Instituto de Estudios Contemporànos

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LIBERTAD desde la .: IGUALDAD y la .: FRATERNIDAD de todos los seres humanos que viven sobre la faz de la tierra. Respetando con la mayor TOLERANCIA sus principios Religiosos, Políticos, Eticos, Morales, Espirituales.-

21/03/2020

El Presidente Fernandez ordena, sin Decretar Estado de Sitio Previamente .:
Que va a ser "absolutamente inflexible". La medida comenzó desde las cero del viernes y se extenderá hasta fin de mes. "Comienza un aislamiento social preventivo y obligatorio", dijo el Presidente. ------ Estas RESTRICCIONES A LAS LIBERTADES CONSTITUCIONALES REQUIEREN DECLARACIÓN DE ESTADO DE SITIO DEL CONGRESO DE LA NACIÓN ------- NO SE HIZO ------ Y SIGUE .....Habrá excepciones para trabajadores y habrá comercios abiertos. Se preparan ayudas a los sectores informales. La decisión del primer mandatario de establecer una cuarentena total de 12 días tiene como trasfondo evitar que colapse el sistema sanitario de Salud. “Me voy a poner al frente para evitar que el ritmo de contagio se acelere de manera tal que el sistema sanitario argentino no lo pueda contener”, dijo Fernández. Con palabras tranquilizadoras, el primer mandatario dijo “hemos calculado absolutamente todo, lo único que necesitamos es que cada uno haga su parte”. También señaló “confío en la responsabilidad de todos los argentinos y argentinas y que no haya irresponsables paseando por la Costa”. Según comentan en la Rosada las colas de automovilistas intentando ingresar a Pinamar indignaron al jefe de Estado. Aclaró también que a partir de las cero hora de este viernes la “Prefectura, la Gendarmería, la Policía Federal y las Policías provinciales” vigilarán las calles y le preguntará a la gente porqué circula y “quienes no puedan explicar sufrirán las sanciones que el Código Penal prevé para frenar una epidemia”. El decreto contempla un total de 23 excepciones. “Podrán concurrir “a negocios de cercanía que permanecerán abiertos, almacenes, supermercados, ferreterías, farmacias”. Para establecer la cuarentena se decidió el feriado del 2 de abril, que pasará al 31 de marzo, mientras que el 30 de marzo se convertirá en feriado puente. En su discurso agradeció especialmente a los mandatarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, con los que estamos trabajando “codo a codo ya que en estos territorios se concentra el 70% del problema” sanitario. El Presidente dijo que debe atender dos problemas: uno es la pandemia y el otro es la economía que “sin duda se va a ralentizar, habrá menor recaudación y temas fiscales por resolver”. Anticipó que “en los próximos días darán a conocer medidas para los monotributistas que alivien este momento para todos ellos”. Agregó que “si nos quedamos en casa nos preservamos todos y vamos a sufrir mucho menos como sociedad” y concluyó señalando “tenemos muchos días para cuidarnos y una pelea que tenemos que dar como Argentinos”. El Presidente asimismo hizo conocer una carta al pueblo argentino donde reafirma lo dicho en su conferencia y señala que “solo la unidad permitirá vencer en este momento.

DETALLES DE LA MEDIDA:* No hay obligación formal de concurrir a los lugares de trabajo, nadie puede moverse de sus residencias, todos tienen que quedarse en sus casas. *Se exceptúa a los miembros de fuerzas de seguridad, policías provinciales, bomberos, empleados que trabajen en el sistema sanitario y en comercios de venta de alimentos y de productos de primera necesidad, entre ellos farmacias y ferreterías. *También quedan exceptuados quienes trabajan en los gobiernos nacional, provinciales y municipales en niveles de conducción política, trabajadores que producen alientos y fármacos, trabajadores del petróleo y refinerías y periodistas. *Sólo se podrá abandonar el domicilio particular para la compra de productos de primera necesidad o por emergencia médica. *Habrá coordinación de seguridad de las policías provinciales y las fuerzas de seguridad nacionales (Policía Federal, Prefectura y Gendarmería) para evitar que se viole el DNU, controlando quién está circulando por las calles. *Las personas que no puedan explicar el motivo de su permenencia en las calles serán sometidas a las sanciones que prevé el Codigo Penal. *El feriado del 2 de abril por los Caídos en Malvinas se adelantará al martes 31 de marzo y el lunes 30 de marzo será declarado "feriado puente". *Se conformará un Gabinete Federal para que vaya atendiendo el problema de la pandemia y las cuestiones ligadas a la economía. *Se van a dictar normas para aliviar la situación de los monotributistas y del sector informal.

SE DETALLÓ LAS INDICACIONES PARA MANTENER EL DISTANCIAMIENTO SOCIAL DURANTE LAS PRÓXIMAS SEMANAS:- Distancia interpersonal mínima de 1 metro. - No más de una persona cada un metro cuadrado. - No realizar eventos y/o reuniones. - Utilizar medios electrónicos para la realización de gestiones, trámites, etc. - Trabajar a distancia, en la medida que sea posible. - No utilizar el transporte público, salvo extrema necesidad y evitar viajar en horas pico. - No exceder el 50 % de la capacidad de los espacios. - No compartir utensilios, incluido el mate. Cancelar actividades que no sean esenciales (Ejemplo: turnos médicos programados, visitas sociales, etcétera).

LAS 24 EXCEPCIONES DEL DECRETO DE CUARENTENA OBLIGATORIA PARA ASEGURAR EL ABASTECIMIENTO DE ALIMENTOS, MEDICAMENTOS Y COMBUSTIBLES. “las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales” deberán “limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios”. Aquí, el detalle de las personas alcanzadas: 1) Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. 2) Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ,Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial,municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades. 3) Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes. 4) Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino. 5) Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes. 6) Personas que deban atender una situación de fuerza mayor. 7) Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas. 8) Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. 9) Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. 10) Personal afectado a obra pública. 11) Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas. 12) Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios. 13) Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. 14) Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales. 15) Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior. 16) Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. 17) Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc) y atención de emergencias. 18) Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. 19) Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad. 20) Servicios de lavandería. 21) Servicios postales y de distribución de paquetería. 22) Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia. 23) Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas. 24) Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el Banco Central de la República Argentina disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.

CUÁLES SON LAS P***S POR NO RESPETAR LAS RESTRICCIONES. Aquellos que incumplan con la norma serán sancionados según lo establecido en dos artículos del Código Penal. De 15 días a dos años de cárcel. Quienes no estén dentro de los grupos de excepción e incumplan con la norma, serán responsables de la comisión de un delito tipificado en los artículos 205 y el 239 del Código Penal. En el artículo 205 del actual Código se establece que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". El artículo 239, por su parte, determina que "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal".

PARA PALIAR LOS EFECTOS NEGATIVOS SOBRE EL SECTOR PRODUCTIVO TAMBIÉN SE DISPUSIERON UNA SERIE DE MEDIDAS: La AFIP prorrogó embargos a pymes hasta el 30 de abril.

14/12/2019

Instituto de Derecho Notarial y Registral
1 hora ·
CONTRATOS. COMPRAVENTA INMOBILIARIA. ESCRITURACIÓN. PACTO COMISORIO. No hay abuso de derecho si el vendedor pide la restitución del inmueble al comprador que no se presentó a escriturar, por más que abonó la mayor parte del precio.
Acción promovida por el vendedor al no presentarse el comprador al acto escriturario, a fin de que le restituya el inmueble y lo indemnice por los daños. Comprador que abonó más de un setenta por ciento del precio del bien. Posesión por más de siete años. INEXISTENCIA DE ABUSO DE DERECHO AL HACER USO DEL PACTO COMISORIO EXPRESO. Actitud pasiva reprochable del demandado. SE REVOCA LA SENTENCIA APELADA. PROCEDENCIA DE LA RESOLUCIÓN CONTRACTUAL
“Selser, David c/ Soler, Luis Adolfo s/ daños y perjuicios” – CNCIV – 23/08/2019.

04/01/2019

Arranca un año de definiciones , de consolidar cambios y mejorar perspectivas , espero tengamos el valor de enfrentar con dignidad nuestro destino pensando en el futuro , fundamentalmente el de nuestros hijos !.....Ruben Dario...

09/09/2018

.: INVERSIONES REALES DE LARGO PLAZO PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO .:

07/09/2018

.: ES HORA DE UN gran acuerdo nacional, donde todos los Partidos Polìticos, sindicatos, entidades intermedias, se pongan de acuerdo de hacer fuerza para el mismo lado. LA JUSTICIA DEBERÀ DEPURAR PARA SIEMPRE EL ARREGLO MAFIOSO DE LA POLITICA Y SINDICATOS CON LOS EMPRESARIOS .:

18/04/2018

El General Prócer de Sudamèrica .:

.: Todo Poder es Efímero y Además dijo el Padre de la Patria .: la Soberbia es .:

20/02/2018

El INSTITUTO VOLVERÀ A FUNCIONAR .: Avisando a sus ex-alumnos y futuros alumnos, dando cursos en especial sobre RELACIONES PÚBLICAS y reabriendo la ESCUELA PARA DIRIGENTES POLÍTICOS .:

30/06/2017

Seguir estudiando los problemas de hoy .:

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