30/04/2026
Tradición y derechos humanos: el límite de los usos y costumbres
Opinión de: Nora Susana García Ramos
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9031-3761
Cuando pensamos en los pueblos originarios de México, es inevitable pensar también en lo difícil que ha sido para ellos posicionarse, mantener un reconocimiento, el que se sigan preservando dentro de una estructura formal, ha sido parte de todo un proceso, pues socialmente y a lo largo de los años han sido un grupo en muchos aspectos vulnerado. Existe una eminente necesidad de continuar con ese reconocimiento y que este mismo sea potencial.
El reconocimiento de la diversidad cultural en un Estado, implica el respeto y la garantía de derechos, le da identidad a una nación, es motivo de orgullo, conecta con la raíces y el origen de un país que une a su población, en este caso hacia los pueblos originarios, pues desde el pluralismo jurídico que tenemos en México, se admite la coexistencia de dos o más sistemas jurídicos en un mismo espacio sociopolítico, es decir se validan sistemas normativos sustentados en los usos y costumbres, como expresión de la autodeterminación cultural, política y jurídica de estos pueblos, de acuerdo al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, esta coexistencia normativa plantea desafíos complejos, cuando ciertas prácticas consuetudinarias se contraponen con los derechos humanos universalmente reconocidos. Surge entonces una tensión importante, pues ante los usos y costumbres no se tiene un límite claro para el respeto de esos derechos, pues existe una inclinación mayor hacia la preservación de tradiciones culturales de una comunidad por encima de la protección individual de derechos fundamentales.
El conflicto principal radica en que no se encuentra una armonización de derechos, pues entre ambos deberá de existir un equilibrio, en este caso entre los derechos humanos y los usos y costumbres de las comunidades originarias.
Si bien la lucha de los pueblos indígenas en México para lograr ese reconocimiento y que ahora sean considerados en cuanto ejercer su autonomía, autodeterminación y autogobierno, les da esa capacidad para autodefinirse, tienen ese derecho de libertad en distintos temas, pero el que tengan esa autonomía y en la defensa de los usos y costumbres se trasgredan derechos bajo el cobijo de lo que llaman costumbre o bien, cultura, continúan con lo que han realizado durante años, pero los límites se deben establecer cuando no se le otorga a la persona la dignidad, el respeto que merece como ser humano, en este sentido cuando se laceran derechos fundamentales, en nombre de esos usos y costumbres.
Entre el Estado y los pueblos indígenas debe darse una construcción, una relación de complementariedad, a partir del diálogo, para que pueda darse un desarrollo tanto de esos pueblos como para cada Estado y no se trata de imponer, ni de romper sus propios sistemas, y retroceder en los derechos que han ganado, esto no funciona así, sino que entre el Estado y los pueblos indígenas debe existir una adecuación en su derecho interno, revisión de leyes que busquen mejorar procedimientos y prácticas para asegurar el goce efectivo de los derechos humanos, sin que para esto se entienda una invasión o trasgresión a su derecho a la libre determinación.
Además, es muy necesario subrayar que no debemos ver a los indígenas como vulnerables, carentes de ayuda y asistencia, sino como entes que se les debe reconocer, como sujetos activos, capaces de trazar su futuro y destino, que construyen y conforman también la nación. Luis Villoro aporta en su opinión una visión en la cual menciona que, desde la equidad, se debe proyectar en una nación su origen, que se valore y respete la diversidad cultural interna, se promueva y comprenda la convivencia intercultural, pero indispensable tener en cuenta la relación con ciertas consecuencias en cuanto a seguir preservando una tradición, usos y costumbres que van en contra de derechos fundamentales.
Algunas costumbres que se reproducen bajo los usos y costumbres, pueden ser asociadas a la desigualdad de género, violencia de género, vulneración a los derechos de la infancia, hacia los derechos laborales, entre otros.
Es importante recordar que ninguna costumbre autonomía o libertad de la comunidad originaria puede estar por encima de la dignidad de las personas.
Respetar la autodeterminación y los usos y costumbres de los pueblos originarios, es preservar la identidad y riqueza cultural, pero siempre que se armonice con la protección plena de los derechos humanos y la dignidad de cada persona.
Nota: La presente opinión es responsabilidad de la autora y no refleja un posicionamiento del programa.
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