22/09/2026
PROYECTO DE LEY 3331/26: ¿QUÉ PRETENDE HACER EL GOBIERNO CON LA CLÁUSULA GATILLO?
Cuando era opositor, Leandro Zdero defendía la Cláusula Gatillo. Incluso, ya como gobernador, anunció oficialmente su pago y su continuidad trimestral.
Hoy, el Gobierno impulsa el PL 3331/26, mientras los docentes chaqueños acumulamos cinco actualizaciones pendientes en concepto de Cláusula Gatillo, que representan aproximadamente un 40% de nuestro salario que el Gobierno adeuda desde abril de 2025.
Pero la discusión no es solamente política. También es jurídica.
📌 El artículo 47 de la Ley 647-E, Estatuto del Docente, establece que deben preverse mecanismos destinados a conservar el valor real del salario docente y contempla la participación de los gremios en la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo.
📌 El artículo 87 de la Constitución Provincial garantiza expresamente para los docentes una “retribución mínima, vital, móvil e intangible”.
Además, reconoce la participación de los docentes en la determinación de las condiciones de trabajo y la política salarial.
¿Y qué ocurre con esa participación?
Desde que asumió Leandro Zdero, los docentes y sus organizaciones sindicales venimos reclamando una verdadera discusión salarial en el marco de la Mesa de Política Salarial, tal como establece la legislación vigente, lo que a todas luces aún no sucedió.
⚖️ Y hay otro elemento fundamental: la Sentencia N.º 70/26 del Superior Tribunal de Justicia del Chaco.
El STJ señaló que el artículo 87 de la Constitución Provincial garantiza la intangibilidad de la retribución docente y ordenó al Poder Ejecutivo adoptar las medidas normativas y presupuestarias necesarias para garantizar la integridad y actualización adecuada de las remuneraciones docentes.
Por eso, antes de discutir solamente cuánto se paga, tenemos que preguntarnos:
❓¿Puede una ley eliminar o reemplazar un mecanismo de recomposición salarial sin garantizar otro que permita conservar el valor real de nuestro salario?
❓¿El PL 3331/26 cumple con lo establecido por el artículo 47 de la Ley 647-E?
❓ ¿Es compatible con la garantía de una remuneración móvil e intangible establecida por el artículo 87 de la Constitución Provincial?
❓ ¿Dónde queda la participación docente en la discusión de la política salarial?
No estamos hablando solamente de una Cláusula Gatillo.
Estamos hablando de nuestro salario, nuestros derechos, la participación en la política salarial y el cumplimiento de la Constitución Provincial.
Los docentes chaqueños merecemos una discusión seria, transparente y dentro del marco de la Constitución y la Ley 647-E.
Sr. Gobernador la Cláusula Gatillo no puede ser una promesa que se defiende cuando conviene y se abandona cuando deja de convenir.
CAMBIAR EL MECANISMO NO PUEDE SIGNIFICAR LICUAR EL SALARIO DOCENTE Y SUMERGIRNOS AÚN MÁS EN LA POBREZA