Registro Único de la Verdad - Chaco

Registro Único de la Verdad - Chaco Ley N° 1412-A (antes Ley N° 5582): Crea Comisión Provincial por la Memoria y el Registro Único de la Verdad

Artículo 7°: “Institúyese el Registro Único de la Verdad, cuyo objetivo es la implementación de una base de datos unificada que reúna información sobre la verdad de lo acontecido en los casos de personas que hayan sido víctimas de desapariciones forzadas, muerte, sustracción de menores, cambio de identidad y demás violaciones de los derechos humanos. La información del mencionado Registro será pública y de acceso gratuito. Podrá efectuarse reserva de determinada información a pedido de parte interesada y por motivos fundados, pudiendo en tales casos, acceder aquellos que acrediten un interés legítimo”.

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