21/04/2018
OPOSICIONES 2018 (ASPECTOS DESTACADOS DE LA ORDEN 12/2018 DE 17 DE ABRIL)
Las plazas que sean objeto de esta convocatoria se distribuirán por especialidades entre los tribunales, proporcionalmente al número de aspirantes que hayan realizado la parte A de la primera prueba y hayan comparecido a la lectura pública.
Las plazas convocadas para personas con diversidad funcional intelectual que queden sin adjudicar por falta de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se acumularán a las restantes plazas convocadas por el sistema de reserva de diversidad funcional de otro tipo de la misma especialidad. Las plazas convocadas personas con diversidad funcional que queden sin adjudicar por falta de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se acumularán a las plazas convocadas por el sistema de ingreso libre.
Quien desee participar en este proceso selectivo deberá cumplimentar
el modelo oficial de solicitud que estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana, https://www. sede.gva.es, además del siguiente enlace: http://www.ceice.gva.es/ca/ web/rrhh-educacion/oposiciones.
El plazo de presentación de solicitudes será del día 20 de abril de abril hasta el día de 4 de mayo 2018, ambos inclusive. La no presentación de la misma en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
La orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por la primera de aquellas cuyo primer apellido comience por la letra “B”.
Las personas que no puedan acreditar la competencia lingüística mínima de un nivel C1 en valenciano a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes deberán participar, presentando justificante del pago de las tasas para la participación en las pruebas selectivas, el día 19 de mayo de 2018, en única convocatoria, en una prueba de conocimientos de valenciano nivel C1.
Primera prueba 26 de Junio de 2018
Parte A: consistirá en el desarrollo, por escrito, de un tema escogido por la persona aspirante de los sacados al azar por el tribunal de forma proporcional al número de temas del temario de cada especialidad.
En aquellas especialidades que tengan un número no superior a 25 temas, deberá elegirse entre tres temas.
En aquellas especialidades que tengan un número superior a 25 temas e inferior a 51, deberá elegirse entre cuatro temas.
La programación se corresponderá con un curso escolar (INDETERMINADO, A ESCOGER POR EL OPOSITOR/A) de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida la competencia docente, y hará referencia al CURRÍCULUM VIGENTE (ESTÉ O NO EN APLICACIÓN) en el presente curso escolar. (Por lo que para poder tener en cuenta toda la legislación aprobada en el presente curso escolar, VIGIENTE desde el día siguiente a su publicación, únicamente se puede programar para el curso 2018-19, puesto que en el curso 2016-2017 no se podía conocer dicha legislación). Recordemos también que programar algo pasado no tiene ningún sentido y muestra de ello es que las instrucciones del inicio de curso exigen que la PD esté redactada antes del inicio de las clases.
Dicha programación, que tendrá carácter personal y deberá ser elaborada de forma individual por cada aspirante. En caso que el tribunal detecte que la programación didáctica no cumple con el requisito de elaboración propia, la puntuación que se otorgará en la parte A de la segunda prueba será de 0 puntos.
Las comisiones de selección determinarán las penalizaciones que deban aplicarse a la programación didáctica que no se ajuste a lo que se ha establecido en el ANEXO II de esta orden.
A. En Educación Infantil
Referida al desarrollo del currículo vigente en la Comunitat Valenciana para un año académico (indeterminado) en relación a un curso de Educación Infantil, elegido por la persona candidata. Deberá organizarse en un mínimo de 15 UNIDADES DIDÁCTICAS (en ningún caso proyectos ni otras formas de programación), que deberán estar numeradas.
Deberá contener como mínimo:
– OBJETIVOS
– Contenidos
– Metodología: estrategias didácticas
– Actividades
– Espacios y recursos
– Evaluación
– Atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
B. En Educación Primaria
Referida al desarrollo del currículo vigente en la Comunitat Valenciana para un año académico (indeterminado) en relación a un curso de Educación Infantil, elegido por la persona candidata. Deberá organizarse en un mínimo de 15 UNIDADES DIDÁCTICAS (en ningún caso proyectos ni otras formas de programación), que deberán estar numeradas.
Deberá contener como mínimo:
1. Introducción.
a) Justificación de la programación.
b) Contextualización.
2. OBJETIVOS DE LA ETAPA VINCULADOS CON EL ÁREA. (LA DIFERENCIA CON INFANTIL ÉS QUE EN ESTE CASO LOS OBJETIVOS ÚNICAMENTE SON DE LA ETAPA Y NO APARECEN EN LAS UUDD SIGUIENDO EL MODELO CURRICULAR DEL D.108)
3. Competencias.
4. Contenidos...
INFANTIL Y PRIMARIA
En todos los casos, la programación didáctica tendrá, SIN INCLUIR PORTADA, ÍNDICE NI ANEXOS, UNA EXTENSIÓN MÁXIMA DE 60 FOLIOS, formado DIN A4, escritos en UNA SOLA CARA Y DOBLE ESPACIO, utilizando únicamente la letra cuya denominación exacta es «ARIAL» (no se admitirá ninguna otra tipología de letra), TAMAÑO 12 puntos sin comprimir. Si se incluyen tablas o gráficos, el interlineado en la respectiva página podrá ser simple.
En el caso de incluir anexos, estos tendrán una extensión máxima de 15 folios.
La programación incluirá una portada donde se especificarán los datos de identificación de la persona aspirante y la especialidad.
Esta programación se presentará al tribunal en formato de papel y EN SOPORTE ELECTRÓNICO CON EXTENSIÓN PDF.
PRIMERA PARTE DE LA DEFENSA ORAL
En el momento de la defensa, la persona aspirante podrá utilizar un ejemplar de la programación aportada por ella misma, que deberá ser la misma que la entregada en el momento de comparecer al llamamiento para la realización de la parte B de la primera prueba, PUDIENDO UTILIZAR EL MATERIAL QUE CONSIDERE OPORTUNO, así como un guión que no excederá un folio y que entregará al tribunal a su finalización.
SEGUNDA PARTE DE LA DEFENSA ORAL
La preparación y exposición oral, ante un tribunal, de una unidad didáctica, podrá estar relacionada con la programación presentada o elaborada a partir del temario oficial de la especialidad. Para su exposición, que será pública, podrá utilizar el MATERIAL AUXILIAR QUE CONSIDERE ADECUADO, que deberá aportar ella mismo, así como un guión o equivalente que no excederá un folio y que se entregará al tribunal al término de aquella, junto al ejemplar de la programación que utilice.
FASE DE CONCURSO
En esta fase solo se tendrán en cuenta los méritos perfeccionados hasta el día anterior al inicio de la primera prueba (ES DECIR, EL 25 DE JUNIO) establecido en la base 3.2 ( EN REALIDAD NO SE ESTABLECE EN ESTA BASE, SE ESTABLECE EN LA BASE 6.1) de esta orden, acreditados documentalmente como se indica en el anexo I. A estos efectos, los tribunales deberán cotejar los documentos que se aporten para la valoración de méritos.
Baremo para la valoración de méritos
I. Experiencia docente previa (Hasta un máximo de siete puntos).
1.1. Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo de maestros en centros públicos: 0,7000 puntos.
1.2. Por cada año de experiencia docente en especialidades de distintos cuerpos al de maestros en centros públicos: 0, 3500 puntos
1.3. Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo de maestros en otros centros: 0, 1500 puntos
1.4. Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel o etapa educativa que el impartido por el cuerpo de Maestros en otros centros: 0,100 puntos
II. Formación académica (Hasta un máximo de cinco puntos).
2.1. Expediente académico en el título alegado. (Hasta un máximo de 1,5000 puntos)
El cálculo de la nota media se efectuará sumando las puntuaciones de todas las asignaturas y dividiendo el resultado por el número de asignaturas.
NOTA
Puntuación
De 5,00 a 5,99
0,1000 puntos
De 6 a 6,99
0,3000 puntos
De 7,00 a 7,99
0,5000 puntos
De 8,00 a 8,99
1,0000 puntos
De 9,00 a 10
1,5000 puntos
2.2. Postgrados, doctorado y premios extraordinarios.
- Por el certificado-diploma acreditativo de estudios avanzados o la suficiencia investigadora (Real decreto 778/1998, de 30 de abril) 1,0000 punto.
- Por el título oficial de máster (Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre) 1,0000 punto.
- Por cualquier otro título equivalente, siempre que no sea requisito para ingreso en la función pública docente: 1,0000 punto.
2.3. Otras titulaciones universitarias.
2.3.1 Titulaciones de Primer Ciclo: 1,0000 punto 2.3.2 Titulaciones de Segundo Ciclo: 1,0000 punto
2.4. Titulaciones de enseñanza de régimen especial y de la Formación Profesional inicial.
2.4.1 Por cada título Profesional de Música o Danza: 0,5000 puntos
2.4.2 Por cada certificado de Nivel Intermedio B2 o equivalente de Escuelas Oficiales de Idiomas: 0,5000 puntos.
2.4.3. Por cada título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño: 0,2000 puntos.
2.4.4. Por cada título de Técnico Superior de Formación Profesional: 0,2000 puntos
2.4.5. Por cada título de Técnico Superior Deportivo: 0,2000 puntos.
III. Otros méritos (Hasta un máximo de dos puntos).
3.1. Conocimiento de los idiomas
– Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel B2, del Marco Común Europeo de Referencia: 0,5000 puntos.
– Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel C1, del Marco Común Europeo de Referencia: 0,7500 puntos
– Por la acreditación del dominio de una lengua extranjera correspondiente al nivel C2, del Marco Común Europeo de Referencia: 1,0000 puntos
– Por el certificado de Capacitación para la Enseñanza en Lengua Extranjera: 1,7500 puntos.
– Por la acreditación del dominio del valenciano correspondiente al nivel C2, siempre que no haya sido alegado el Diploma de Mestre de Valencià, como requisito para acceder al proceso selectivo: 2,0000 puntos
– Por el Diploma de Mestre de Valencià, siempre que no haya sido alegado como requisito para acceder al proceso selectivo: 2,0000 puntos.
3.2. Formación permanente, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios. (Hasta un máximo de 1 punto).
3.2.1. Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios. (Hasta un máximo de 0,75 puntos)
3.2.2. Cursos de formación permanente y perfeccionamiento, participación en grupos de trabajo, proyectos educativos y seminarios relacionados con las nuevas tecnologías aplicadas a la educación. (Hasta un máximo 0,2500 puntos).
Convocatòria Mesa Sectorial d'Educació. 22 de març de 2018 Temes a tractar: 1. Lectura i aprovació, si escau,...