa de Regularización Fiscal 2026 (límite 31-oct), fiscalización algorítmica del SAT y más. Boletín interactivo: filtre por prioridad y expanda cada nota.
04/08/2026
𝗕𝗘𝗡𝗘𝗙𝗜𝗖𝗜𝗢𝗦 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟𝗘𝗦 𝗣𝗔𝗧𝗥𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗖𝗔𝗠𝗣𝗢 𝟮𝟬𝟮𝟲
Este sábado entran en vigor las reglas nuevas del IMSS para los patrones del campo. Si usted tiene trabajadores eventuales, hay un descuento en cuotas que no llega solo: hay que pedirlo por escrito.
🔸 El estímulo viene del Decreto publicado en el DOF del 24 de julio de 2007, modificado por el Decreto del 17 de diciembre de 2025. Ese cambio subió los topes para 2026 y extendió la vigencia hasta el 31 de diciembre.
🔸 Las reglas para aplicarlo son el Acuerdo ACDO.AS1.HCT.270126/7.P.DIR, publicado en el DOF del 9 de febrero de 2026.
🔸 El beneficio funciona como un tope. En el resto del país se calcula sobre 3.60 veces la UMA. En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde está Mexicali, sobre 4.50 veces.
🔸 Con la UMA de 2026, eso equivale a 422.32 y 527.90 pesos diarios. Si el salario de su trabajador es mayor, usted paga como si ganara el tope.
🔸 El retiro, cesantía y vejez queda fuera. Las aportaciones al INFONAVIT también. En esos dos se paga sobre el salario real.
🔸 A partir del corte cambia la operación. La adhesión se pide con escrito libre en su Subdelegación. El pago se hace siempre con SUA.
🔸 Las altas, bajas y cambios de salario van solo por IDSE. El plazo es de siete días hábiles, conforme al artículo 237-B, fracción II, de la Ley del Seguro Social.
🔸 Hay un punto que conviene atender. Si usted ya estaba adherido bajo las reglas anteriores, el Acuerdo no dice qué pasa con esas adhesiones. No previó régimen transitorio.
Confírmelo en su Subdelegación y pida la respuesta por escrito antes del corte.
Preparé una circular con el detalle completo, las fechas clave y una lista de verificación. Se lee en el celular o en la computadora, y se puede imprimir.
Puede consultarla aquí: https://souzacontador.github.io/Comunicados/circular-imss-campo-2026/
Atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
𝘿𝙎𝙤𝙪𝙯𝙖 𝘾𝙤𝙣𝙨𝙪𝙡𝙩𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙁𝙞𝙨𝙘𝙖𝙡𝙚𝙨 · 𝙈𝙚𝙭𝙞𝙘𝙖𝙡𝙞, 𝘽.𝘾.
𝗪𝗵𝗮𝘁𝘀𝗔𝗽𝗽: 686 256 72 93
𝙙𝙖𝙣𝙞𝙚𝙡@𝙙𝙨𝙤𝙪𝙯𝙖𝙘𝙤𝙣𝙨𝙪𝙡𝙩𝙤𝙧𝙚𝙨.𝙢𝙭
Beneficios fiscales del IMSS 2026 al campo: las reglas nuevas entran en vigor hacia el 8 de agosto
Decreto DOF 24-jul-2007, modificado el 17-dic-2025. Topes de 3.60 y 4.50 veces la UMA. Reglas ACDO.AS1.HCT.270126/7.P.DIR (DOF 9-feb-2026). Qué debe hacer el patrón del campo.
04/08/2026
𝗕𝗢𝗟𝗘𝗧𝗜𝗡 𝗡𝗢𝗧𝗜𝗖𝗜𝗔𝗦 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟 𝗗𝗦𝗢𝗨𝗭𝗔
𝘿𝙚𝙡 𝟮𝟳 𝙙𝙚 𝙅𝙪𝙡𝙞𝙤 𝙖𝙡 𝟬𝟯 𝙙𝙚 𝘼𝙜𝙤𝙨𝙩𝙤 𝙙𝙚 𝟮𝟬𝟮𝟲
🔹El 3 de agosto el reloj del SAT volvió a correr. No empezó de cero: siguió donde se había quedado. Esa diferencia le puede costar un plazo vencido.
El periodo general de vacaciones del SAT corrió del 20 al 31 de julio. Lo declara inhábil la regla 2.1.6, fracción III de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026. El artículo 12 del Código Fiscal de la Federación es claro: los días inhábiles no se cuentan, pero tampoco reinician el conteo.
¿Le notificaron algo antes del 20 de julio, con el plazo a la mitad? Los días que faltaban se reanudaron el 3 de agosto. No tiene el plazo completo otra vez.
🔹Agosto trae además dos fechas, no una. El 17 vencen ISR, IVA e IEPS de julio, junto con las cuotas mensuales del IMSS. El 31 vence la DIOT de julio, por la facilidad de la regla 4.5.1 de la RMF 2026.
🔹Y si trae adeudos de 2024 o anteriores, revise el Programa de Regularización Fiscal. Lo prevé el Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026. Reduce hasta el cien por ciento de multas, recargos y gastos de ejecución, y cierra el 31 de octubre.
Todo esto viene desarrollado en el boletín de esta semana, con once noticias y su tabla de vencimientos. *P𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗲𝗲𝗿𝗹𝗼 darle click en el enlace. 𝙎𝙚 𝙫𝙚 𝙚𝙣 𝙘𝙪𝙖𝙡𝙦𝙪𝙞𝙚𝙧 𝙣𝙖𝙫𝙚𝙜𝙖𝙙𝙤𝙧, 𝙚𝙣 𝙘𝙤𝙢𝙥𝙪𝙩𝙖𝙙𝙤𝙧𝙖 𝙤 𝙚𝙣 𝙘𝙚𝙡𝙪𝙡𝙖𝙧, 𝙮 𝙖𝙗𝙧𝙚 𝙚𝙣 𝙡𝙖 𝙥𝙤𝙧𝙩𝙖𝙙𝙖 "𝙇𝙤 𝙪𝙧𝙜𝙚𝙣𝙩𝙚 𝙚𝙣 𝟭 𝙢𝙞𝙣𝙪𝙩𝙤".
👇
https://souzacontador.github.io/BOLETIN-DSOUZA/Boletin-Fiscal-DSouza-27-jul-03-ago-2026.html
atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
𝘿𝙎𝙤𝙪𝙯𝙖 𝘾𝙤𝙣𝙨𝙪𝙡𝙩𝙤𝙧𝙚𝙨 𝙁𝙞𝙨𝙘𝙖𝙡𝙚𝙨 · 𝙈𝙚𝙭𝙞𝙘𝙖𝙡𝙞, 𝘽.𝘾.
WhatsApp: 686 256 72 93
[email protected]
Boletín Fiscal Semanal — 27 de julio al 3 de agosto de 2026
El SAT reanuda plazos el 3 de agosto, calendario de vencimientos, Plan Maestro de Fiscalización, antilavado, prórroga de la MVE, Carta Porte y régimen fiscal del Mundial. DSouza Consultores Fiscales.
30/07/2026
𝗔𝗥𝗧 𝟰𝟵-𝗯𝗶𝘀 𝗖𝗙𝗙 𝗩𝗜𝗦𝗜𝗧𝗔 𝗘𝗫𝗣𝗥𝗘𝗦
¿Su empresa podría demostrar en cinco días hábiles que sus CFDI respaldan operaciones reales?
El artículo 49 Bis del CFF permite visitas domiciliarias para verificar la posible falsedad de comprobantes fiscales.
El riesgo alcanza al emisor y también a sus clientes.
En este video explico:
🔹 Qué cambia frente al artículo 69-B.
🔹 Cómo funciona la visita exprés.
🔹Qué pruebas debe conservar el contribuyente.
🔹 Qué consecuencias existen para emisores y receptores.
Vea el video completo:
Atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
23/07/2026
Buen día estimados Amigos y Colegas, les compartimos nuestro Boletín de Monitoreo de Noticias fiscales.
atte.
C.P. Daniel Souza Vázquez
Boletín Fiscal Semanal — 3 al 23 de julio de 2026
Edición ampliada: RMF 2026 en el DOF, antilavado LFPIORPI, e.firma del IMSS, Lista 69-B, CFDI y comercio exterior.
18/07/2026
𝗘𝗟 𝗦𝗔𝗧 𝗔𝗠𝗣𝗟Í𝗔 𝗘𝗟 𝗖𝗥𝗜𝗧𝗘𝗥𝗜𝗢 𝟰𝟯/𝗜𝗦𝗥/𝗣𝗜: 𝗟𝗢𝗦 "𝗣𝗔𝗚𝗢𝗦 𝗩Í𝗔 𝗧𝗘𝗥𝗖𝗘𝗥𝗢𝗦" 𝗬 𝗟𝗔 𝗧𝗥𝗔𝗠𝗣𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗡𝗢𝗠-𝟬𝟯𝟱
La Primera Modificación al Anexo 3 de la RMF 2026 (DOF 17/07/2026) reforzó el criterio no vinculativo 43/ISR/PI para clausurar un esquema recurrente: 𝗽𝗮𝗴𝗮𝗿 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀, 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗼 𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗲𝗽𝘁𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗯𝗼𝗻𝗼𝘀, 𝗶𝗻𝗰𝗲𝗻𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀, 𝗰𝗼𝗺𝗶𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀, 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗮𝘀, 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗶𝗻𝘃𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗼 "𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗶𝗿 𝗹𝗮 𝗡𝗢𝗠-𝟬𝟯𝟱-𝗦𝗧𝗣𝗦-𝟮𝟬𝟭𝟴" 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘃é𝘀 𝗱𝗲 𝘂𝗻𝗮 𝗔.𝗖. 𝗼 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮, 𝘁𝗿𝗮𝘁á𝗻𝗱𝗼𝗹𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗶𝗻𝗴𝗿𝗲𝘀𝗼𝘀 𝗲𝘅𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀.
El fundamento es sólido y restrictivo. El artículo 94, primer párrafo LISR grava "los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral" —fórmula amplísima—, mientras el artículo 93 LISR enlista de forma cerrada lo exento. Todo lo que no esté en el 93, está gravado. De ahí que quien paga deba retener y enterar (arts. 10 y 96 LISR), que el gasto al tercero no sea deducible por no ser estrictamente indispensable (art. 27-I LISR) y que el IVA no sea acreditable (art. 5-I LIVA).
𝗡𝗼𝘃𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲: 𝙚𝙡 𝙎𝘼𝙏 𝙥𝙧𝙚𝙘𝙞𝙨𝙖 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙖 𝙉𝙊𝙈-𝟬𝟯𝟱 𝙣𝙤 𝙤𝙗𝙡𝙞𝙜𝙖 𝙖 𝙥𝙖𝙜𝙖𝙧 𝙘𝙖𝙣𝙩𝙞𝙙𝙖𝙙 𝙖𝙡𝙜𝙪𝙣𝙖 𝙖 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙧𝙖𝙗𝙖𝙟𝙖𝙙𝙤𝙧𝙚𝙨, 𝙮 𝙖𝙢𝙥𝙡í𝙖 𝙚𝙡 𝙡𝙚𝙣𝙜𝙪𝙖𝙟𝙚 𝙙𝙚 "𝙖𝙨𝙤𝙘𝙞𝙖𝙘𝙞𝙤𝙣𝙚𝙨 𝙤 𝙨𝙤𝙘𝙞𝙚𝙙𝙖𝙙𝙚𝙨" 𝙖 𝙘𝙪𝙖𝙡𝙦𝙪𝙞𝙚𝙧 "𝙩𝙚𝙧𝙘𝙚𝙧𝙤". 𝙇𝙖 𝙛𝙧𝙖𝙘𝙘𝙞ó𝙣 𝙑𝙄 𝙖𝙡𝙘𝙖𝙣𝙯𝙖 𝙖 𝙦𝙪𝙞𝙚𝙣 𝙖𝙨𝙚𝙨𝙤𝙧𝙚 𝙤 𝙞𝙢𝙥𝙡𝙚𝙢𝙚𝙣𝙩𝙚 𝙚𝙡 𝙚𝙨𝙦𝙪𝙚𝙢𝙖, 𝙘𝙤𝙣 𝙘𝙤𝙣𝙚𝙭𝙞ó𝙣 𝙙𝙞𝙧𝙚𝙘𝙩𝙖 𝙖 𝟲𝟵-𝘽 𝘾𝙁𝙁 (𝙀𝙁𝙊𝙎/𝙀𝘿𝙊𝙎), 𝙚𝙨𝙦𝙪𝙚𝙢𝙖𝙨 𝙧𝙚𝙥𝙤𝙧𝙩𝙖𝙗𝙡𝙚𝙨 (𝙖𝙧𝙩𝙨. 𝟭𝟵𝟳-𝟮𝟬𝟮 𝘾𝙁𝙁).
Atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩𝗮𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
Criterio 43/ISR/PI — Análisis técnico preventivo | DSouza Consultores Fiscales
¿Pagas bonos o compensaciones a través de una A.C. o “administradora”? El SAT ya lo persigue. Análisis preventivo del Criterio 43/ISR/PI (RMF 2026).
16/07/2026
📢 CIRCULAR INFORMATIVA PARA PATRONES
El IMSS elimina el NPIE: la e.firma del SAT será el único medio válido para movimientos afiliatorios
El H. Consejo Técnico del IMSS publicó un acuerdo (DOF 16-jul-2026) que deroga el NPIE y establece la e.firma del SAT como el único medio válido para presentar altas, bajas y modificaciones de salario por internet.
✅ Periodo de transición: 90 días naturales (fecha límite recomendada: 13 de octubre de 2026).
✅ Durante la transición el NPIE sigue funcionando: no hay corte de servicio si migras a tiempo.
✅ La vinculación de representantes se hará exclusivamente por el Escritorio Virtual del IMSS, con firma conjunta.
⚠️ No migrar a tiempo puede impedir presentar movimientos afiliatorios y derivar en multas y capitales constitutivos.
En DSouza Consultores Fiscales te acompañamos en todo el proceso de migración. ¡Agenda tu asesoría!
📩 [email protected]
📱 WhatsApp: 686 256 72 93
Más información 👉
El IMSS elimina el NPIE: la e.firma del SAT será el único medio válido
Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS (DOF 16-jul-2026). Transición de 90 días naturales para migrar a la e.firma del SAT. Qué debe hacer el patrón.
16/07/2026
𝗜𝗠𝗦𝗦 𝗘𝗟𝗜𝗠𝗜𝗡𝗔 𝗡𝗣𝗜𝗘 𝗣𝗢𝗥 𝗘.𝗙𝗜𝗥𝗠𝗔 𝗦𝗔𝗧
El IMSS eliminó el NPIE. Con el acuerdo publicado en el DOF el 16 de julio de 2026, la e.firma del SAT será el único medio válido para tus movimientos afiliatorios ante el IMSS. Tienes 90 días naturales para migrar.
¿𝗤𝗨É 𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗔 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗘𝗟 𝗣𝗔𝗧𝗥Ó𝗡?
El certificado que emitía el propio IMSS (NPIE) queda derogado y la identidad electrónica se unifica en la e.firma del SAT: la misma que ya usas en tus trámites fiscales. Además, la vinculación de representantes se hará exclusivamente por el Escritorio Virtual, con firma conjunta del patrón y del representante.
Dato que evita el pánico: durante los 90 días el NPIE sigue funcionando. Quien migra dentro del plazo no sufre ninguna interrupción para presentar altas, bajas y modificaciones de salario. El riesgo aparece solo si el plazo vence sin haber migrado.
Fecha límite: 13 de octubre de 2026.
La pregunta de hoy: ¿𝙔𝙖 𝙫𝙚𝙧𝙞𝙛𝙞𝙘𝙖𝙨𝙩𝙚 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙖 𝙚.𝙛𝙞𝙧𝙢𝙖 𝙙𝙚 𝙩𝙪 𝙚𝙢𝙥𝙧𝙚𝙨𝙖 𝙮 𝙚𝙣 𝙨𝙪 𝙘𝙖𝙨𝙤 𝙦𝙪𝙚 𝙨𝙚𝙖𝙨 𝙋𝙈 𝙙𝙚 𝙡𝙤𝙨 𝙧𝙚𝙥𝙧𝙚𝙨𝙚𝙣𝙩𝙖𝙣𝙩𝙚𝙨 𝙡𝙚𝙜𝙖𝙡𝙚𝙨 𝙚𝙨𝙩é 𝙫𝙞𝙜𝙚𝙣𝙩𝙚?
Atte
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
02/06/2026
Amigos y Colegas los esperamos este 2 de Junio a las 4:00 a traves de la pagina de facebook del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali, A.C , esperamos contar con su presencia.
📌 ¿Tienes dudas sobre CFDI?
Participa en nuestra Cápsula Técnica: RADAR CFDI, un espacio de preguntas y respuestas para resolver inquietudes, identificar riesgos y evitar errores en la emisión y manejo de CFDI.
🎙️ Expositor: C.P. Daniel Souza Vázquez
📅 02 de junio de 2026
⏰ 4:00 a 6:00 p.m.
📍 Facebook Live
💻 Evento gratuito
📩 Envía tus preguntas al correo:
[email protected]
⏳ Fecha límite: 1ero de junio a las 12:00 p.m.
¡No te lo pierdas!