26/08/2026
IMPROVISACIÓN VERIFICADA
Parece algo simple, como sería la de dictar un Decreto Supremo y con ello debe desaparecer el problema. Sin embargo, hay dos situaciones que no son visibles frente a esta medida:
1. En el orden político, la medida refuerza la improvisación de la gestión gubernamental, que comunica una reacción pusilánime de la presidenta, y sobre todo algo más grave, retrata la vulnerabilidad de la figura presidencial frente a lo que desconoce, por lo tanto sujeta a influencias que la inducen al error como la materializada por el ministro Rafael Rey.
2. En el ámbito jurídico y de gestión, la medida afecta la autonomia de las municipalidades provinciales, autonomia que no puede ser borrada de un plumazo. Aqui lo explicamos:
El Decreto Supremo el N.º 017-2026-MTC presenta indicios claros de que:
1. El Ejecutivo se excedió en su facultad de reglamentar la ley, al modificar efectos sancionadores que solo podrían alterarse mediante una ley y no por la via de un Decreto Supremo.
2. El decreto obliga a las municipalidades a reducir multas y archivar procedimientos derivados de sus propias ordenanzas, interfiriendo en prerrogativas y recursos municipales, garantizados por la Ley.
3. una reducción general del 90 %, sin diferenciar suficientemente la gravedad y circunstancias de las infracciones, resulta desproporcionada o insuficientemente justificada.
4. quienes pagaron oportunamente abonaron el 100 %, mientras quienes incumplieron pueden pagar solo el 10 %. Esa diferencia requiere una justificación objetiva. Se vulnera el principio de igualdad ante la ley.
5. Si la sanción pierde casi todo su costo, disminuye su capacidad para desalentar nuevas infracciones y con ello, promover la seguridad vial.
6. Lo peor, beneficia infracciones cometidas durante su vigencia, anunciando anticipadamente que determinadas conductas recibirán un descuento del 90 %. Convierte una regularización de deudas en un incentivo potencial para infringir.
Cuál es la salida? El gobierno poco o nada va hacer a respecto de una medida que transparece todo lo que mencioné. Sin embargo en el ámbito de las municipalidades o cualquier persona afectada en su derecho puede presentar una acción popular.
Pero más allá de los efectos producidos en el orden jurídico, es un patrón de gestión que vamos a ver durante 5 años, donde se va a preferir violar la ley por más que sea oneroso para el Estado que sujetarse a ella.