03/10/2016
Historia de la Contabilidad en Venezuela
En 1542 nace oficialmente la obligación de llevar cuentas en Venezuela, mediante una ley de Carlos V que obliga a los “Oficiales Reales el deber de transmitir al final de cada año un estado general de cuentas de una de las distintas ramas de ingresos y un informe circunstanciado y completo al expirar cada trienio”….
El 12 de febrero de 1591 se ordena que todas las Reales Cajas lleven el libro de la Razón General. Orden ratificada por Felipe II en Real Cédula del 15 de julio de 1620:
“En cada asiento se ha de dar individual razón y noticia de cada uno de los expresados ramos: origen, base legal, orden en cuya virtud se cobra proporción, tiempo, destino, recaudación y administración, teniendo cuidado de dejar ciertos folios en blanco para hacer las anotaciones consiguientes”.
El 30 de noviembre de 1686 se crea el cargo de Contador Mayor de cuentas para la provincia de Venezuela.
En abril de 1785 el Ministro de Indias Don José de Gálvez emite una Real Orden donde se ordena cambiar el viejo método de contabilidad por cargo y data por el de partida doble.
El 12 de marzo de 1798 se estableció un reglamento para la remisión de cuentas, el cual tenía como objetivo tener un método fijo y uniforme de presentar las cuentas.
En el congreso de Cúcuta se dictó la Ley Fundamental del 12 de julio de 1821 que establecía una autoridad central para el buen orden y uniformidad de la administración de las rentas con el título de Contaduría General de Hacienda.
El primer Código de Comercio publicado en Venezuela es el del 29 de agosto de 1862 y en la sección correspondiente a los libros dice:
“Todo comerciante debe llevar a lo menos cuatro libros encuadernados y foliados, en que conste el giro y el estado de sus negocios y son: el Libro Diario, el Mayor, el de Inventarios y el Copiador de Cartas”.
El 9 de septiembre de 1942 se fundó el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad. (Asociación de Contadores de Venezuela), pionero en Venezuela y en Latinoamérica, de las agrupaciones gremiales, miembro promotor, fundador patrocinador por Venezuela, de la Asociación Interamericana de Contabilidad (A.I.C.), Federación Internacional de Contadores, pioneros de la Contaduría en Venezuela, y el primero en presentar en el año 1951, ante la II Conferencia Interamericana de Contabilidad, celebrada en México, un Reglamento sobre ética profesional, así mismo, en la Revista El Contador, de 1969, publicada por el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad (C.N.T.C.), aparece un resumen de los principios de contabilidad generalmente aceptados. (Hoy en día se Conoce como FEDERACIÓN DE DE COLEGIOS DE TÉCNICOS EN CONTABILIDAD DE VENEZUELA (FENACOTECV)
Introduce en los años 1945, 1955 y 1960, sendos Proyectos de Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, por ante el extinto Congreso de la República. En ninguna de estas oportunidades, tales Proyectos fueron considerados.
Es a mediados del mes de Mayo de 1969, que se introduce un Proyecto de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, por la Federación de Contadores Públicos y Administradores Comerciales de Venezuela.
En Asamblea Extraordinaria, celebrada el 09 de Mayo de 1969, el Colegio Nacional de Técnicos en Contabilidad, resolvió elaborar un Proyecto de Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, contentivo de las modificaciones propuestas con anterioridad y presentarlo a la consideración del Congreso Nacional.
Es importante resaltar a fin de ilustrar a las nuevas generaciones de Contadores y al colectivo en general, que los Contadores Técnicos tenemos una historia, que data de más de 60 años de lucha y organización gremial, en pro de la Contaduría en el país.
El 12 de Julio de 1958, se crea por primera vez, el Colegio de Contadores Públicos y Administradores Comerciales de Venezuela.
En el año 1995, exactamente el 06 de Julio, en la Sesión de ese día, el extinto Congreso de la República de Venezuela, aprueba en primera discusión el Proyecto de “Ley de Reforma de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública”
Entre los aspectos más resaltantes, se encuentra la inclusión de un Título IV, de la Contaduría Técnica o Auditoría Interna, con lo cual se pretendía darle protección Legal al ejercicio del Contador Técnico, pero el proyecto no pasa de ahí en virtud que la Constitución del 61, solamente establecía la Colegiación obligatoria para las profesiones universitarias, de acuerdo al Único Parte del Artículo 82, de la Constitución ya comentada.
Es importante destacar, que la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, viene a restablecer el derecho a asociarse, que estaba limitado en la Constitución del 61, cuando el Constituyente del 99, incorpora los siguientes Artículos:
ARTÍCULO 52: Toda persona tiene el derecho de asociarse con fines lícitos, de conformidad con la Ley. El estado estará obligado a facilitar el ejercicio de este derecho.
ARTÍCULO 105: La Ley determinará las profesiones que requieren Título y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas, incluyendo la Colegiación.
En nuestra opinión, el panorama está despejado para que de una vez por todas, se exija la protección Legal al ejercicio del Contador Técnico, en virtud que se elimina la obligatoriedad de la Colegiación para las profesiones universitarias, por disposición de los Artículos precedentes.
El Contador Técnico, en la actualidad se ha profesionalizado, combinando sus estudios formales y no formales (Academias de Contabilidad), con la experiencia, en virtud que durante los últimos 30 años de vigencia de la Ley de ejercicio de la Contaduría Pública, el Artículo 9, de la referida Ley, ha sido el marco legal del ejercicio del Contador Técnico y que nos ha permitido ser el soporte del pequeño y mediano empresario, comercial y cooperativista.
En 1946 la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela propuso la creación del Departamento de Administración Comercial y así funcionó hasta 1956 cuando se aprobó la transformación de este Departamento en Escuela de Administración Comercial y Contaduría.
El 12 de julio de 1958 se creó el Colegio de Contadores Públicos y Administradores Comerciales de Venezuela
En septiembre de 1973 el Congreso de la República aprueba la Ley de la Contaduría Pública y el 4 de enero de 1975 se decretó el Reglamento del Ejercicio de la Contaduría Pública.
La Primera Asamblea de Contadores Públicos de Venezuela celebrada en Mérida en septiembre de 1974 aprobó las normas básicas y principios de contabilidad de aceptación general
Tomado del trabajo realizado por la profesora Mireya Villalobos de Nucete “los Principios Contables y su Vigencia en Venezuela”. Publicado por la División de Publicaciones de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales de la Universidad Central de Venezuela. Caracas 1978.”