02/09/2026
A partir de ahora, en la Comunidad andaluza, ante un caso de bullying, quien tendrá que cambiar de centro será el alumno agresor. Así lo determina un nuevo decreto de la Junta de Andalucía. Nos alegramos. Sin embargo, quienes somos conocedores del funcionamiento de los centros escolares, sabemos dónde va a estar el escollo para que ese traslado se produzca: "cuando se acredite un caso de acoso"... ¿Recordamos cómo se acredita un caso de acoso? Mediante los gloriosos protocolos, que implementan los propios centros, y que salen en su inmensa mayoría negativos. Por otra parte, el procedimiento para que se haga efectivo un cambio de centro es francamente enjundioso y lento. Así pues, una vez más, una administración educativa adopta una medida que impacta positivamente en quienes no conocen la realidad de los colegios e institutos, como es el caso de de la mayoría de sindicatos. Según UGT, "es (el protocolo) el que le da herramientas al profesorado y a toda la comunidad educativa para poder detectar los casos de acoso escolar con mayor facilidad". Craso error. El tiempo dará y quitará razones, pero, por desgracia, respecto a la nueva medida, no conviene echar las campanas al vuelo...
Junta de Andalucía
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https://www.elcorreoweb.es/andalucia/2026/09/01/normativa-acoso-escolar-endurece-andalucia-133802637.html
El nuevo decreto de la Junta de Andalucía, que entra en vigor este martes, establece que el cambio de centro será la norma y que se aplicará 'con carácter general' en aquellos casos de acoso escolar