19/02/2018
Prof. y Lic. Ciencias de la Educación Facultad de Humanidades - UNCa
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19/02/2018
Extracto de Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10.
Los alumnos que quieran inscribirse para cursar un espacio curricular como alumno regular, deberán tener regularizado el espacio curricular correlativo anterior y aprobado el correlativo anteprecedente» (Arts. 15º y 9º, b).)
DE LOS ALUMNOS REGULARES
El «alumno regular es el alumno universitario activo que ajusta su régimen de estudios al diseño curricular vigente de la carrera y se adecua a la modalidad del cursado de cada espacio curricular, de acuerdo con un programa de aprendizaje, evaluación y asistencia establecido por la Facultad de Humanidades».
Para obtener la regularidad en este espacio curricular, los alumnos deberán haber aprobado el 80% de los trabajos prácticos, el 100% de las evaluaciones parciales y haber cumplido con el mínimo (80%) de la asistencia estipulado por las normas vigentes. (Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Arts. 28º,29º,30º y 37º §1.)
Como lo establece el Reglamento General de alumnos de la Facultad de Humanidades, el número de parciales será tres (03), y se aprobarán con un mínimo de cuatro (4) puntos para regularizar. (Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Art. 30º.)
Los exámenes finales para quienes hayan obtenido la regularidad en este espacio curricular se realizarán de acuerdo a lo estipulado por el Reglamento General de Alumnos de la Facultad de Humanidades (Resol. C.D.F.H. Nº106/10), en su parte sexta “De los exámenes” (artículos 44º al 62º).
DE LOS ALUMNOS QUE NO ALCANCEN LA REGULARIDAD
Los alumnos que se inscribieron como regulares en el presente año académico y no pudieron lograr los requisitos mínimos para obtener su regularidad pueden asumir la condición de alumno libre a los efectos del examen final, o –en su defecto- cursar nuevamente la materia. (Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Art. 37º, 2) g.)
DE LOS ALUMNOS LIBRES
El «alumno libre es el alumno universitario activo que ajusta su régimen de estudio al diseño curricular vigente de la carrera y asume la autoconducción de su proceso de aprendizaje, quedando a los efectos del examen final en dicha condición». (Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Art. 16º)
Los exámenes finales de los alumnos libres se realizarán de acuerdo a lo estipulado por el Reglamento General de Alumnos de la Facultad de Humanidades (Resol. C.D.F.H. Nº115/05), en los artículos 38º-43º y 52º f.
Los alumnos podrán rendir examen final en la condición de alumno libre, cuando la naturaleza de la asignatura así lo permita, con el último programa completo, cuyo dictado haya concluido, dentro de los turnos de exámenes previstos. (art. 38)
Cada cátedra explicitará los requisitos para acceder al examen libre en su programación curricular.
a) En caso de que se soliciten trabajos escritos, los mismos deberán tener una extensión mayor a siete (7) páginas y hasta quince (15) como máximo.
b) Para que el alumno pueda acceder al examen final en condición de libre, el plazo de presentación de trabajos solicitados como requisitos previos será de 15 a 30 días corridos antes de la fecha del examen.
El alumno en condición de libre deberá presentarse formalmente a la cátedra respectiva, para ser informado acerca de los requisitos y plazos a cumplir. (art. 41)
Los exámenes para los alumnos libres, deberán constar de una evaluación escrita o la realización de un Trabajo Práctico con el informe correspondiente, y de un examen oral que seguirá similar procedimiento al de los alumnos regulares. La exigencia previa al examen no reemplaza la evaluación escrita o práctica del examen final. En todos los casos la nota del examen será:
• En caso de aprobado, el promedio de la nota de la parte escrita y/o práctica y la teórica.
• En el caso de aplazo, se colocará como nota final el aplazo. (art 53)
Los ESPACIOS CURRICULARES QUE NO PODRÁN SER APROBADOS A TRAVÉS DE EXAMEN FINAL LIBRE son: Didácticas específicas de cada campo disciplinar; Prácticas Docentes; Prácticas Sistematizadas, Seminarios, y toda otra modalidad de dictado que implique seguimiento de ejercicios prácticos, presentación de avances y/o producciones que den cuenta del proceso formativo. (art. 43)
«Todo alumno al presentarse a rendir exámenes deberá exhibir la Libreta Universitaria excepto cuando hubiera denunciado su pérdida, en cuyo caso deberá presentar el D.N.I.» (Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Art. 52º.)
Régimen de Promoción con Evaluación Permanente: Es un proceso de evaluación continuo e integral que guarda relación con la naturaleza del espacio curricular y la carrera a la cual pertenece. Para obtener su aprobación, la calificación final obtenida a través del promedio de las notas parciales, deberá ser igual a siete (7) puntos o más. En ninguna evaluación deberá estar aplazado.
a) Las cátedras podrán ofrecer para su desarrollo el sistema de promoción con evaluación permanente.
b) El alumno podrá optar, a los fines de aprobar los espacios curriculares, por el régimen de promoción con evaluación permanente o por el examen final regular.
c) El Consejo Asesor de cada Departamento tratará la propuesta de Régimen de Promoción con Evaluación Permanente presentada por cada cátedra antes del inicio del dictado, e informará a Secretaría Académica la conveniencia o no de la implementación de dicha modalidad. Será esta Secretaría quien aprobará o no la propuesta; para lo cual evaluará la conformación de la cátedra, la modalidad de esta, el número de alumnos a atender, entre otros aspectos.
d) El régimen de evaluación consistirá en cinco (5) evaluaciones parciales en las asignaturas anuales y tres (3) en las cuatrimestrales. El alumno tendrá derecho a un examen recuperatorio por cada una de ellas en un plazo n mayor a diez (10) días hábiles de las fechas de las mismas. La calificación final será un promedio de siete (7) puntos o más. En ningún recuperatorio podrá resultar aplazado.
e) Los exámenes parciales en todos los casos serán escritos y deberán archivarse en el lugar que disponga Secretaría Académica.
f) Para obtener la promoción de la asignatura, el alumno deberá
i) Obtener un promedio mínimo de siete (7) puntos sin aplazo en las evaluaciones parciales;
ii) Aprobar el 80% de los trabajos prácticos.
iii) Asistir al 80% de las clases teóricas y prácticas.
iv) Haber aprobado la correlativa inmediata anterior durante el turno complementario previo a la finalización del dictado: mayo para las promocionales del primer cuatrimestre y septiembre para las del segundo cuatrimestre y anuales.
g) El alumno que no alcanzare el promedio general de siete (7), pero obtuviese un promedio de cuatro (4) o más, siempre que haya asistido al 80% de las clases teórico-prácticas, quedará en condición de regular, debiendo rendir examen final.
h) El alumno que no obtuviere promoción ni regularización, pasará a situación de libre cuando la naturaleza de la asignatura lo permita.
(Reglamento General de Alumnos de la Fac. de Humanidades, Resol. C.D.F.H. Nº106/10, Art. 37º.)
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