27/08/2026
Resumen de la Clase Nro 44 del Curso de Leyes Noajidas del Rabino Ariel Groisman
Acceso al audio en YouTube: https://youtu.be/5uvoAQXDTKE
Desde los tiempos de Noaj, el Creador entregó a la humanidad un código de vida que enseña al ser humano cómo debe conducirse, cómo relacionarse con los demás y cómo cumplir con el propósito para el cual fue creado.
Las Leyes Noájidas no son simplemente una lista de prohibiciones. Son un sistema de principios que enseñan a cuidar la vida, respetar la dignidad humana y comprender la enorme responsabilidad que tenemos sobre nuestras acciones.
En estas próximas clases continuaremos estudiando un tema profundo: el respeto a la vida y a la integridad del cuerpo humano. En esta y las siguientes clases, analizamos los tatuajes, los piercings, las modificaciones corporales, las intervenciones quirúrgicas, los métodos anticonceptivos, la esterilización y la castración humana desde la perspectiva de la Torá.
La pregunta central es: ¿qué está permitido, qué está prohibido y qué es conveniente o inconveniente cuando hablamos del cuerpo que recibimos del Creador?
La Torá reconoce que el ser humano puede intervenir sobre su cuerpo cuando existe una finalidad positiva. Las cirugías realizadas por motivos de salud están permitidas. También las intervenciones estéticas realizadas para mejorar una condición física (cirugías estéticas), siempre que sean realizadas en centros médicos reconocidos y bajo procedimientos adecuados.
Lo que está prohibido es cualquier acción cuyo objetivo es dañar, producir dolor, sufrimiento, martirio o una lesión intencional aunque exista o no el consentimiento de las partes. El cuerpo humano no fue entregado para ser destruido, sino para ser cuidado.
En el caso del noájida, los tatuajes no están prohibidos ya que la prohibición de la Torá es dirigida al pueblo judío. La Torá busca preservar la diversidad de cada cultura, pero siguiendo las 7 leyes universales y sus derivaciones.
Además, esto no significa que cualquier tatuaje sea apropiado. Si se realiza un tatuaje, no deben contener imágenes relacionadas con la idolatría, la violencia o la promiscuidad.
También es importante diferenciar entre lo permitido y lo conveniente. Que algo esté permitido no significa necesariamente que sea lo mejor para el crecimiento espiritual de la persona.
Si alguien ya posee un tatuaje de estas características, no existe un deber de eliminarlo, aunque puede ser conveniente hacerlo.
Los piercings y las modificaciones corporales deben analizarse bajo el mismo principio.
La Torá no juzga las prácticas desde la perspectiva de una cultura determinada, porque algo que puede parecer extraño en un país puede ser normal en otro. La ley de la Torá es universal y debe aplicarse a todas las culturas y generaciones manteniendo su diversidad.
Sin embargo, existe un límite claro: cuando una modificación corporal tiene como finalidad producir dolor, sufrimiento, humillación, martirio o flagelación, está prohibida. Tampoco está permitido ayudar a otro a dañarse, porque al colaborar con esa acción se estaría participando en una transgresión.
Los métodos anticonceptivos, como el DIU, espermicidas, métodos hormonales, métodos de barrera u otros métodos recomendados por un médico, tienen un tratamiento diferente y están permitidos.
La castración, en cambio, está prohibida ya que implica una lesión física sobre los órganos sexuales y por eso está relacionada con la prohibición de causar daño al cuerpo humano. Esta prohibición deriva del principio de respeto a la vida humana y de la prohibición de causar lesiones.
Como ocurre con muchas leyes de la Torá, existen principios generales y también situaciones excepcionales que deben analizarse cuidadosamente.
Un ejemplo es un agresor sexual que no puede dominar sus impulsos y representa un peligro real para sí misma y para otros. En una situación extrema donde existe un daño concreto al prójimo, está permitido aplicar tratamientos médicos como la castración química mediante inyecciones. Pero esto no puede ser una decisión personal ni puede ser realizado por cualquier persona. Debe existir intervención médica y una orden judicial.
Estos casos son excepcionales. La inmensa mayoría de las personas pueden controlar sus impulsos mediante educación, trabajo personal, disciplina y estudio de la Torá.
Dentro de este análisis también se estudian las operaciones que buscan modificar el formato corporal de varón a mujer o de mujer a varón.
Estas intervenciones están prohibidas porque implican modificaciones profundas del cuerpo humano y derivan de la prohibición de lesionar la integridad corporal.
Lo que comúnmente se denomina “cambio de s**o” no lo es, porque el s**o de una persona no cambia mediante procedimientos quirúrgicos, hormonales o estéticos. Lo que se realiza son modificaciones del cuerpo para intentar presentar una apariencia de tener un s**o diferente abriendo la posibilidad de mayor promiscuidad.
Cada célula y cada parte del cuerpo humano contienen la evidencia de la realidad biológica con la que la persona fue creada.
Por eso, desde este marco de estudio, estas acciones son consideradas una alteración del cuerpo creado por D-os. Esto también se relaciona con la prohibición de blasfemia, que estudiamos anteriormente.
La blasfemia no se limita solamente a palabras contra D-os. También incluye la actitud de la persona que considera que su propio criterio es superior al del Creador.
Por ejemplo, si D-os permitió algo y una persona dice: “Yo considero que esto está mal porque mi criterio es superior”, está colocándose por encima de D-os.
Un ejemplo de esto aparece cuando una persona afirma que no come carne porque considera que es más misericordiosa que D-os, quien creó al animal, le dio vida y estableció que está permitido su consumo y aprovechamiento.
El problema no está simplemente en una elección personal, sino en la idea de que la misericordia humana pueda ser superior a la del Creador. La enseñanza fundamental es que D-os no creó algo equivocado.
El cuerpo humano no es simplemente un objeto que puede ser modificado sin límites. Es una creación que posee valor, propósito y dignidad. Las Leyes Noájidas enseñan que respetar la vida no significa solamente evitar quitarla, sino también proteger su integridad física, emocional y espiritual.
Cuidar nuestro cuerpo, respetar el cuerpo del otro y reconocer que la creación tiene un propósito divino es parte del camino de una vida con bendición y trascendencia.
La Torá no solamente enseña cómo evitar hacer daño; enseña cómo vivir reconociendo el valor de aquello que hemos recibido del Creador.