04/11/2015
El Reglamento Europeo (UE) nº1169/2011 sobre “Información facilitada al consumidor” y el RD 126/2015, establecen la obligación de informar al consumidor sobre la presencia de las sustancias alérgenos en los alimentos, a partir del 13 de Diciembre de 2014.
Cualquier establecimiento que sirva alimentos no envasados, tales como supermercados, bares, restaurantes, servicios de catering, comedores de colegios u hospitales, máquinas de vending..., debe informar al consumidor final.
Asimismo, cualquier producto envasado deberá indicarlo de forma expresa en su etiquetado.
NO se puede informar de forma genérica . Es obligatorio declarar alérgenos para CADA PLATO O ALIMENTO servido/vendido en el establecimiento, teniendo en cuenta la elaboración y/o manipulación de los mismos. Se trata de una declaración RESPONSABLE.
Desde FORMED le ofrecemos la posibilidad de realizar la IMPLANTACIÓN DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ALÉRGENOS y para ello ponemos a su disposición DOS alternativas en función de sus circunstancias, necesidades y preferencias.
1. Por un lado puede implantar su propia declaración responsable, mediante la realización de una acción formativa de 12 horas. Esta opción permite aplicar a su coste la bonificación de créditos disponible para la formación continua por medio de la Fundación Tripartita.
2. Si lo desea, puede optar por la Implantación Directa por medio de Empresa y Técnico cualificados.
El coste de la implantación directa estará en función de la cantidad y complejidad de los productos elaborados por la empresa.
Más información en el teléfono 650389528