Escuela Internacional de Formación Jurídica - EIF Jurídica

Escuela Internacional de Formación Jurídica - EIF Jurídica Te enseñamos todo lo que necesitas en la vida real para ganar un litigio no penal, pero que la universidad no te enseña...

26/09/2026

📍La importancia de construir una versión de los hechos ordenada (demanda o contestación)

14/09/2026

📍Objeción por pregunta conclusiva:

La razón por la que se objeta por esta causa, es porque en la pregunta se incluye una argumentación o conclusión, la cual se debe dar en los Alegatos de Conclusión y no en la prueba testimonial.

¿Cómo salir de esta objeción? Preguntando por los hechos que permitirán sacar las respectivas conclusiones en los alegatos.

Una de las claves para disfrutar el Derecho, es escoger el área en la que usted quiere ejercer.Y leyendo este libro, def...
08/09/2026

Una de las claves para disfrutar el Derecho, es escoger el área en la que usted quiere ejercer.

Y leyendo este libro, definitivamente confirmo que si uno no se arriesga a estudiar y trabajar en lo que quiere, probablemente será infeliz.

Terminará trabajando sin alegría.

Pero si le apuesta a lo que le gusta, de veras que sentirá que su vida está teniendo un propósito.

Yo, en lo personal, disfruto un montón construir estrategias judiciales, planificar testimonios, estudiar y enseñar sobre litigación oral y, por supuesto, escribir.

Por eso, me ve dando lata sobre este tema muy seguido.

Incluso, muchas veces, hago lives en Instagram donde hablo sin que me paguen un dólar sobre este tema.

El caso es que la plata no es el único factor ni para escoger un posgrado ni una área del derecho.

De hecho, en mi experiencia, he escogido siempre lo que más me gusta y luego lo he vuelto rentable.

¡Nos vemos en la cima!

📍¿Qué significa que el juez termine haciendo mejores preguntas que el abogado que presentó al testigo?Hace unas semanas,...
02/09/2026

📍¿Qué significa que el juez termine haciendo mejores preguntas que el abogado que presentó al testigo?

Hace unas semanas, mientras desarrollábamos el Seminario en Técnicas de Litigación Oral para la Defensa de Derechos Humanos ante Cortes Nacionales e Internacionales, en la Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Cooperativa, sede Popayán, analizamos varios testimonios practicados ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Y en medio de la discusión surgió una pregunta:

Si el juez ya hizo muy buenas preguntas, ¿es necesario que el abogado que aportó el testigo siga preguntando?

Y la pregunta es importante porque es algo que pasa seguido.

Pero yo no creo que esto esté bien, porque el abogado:

1. Conoce los hechos del caso.
2. Conoce al testigo y ha preparado su testimonio.
3. Conoce los demás medios de prueba.
4. Conoce la demanda, la contestación y su teoría del caso.
5. Y, sobre todo, tiene un interés concreto en ganar el caso.

El juez, en cambio, pregunta desde la imparcialidad. Tiene que decidir este caso, pero también tiene muchos otros asuntos que resolver.

Entonces, si el juez está reconstruyendo mejor la historia que el abogado, quizá el problema está en la preparación del litigante.

Tal vez no preparó suficientemente el testimonio.

Tal vez no tiene claro cuáles son los hechos jurídicamente relevantes que debe probar.

Tal vez no sabe qué detalles necesita resaltar con ese testigo.

O quizá todavía necesita aprender a reconstruir las historias durante la audiencia, y no simplemente a formular preguntas.

Porque un buen examen directo no consiste en lograr que el testigo hable.

Consiste en conseguir que, a través de su declaración, cobre vida la historia que sostiene nuestra teoría del caso.

Y si el juez está haciendo mejores preguntas que nosotros, vale la pena hacernos una pregunta más incómoda:

¿Realmente estamos preparados para interrogar a nuestro propio testigo?

¿Qué opina?

📍No basta con aportar un buen testigo, para probar los hechos que usted alega.Además, se necesita que usted sea el inter...
28/08/2026

📍No basta con aportar un buen testigo, para probar los hechos que usted alega.

Además, se necesita que usted sea el interrogador correcto.

Y es que hablando del interrogatorio a testigos en asuntos no penales, hemos creído que si nosotros afirmamos X en la demanda o contestación y nuestro testigo también dice X en audiencia, el trabajo está hecho y eso no es cierto.

Ojo,su labor no es sólo lograr que el testigo diga “yo vi cómo el señor de la moto se pasó el pare y atropelló al niño”, porque a esa historia le falta más de la mitad de información para ser tenida como cierta por parte del juez.

¿Por qué le digo esto? Porque capacitando jueces en materia de litigación oral no penal en Latinoamérica, me he dado cuenta de que ellos darán por cierto el hecho que usted alega y que el testigo afirma cuando:

1. Usted, a través de sus preguntas, y el testigo, mediante sus respuestas, logran que el juez se imaginen en su mente muy bien la historia que se narra. Esto se logra pidiéndole al declarante que a medida que va declarando, también relate detalles importantes de lo percibido.
2. La historia se reconstruye de manera clara en audiencia.
3. El juez sabe a cuenta de qué ese testigo conoce lo que afirma.
4. La historia es creíble.

Sí, claridad, detalles, justificación y una reconstrucción estratégica de la historia son la clave para que, al final del ejercicio el juez o la juez digan “le creo al testigo -y de paso al abogado- en cuanto a que el señor de la moto se pasó el pare y atropelló al niño”.

Cierro diciéndole que esa reconstrucción no se logra solo diciéndole al testigo “nárrenos todo lo que sepa y le conste sobre el accidente” …

En verdad, esta tarea requieren, al menos, 2 cosas de su parte:

1. Que aprenda a construir historias creíbles y que conecten con la mente del juez.
2. Que sepa realizar muy buenas preguntas enfocadas en los puntos clave de la historia y de su teoría del caso.

¡Nos vemos en la cima!

📍Llevo algunos años estudiando, aplicando y enseñando técnicas de litigación oral en asuntos no penales y de los temas q...
21/08/2026

📍Llevo algunos años estudiando, aplicando y enseñando técnicas de litigación oral en asuntos no penales y de los temas que más me gusta, es el de objeciones a preguntas y respuestas en la práctica de las pruebas declarativas (testimonial, interrogatorio de parte, declaración del perito, etc.)

¿Por qué? Porque es un tema que se ha malentendido por algunos jueces y litigantes.

Mientras unos creen que es una maniobra para hacer perder el tiempo (jueces), los otros creen que es una herramienta para fastidiar al abogado de la contraparte para que diga la frase “no más preguntas, señor juez”.

Sin embargo, mi postura es que las objeciones son, más bien, aquella figura mediante la cual se protegen, en audiencia, las reglas para la práctica de las pruebas declarativas.

Es decir, mediante ellas es tanto como si se le dijera al juez en plena audiencia “pilas, puede que se estén violando reglas para la práctica de este medio de prueba. Tome alguna medida al respecto”.

Por eso, se me dio por hacer este cuadro con algunas de las reglas que se deben cumplir en la práctica de estos medios de prueba y su respectiva objeción.

Déjeme le cuento algo más: en enero de 2027 empieza un programa increíble: La Certificación Internacional en litigación oral en donde profundizamos este y otros temas súper prácticos.

Solo quedan unos cuantos cupos.

¡Levante la mano si le interesa participar!

14/08/2026

Aportemos nuestro granito de arena 🙏🏻

12/08/2026

📍Un testigo hostil puede convertir una buena pregunta en una respuesta perjudicial, si el abogado pierde el control por unos segundos.

En este video analizo un ejemplo muy claro: el abogado quería destacar lo que el Estado de Guatemala sí había hecho frente a unos hechos cuestionados. Sin embargo, el testigo desvió la respuesta hacia aquello que el Estado no había hecho y, al seguir ese camino, el contrainterrogador terminó entrando en un terreno que favorecía a la contraparte.

¿Qué hacer para evitarlo?

1. No ceda el control del contrainterrogatorio.
Parece obvio, pero en audiencia es fácil terminar siguiendo al testigo en lugar de conducirlo.
2. Controle con preguntas sugestivas y un solo hecho por pregunta.
En lo posible, sea usted quien formule la afirmación y permita que el testigo simplemente la acepte o la niegue.
3. No tenga miedo de contrainterrogar.
Controlar a un testigo no significa faltarle al respeto. Un buen contrainterrogatorio exige firmeza, técnica y claridad sobre el objetivo que se quiere alcanzar.

En conclusión, un testigo hostil puede intentar cambiar el rumbo de la declaración. La tarea del abogado es impedir que también cambie el rumbo de su estrategia.

DerechoProbatorio

11/08/2026

Cómo construir la mejor versión de los hechos, para ganar un litigio no penal

10/08/2026

📍Si usted cree que los alegatos de conclusión no cambian nada, probablemente está desperdiciando uno de los momentos más valiosos del proceso.

Ese error suele verse de tres formas.

La primera es convertir los alegatos en un simple resumen de la demanda o de la contestación, dejando por fuera lo más importante: la valoración de las pruebas practicadas y la explicación de por qué esas pruebas respaldan nuestra posición.

La segunda es llegar a la audiencia a leer un escrito. Y cuando el abogado se limita a leer, pierde conexión con el juez, transmite poca preparación y renuncia a una oportunidad real de persuadir.

La tercera es preparar los alegatos sin suficiente esfuerzo porque se piensa que el juez ya tomó una decisión y que, por tanto, nada de lo que se diga va a cambiarla.

Sin embargo, nosotros vemos los alegatos de una manera completamente distinta.

Los alegatos de conclusión son un momento de oro. Es la última oportunidad para ponerse, por unos minutos, la toga del juez y explicarle con claridad por qué las pruebas practicadas justifican una decisión favorable para nuestro cliente.

Por eso, los alegatos no deberían limitarse a repetir lo que ya está en el expediente. Deberían ayudar al juez a decidir.

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