10/04/2025
El ORD Nº 206 del 02 de abril de 2025 expresa textualmente;
La circunstancia que la festividad religiosa " Viernes Santo" se trate de un feriado que de acuerdo con la Ley N°19.973 no forma parte de aquello de carácter irrenunciable, no faculta ni autoriza al empleador a desconocer la vigencia de las cláusulas tácitamente convenidas con sus trabajadores y trabajadoras. Para determinar si el tratamiento diferenciado en una misma empresa, respecto al goce del derecho al descanso de forma absoluta durante la festividad religiosa del "Viernes Santo", constituye indicios de una conducta discriminatoria a la libertad de conciencia, la manifestación de creencias y la libertad de culto, deberá analizarse caso a caso conforme a la doctrina de este Servicio. La labor de fiscalizar y de verificar el cumplimiento de la normativa laboral vigente, junto con multar e infraccionar los incumplimientos correspondientes, son atribuciones propias de la Dirección del Trabajo.
29/10/2024
Disminuye tasa de SIS de 2,01% a 1,5% para los suelos de octubre 2024.
04/05/2024
Se debe llevar control de asistencia para determinar las horas de trabajo ordinarias y extraordinarias.
Sabías que los trabajadores de casa particular deben registrar asistencia?
18/01/2023
1 - Los trabajadores con más de un año de servicio en una empresa, tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones 🏖️ (o feriado Anual), con remuneración íntegra. Los días se cuentan de Lunes a Viernes 🗓️, pues el día sábado se considerará siempre inhábil para efectos de vacaciones.
2 - Los trabajadores que residen y prestan servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, y en la Provincia de Palena 🏔️, tienen derecho a un feriado anual de 20 días hábiles.
3 - los trabajadores que presten servicios continuos al mismo empleador en virtud de dos o más contratos por obra o faena y que sobrepasen el año, tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones, con remuneración íntegra.
4 - Los trabajadores con jornada parcial, al igual que los con jornada completa, tienen derecho a 14 días hábiles de vacaciones con remuneración íntegra.
Si te quedan dudas al respecto, déjamelas en los comentarios 👇 y te ayudo.
04/01/2023
Sí, a contar desde enero 2023 el ingreso mínimo mensual es de $410.000 👛. La ley 21.456 así lo determinó, si es que la variación del IPC superaba el 7% en diciembre 2022.
Este aumento también aplica para el ingreso mínimo de menores de 18 y mayores de 65 años que será de $305.851. Para fines no remuneracionales queda en $264.282.
Comparte ↗️ y guarda esta información, para que todos estemos informados 📖📚
26/10/2022
Holaaa 👋!!! Mi nombre es Yessica soy la mujer detrás de esta cuenta. Tengo 35 años. De profesión Contadora, con especialización en Remuneraciones, a través de diplomado y cursos de actualización laboral. He trabajado los últimos 10 años exclusivamente en el área como dependiente.
Se preguntarán por que JEV REMUNERACIONES??? Bueno... hace casi 6 años atrás fui mamá por primera vez de una niña, tres años más tarde e iniciando la pandemia 😷, fui mamá por segunda vez de otra niña. La vida no quería algo poco para mí 😄 y un año y medio más tarde, me regaló la fortuna de ser madre por tercera y última vez de otra niña. El nombre es en honor a ellas, a mi inspiración.
La maternidad me hizo cuestionar muchas cosas... Y decidí que quería ESTAR, Estar más presente en sus vidas, verlas crecer de cerca y un poco más lento. Por ello resolví que ya no trabajaría de forma dependiente. No fue una desición fácil... Porque en el trabajo también formamos lazos, es una segunda casa y bueno nos permite tener independencia económica, muy importante por lo cierto.
Es así como nace JEV REMUNERACIONES, en honor a mis niñas y para seguir recorriendo el mundo laboral, seguir aprendiendo y entregando lo mejor de mi, esta vez desde otra vereda...
02/09/2022
Se apoyó esta iniciativa por el rol que cumple la época festiva de Fiestas Patrias 🇨🇱 🍢🥤🍻🍷🍽️🚐✈️🏕️🧳para la recuperación de sectores de la economía nacional, tales como las actividades ligadas a la cultura, hotelería, turismo, gastronomía y comercio, que se han visto gravemente afectadas en los últimos años debido a la pandemia del COVID-19.
✅Cabe recordar que 17 y 18 de septiembre si son feriados irrenunciables.
Salud por eso 🍻!!!
30/08/2022
Este sábado 04 de septiembre, día de pebliscito, será feriado irrenunciable 📖 ORD. N°1474/30.
es un feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores de centros o complejos comerciales;
✅Los malls, strip centers, caracoles, van a estar cerrados ese día 🛍️
✅Los supermercados podrán funcionar
normalmente, sin embargo, se encontrarán cerrados los pasillos y góndolas en que se expendan bebidas alcohólicas 🛒
Los trabajadores del comercio que se encuentran exceptuados de los feriados obligatorios dispuestos en la Ley N°19.973 y que además deben prestar servicios en feriado eleccionarios por la naturaleza de las labores que realizan, deben contar con todas las facilidades para emitir su voto.
✅Tienen derecho a ausentarse de su trabajo a lo menos por dos horas (tiempo mínimo) con el objeto de concurrir a emitir su sufragio.
✅El tiempo que ocupe para concurrir a su lugar de votación no significará disminución de sus remuneraciones.
Para trabajadores con turnos funcionará de la siguiente manera;
✅Pueden prestar sus servicios en los lapsos que median entre las 21:00 hrs. y las 24:00 hrs. del dia sábado 03.09.2022 y entre las 0:00 hrs. y las 06:00 hrs. del dia lunes 05.09.2022, siempre que el turno incida en dichos periodos de tiempo.
29/08/2022
El 02 de agosto de 2022 es publicada la ley 21476 📖 que, modifica el Art. 38 del código del trabajo.
Con el fin de asegurar la oferta de servicios de transporte público 🚌🚐, durante el periodo de elecciones o peblicitos ✉️.
Entonces los días domingo que correspondan como descanso en el mes de elecciones, a trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en transporte público urbano y rural, deberán ser compensados en uno o más domingos del mes calendario 📅 anterior o siguiente.
Si te quedó alguna duda escríbeme 👇