Escuela Activa Manchester

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CASO TESTAMENTO VS BENEFICIARIOS BANCARIOS EN MÉXICO
Aunque un testamento sea un acto solemne y tenga como fin dejar por escrito la última voluntad de una persona de manera legal y poder heredar a sus seres queridos su patrimonio, existe en México el Artículo 56 de la Ley General de Instituciones de Crédito, el cual determina que una vez fallece una persona, el dinero que tenga en una cuenta bancaria se le entregará a los beneficiarios que haya designado en su contrato, dejando así, a los legítimos herederos, sin posibilidad de disponer de este.

Descripción de los hechos:

Tras el fallecimiento de mi padre el pasado mes de junio, fuimos al notario para abrir el juicio de sucesión correspondiente. Él era mexicano y nosotros extranjeros residentes en el exterior y nos había entregado el testamento en vida, con el fin de dejar todo organizado, dejándonos todo sus bienes a sus tres hijos e instituyéndonos como únicos y universales herederos.

Sin embargo, para nuestra sorpresa, un documento del banco le generó una alerta al notario, pues mi papá había dejado a otras personas de beneficiarias bancarias. Mi papá era una persona que ya no entendía bien los temas tecnológicos (entre ellos los Smartphones y las aplicaciones) y era apático a los temas bancarios (tarjetas de crédito e inversiones). Nosotros desconocíamos esta figura bancaria, pues en el país donde residimos, no es un requisito.

De inmediato, fuimos al banco a notificar que íbamos a iniciar un juicio de sucesión y que por favor se abstuvieran de entregar ese dinero. Sin embargo, el área jurídica nos contestó que no se podía bloquear la cuenta, en cuanto no tuvieran una orden judicial presentada por el albacea de la sucesión.

Este proceso nos representaba un tiempo mucho mayor al de las beneficiarias. Mientras que nosotros para recibir el dinero, teníamos que abrir el juicio de sucesión, esperar el nombramiento del albacea, el reconocimiento de los herederos, realizar el inventario hereditario y que el albacea se acercara al banco con una orden judicial. Las beneficiarias por su parte, se acercaron al banco al momento de su fallecimiento y cobraron el dinero.

¿Qué se pudo hacer? Nada. Los abogados nos dijeron que el banco tenía la obligación de reconocer lo que estaba estipulado en el contrato. Y a nosotros, no nos quedó más que resignarnos y entender que habíamos sido víctimas de un abuso de confianza por parte de personas cercanas.

01/05/2022

Feliz dia del niño

08/09/2021

Estan bien los miembros de la comunidad que estan en Mexico?

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