Relámpago Del Saber

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19/07/2023

hoy explicaremos los tipos de p***s y sanciones penales. estableciendo sus diferencias y divisiones.

Las medidas de seguridad dentro del derecho penal, son medidas son de carácter preventivo, que surgen como consecuencia jurídica del delito establecidas a un sujeto, atendiendo a su peligrosidad latente.
Uno de los temas base del derecho penal son las medidas se seguridad, las cuales se establecieron como medidas de carácter preventivo para evitar la comisión de nuevos delitos que puedan cometer las personas que previamente hayan cometido alguno.

Las medidas de seguridad son una consecuencia de derecho que difieren de la pena. Mientras las p***s se establecen con base en la culpabilidad, las medias de seguridad de establecen con base en la peligrosidad.

Podemos señalar que las medidas de seguridad se establecen para aquellos sujetos que han puesto de manifiesto su peligrosidad con un comportamiento delictivo; atienden a una ponderación de política criminal, es decir; entre la seguridad y el respeto a la dignidad.

Las medidas de seguridad en el derecho penal atienden a la peligrosidad del sujeto y son de carácter preventivo para la sociedad. Entre los fines se encuentran los siguientes:

-Fines asegurativos
-Medidas que tiende a la educación
-Fines terapéuticos

Cuáles son las medidas de seguridad?
De manera enunciativa no limitativa, algunas de las medias de seguridad que se aplican en el de derecho penal actual se encuentran:

Confinamiento
Tratamiento de inimputables
Prohibición de ir a un lugar determinado
Amonestación
Tratamiento
Caución de no ofender.

19/07/2023

1°¿Qué es el derecho internacional público?
El derecho internacional público es la rama del derecho que se ocupa de las relaciones internacionales entre los Estados y los sujetos internacionales. Es el marco jurídico por el que se rige la comunidad internacional, de manera de garantizar la paz y la justa resolución de los conflictos que pudieran surgir de sus relaciones mutuas.

2°¿cuáles son sus fuentes?
Fuentes del derecho público internacional
El derecho público internacional tiene como fuentes los diversos y variados tratados suscritos por los Estados de manera bilateral o multilateral, tales como pactos, convenios, memorandos, declaraciones conjuntas, etc., así como la llamada costumbre internacional, reconocida en la práctica por los Estados y por los principios generales del derecho.
A ello hay que sumar los documentos jurídicos emanados de las cortes internacionales y organismos jurídicos multilaterales (como la ONU) que sirven de mediador en conflictos locales y regionales, brindando un marco legal de mutuo entendimiento entre las naciones en disputa.

3° ¿Cuáles son sus características?
Características del derecho internacional público
El derecho internacional público se sustenta en el acuerdo de que las relaciones entre las naciones deben ser para un beneficio mutuo, y que siempre son preferibles a la guerra.

Dichas relaciones de cooperación, rivalidad o intercambio deben por ende regirse por tratados voluntarios a los que todos los países que los suscriban deberán someterse, considerando que dicho ordenamiento es independiente de quiénes ejerzan sus gobiernos.

Las instancias del derecho internacional público, así, son órganos descentralizados y mínimamente coercitivos, dinámicos y dotados de cierta relatividad respecto de los deberes jurídicos internacionales, esto es, que podrán ser siempre negociados y sujetos de labor política.

5°¿cuál es su origen?

El tratado más antiguo de este tipo proviene de la antigüedad mesopotámica, e involucra a las ciudades caldeas Lagash y Umma hacia el año 3200 a. C. Este tratado les habría permitido fijar sus fronteras al término de una guerra.

En cambio, el primer caso moderno de este tipo de instancias jurídicas internacionales fue el de Las Reclamaciones de Alabama, al término de la Guerra de Secesión Estadounidense, que fue juzgado por una corte en Ginebra.

Sin embargo, como suele ocurrir, existe discrepancia en los autores respecto al origen específico del Derecho Internacional Público. Algunos lo consideran tan antiguo como las naciones humanas mismas, que acordaban los términos para comerciar o intercambiar bienes primitivos.

Por el contrario, otros autores suponen su inicio formal a partir del siglo XVI o XVII, instante en el que aparecieron formalmente naciones soberanas dispuestas a relacionarse con las otras en términos de igualdad jurídica, como ocurrió en 1648 con los Tratados de Westfalia.

Música utilizada: himno patriótico de la gran Colombia

08/04/2022

1°¿Qué es Derecho laboral?

El derecho laboral es el conjunto de normas jurídicas que se establecen en la relación entre los trabajadores y los empleadores. Es una serie de preceptos de orden público y legal, que se basa en la premisa de asegurarle a quien trabaja un pleno desarrollo como persona, y una integración real a la sociedad, asegurando el cumplimiento de las obligaciones de ambas partes.

2° La historia del derecho laboral

Recién con la caída del Imperio Romano, en la Edad Media comienza a pensarse al trabajo como una actividad social y comienza a tomarse dimensión de su importancia. Con la hegemonía del modo feudal de producción apareció la actividad artesanal, y con ella los primeros gremios, que funcionaban como garantía de los monopolios.

Tal vez la Revolución Industrial fue el punto de partida para la toma de conciencia de que la riqueza no se obtendría solamente de la tierra, y por lo tanto, el trabajo debía ser retribuido adecuadamente.

La Revolución francesa y el posterior liberalismo económico contemplaban eso, y postulaban que al trabajador debía pagársele lo necesario para que pueda vivir y reproducirse, pero sin dejar de ser el mercado (en este caso, oferta y demanda de trabajo) el asignador natural de recursos.

La alternativa que surgió fue el marxismo, que si bien exigía una abolición del modo capitalista, reclamó por derechos laborales para los trabajadores. Aunque nunca se haya conseguido esto globalmente, en casi todos los países los sindicatos están hoy reconocidos, y los gobiernos y patrones aceptan (en mayor o menor medida) la negociación colectiva de los términos de trabajo.

3° Características del derecho laboral

°Dinámico: El derecho laboral, en primer lugar, como se desprende de lo anterior es un derecho dinámico, en constante evolución de acuerdo con los procesos socioeconómicos que vive cada país.

°Social: Es un derecho social, porque sus fundamentos apuntan a representar el interés general, pero también es un derecho profesional, porque se ocupa de las personas que ejercen alguna profesión o trabajo.

°Expansivo: También, se dice que es un derecho expansivo, que nació con competencias muy bajas, las que se fueron actualizando y continúan haciéndolo. Una de las grandes limitaciones del derecho laboral es que alcanza únicamente al empleo formal (llamado ‘en blanco’), mientras que el empleo no registrado podría no ajustarse a estas condiciones legales. Es deber del Estado aplicar sanciones frente al trabajo no registrado.

4° Contrato de trabajo

El contrato de trabajo es el documento por excelencia del derecho laboral, que suele incluir una serie de elementos:

°Remuneración: Esto es, el pago que recibe el trabajador periódicamente. Son muchos los países en los que existe el salario mínimo, que hace que esta negociación no esté sujeta únicamente a las leyes del mercado. El aguinaldo es una paga extraordinaria que en algunos casos es obligatoria.

°Jornada laboral: La jornada laboral, la cantidad de horas que se trabajará. Por la primera idea de las personas como seres sociales, el empleador no debe orientar su búsqueda al trabajador que más tiempo esté dispuesto a trabajar. Por ello es que se establece una jornada máxima, en general de ocho horas diarias, lo que representa un tercio del día.

°Vacaciones: Las vacaciones pagas, una cantidad de días al año que le corresponden al trabajador para no ir a trabajar, sin dejar por ello de recibir su paga.

°Condiciones de trabajo: Las condiciones laborales, probablemente lo más controversial y lo menos reconocido, ya que los parámetros no son tan tangibles. Se supone que el empleador debe bregar por un ambiente laboral saludable, donde los trabajadores no estén expuestos a problemas de salud física y mental. Esto incluye proporcionarle al trabajador herramientas de trabajo que lo ayuden en su tarea, también eliminar y controlar los factores de riesgo derivados de la actividad a la que está afectado.

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08/04/2022

1°¿Qué es el derecho administrativo?
El derecho administrativo es la rama del derecho que estudia la organización, deberes y funciones del Estado y de sus instituciones, en especial las atribuciones del poder ejecutivo.

El derecho administrativo está vinculado a la Administración Pública como campo de estudio. Además tiene nexos teóricos y prácticos con disciplinas como la sociología, la economía, la psicología, las ciencias políticas y otras ramas del derecho como el penal, constitucional e internacional.

2°Origen del derecho administrativo

Los orígenes del derecho administrativo se remontan a los siglos XVIII y XIX, con las Revoluciones Liberales que derrocaron al antiguo régimen y abrieron la puerta del mundo republicano en Occidente.

De este modo, es una rama del derecho relativamente joven, nacida junto a la declaración de los derechos humanos y la igualdad ante la ley de los ciudadanos. Es decir que surgió junto al Estado Liberal.

El primer organismo encargado de ejercerlo fue el Consejo de Estado francés. Estaba encargado de fiscalizar el poder del Estado, ya que en ese entonces se desconfiaba de los jueces provenientes del Antiguo Régimen feudal para que sirvieran de contrapeso único al Estado

3°Características del derecho administrativo

+Común, pues sus principios se aplican a diversas materias administrativas y en todas las instancias del Estado.

+Autónomo, pues obedece a sus propios principios generales.

+Local, pues responde a la organización jurídico-política de cada país.

+Exorbitante, pues su ámbito de acción excede al derecho privado: en donde quiera que exista un Estado, habrá también un derecho administrativo.

4°Principios del derecho administrativo

Existen cuatro principios generales del Derecho Administrativo (aunque no son los únicos que existen), conocidos como principios del procedimiento administrativo:

Principio de la legalidad objetiva. Establece que todo acto emanado de un poder público debe darse en perfecta concordancia con la ley vigente y su jurisdicción, y no a las subjetividades involucradas, es decir, a la voluntad de las personas.

+Principio de la oficialidad. Establece que la iniciación, impulso y desarrollo de los procesos de tipo judicial y/o administrativo deberán depender siempre de un órgano del poder público, y no de la voluntad de los individuos involucrados.

+Principio del informalismo en favor del administrado. Establece que los ciudadanos deberán ser juzgados independientemente del cumplimiento de ciertas obligaciones formales, para que determinadas rigurosidades formales no entorpezcan la búsqueda de una solución justa para su caso.

+Principio del debido proceso o garantía de la defensa. Establece que el Estado debe respetar todos los derechos consagrados por la ley de una persona, sin importar la gravedad de los crímenes que se presuma haya cometido o se pruebe que haya cometido. Esto implica la posibilidad de una defensa, de un juicio de ley en condiciones objetivas y de un castigo proporcional a la gravedad del delito cometido, entre otras cosas.

5°Fuentes del derecho administrativo

La principal fuente del Derecho Administrativo es la la Constitución (o la Carta Magna que corresponda), como ocurre con otras ramas del derecho. Entre sus fuentes también se encuentra la legislación con sus leyes orgánicas, ordinarias y habilitantes.

Posteriormente, el Derecho Administrativo se rige por los reglamentos y normativas propios de cada institución y/u organización estatal, y en última instancia por las doctrinas, hechos sociales y costumbres propias de una nación (derecho consuetudinario)

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