Perros De Servicio Puerto Rico

Perros De Servicio Puerto Rico Bienvenidos!
☀︎Somos una organización sin fines de lucro dedicada a brindar información sobre perros de servicio, leyes, procesos, etc.

en Puerto Rico y EU
(No vendemos ni entrenamos perros de servicio.)

15/07/2026
Hola a todos! 🇵🇷🐾Esperamos que estén bien junto a sus familias.Si no sabías tenemos un grupo de WhatsApp como un espacio...
14/07/2026

Hola a todos! 🇵🇷🐾

Esperamos que estén bien junto a sus familias.
Si no sabías tenemos un grupo de WhatsApp como un espacio de apoyo y comunidad para todos los que forman parte del mundo de los perros de servicio en Puerto Rico. Aquí podemos conversar de manera más casual, privadas, compartir experiencias del día a día, cosas interesantes que nos pasan, dudas, consejos y simplemente conectar con otras personas que entienden este camino. 🤍

En nuestro grupo de Facebook compartimos información más detallada, recursos, noticias y temas importantes para manejadores y el público en general, pero este chat es un espacio más cercano para crear amistades, apoyarnos y ser nosotros mismos.

También damos la bienvenida a personas que están en el proceso de buscar o entrenar un perro de servicio, y personas con animales de apoyo emocional. 🐕‍🦺

Si estás interesado en formar parte del grupo de apoyo por WhatsApp, déjanos saber por mensaje y te enviaremos el enlace de invitación para que puedas unirte directamente. (Se estará haciendo las dos preguntas de la ley ADA si eres un manejador de un perro de servicio por Seguridad para ustedes y de los del grupo.)

🔒 🚨 Por favor, no compartas tu número de teléfono en los comentarios. No es necesario enviarlo; simplemente te enviaremos el enlace privado de invitación para que puedas unirte.

¡Gracias por ayudarnos a mantener una comunidad segura y de apoyo para todos! 🐕‍🦺🤍

11/07/2026

🚨 Aviso de veda del juey común

Del 15 de julio al 15 de octubre está prohibida la captura del juey común (Cardisoma guanhumi). Esta medida contribuye a la protección de la especie durante su periodo reproductivo y promueve la conservación de nuestros recursos naturales.

Si observas alguna violación a la veda, repórtala al Cuerpo de Vigilantes al 787-999-2200 ext. 2910 o 2911. 🌎

La Fortaleza de PR

Hoy escribo este mensaje no solamente como fundadora de Perros de Servicio Puerto Rico, sino también como persona con di...
08/07/2026

Hoy escribo este mensaje no solamente como fundadora de Perros de Servicio Puerto Rico, sino también como persona con discapacidad, como manejadora de un perro de servicio y como parte de una comunidad que diariamente depende de que estos derechos sean respetados.

Este tema no es un juego. No es una discusión cualquiera en redes sociales. No es una diferencia de opiniones que podemos simplemente ignorar.
Cuando se comparte información incorrecta sobre perros de servicio, leyes de acceso, ADA, requisitos legales o responsabilidades de los manejadores, las consecuencias no las vive solamente una persona en un comentario. Las consecuencias las viven miles de personas con discapacidades que necesitan estos animales para poder tener mayor independencia, seguridad y calidad de vida.

Durante un tiempo, nuestro equipo ha estado observando conversaciones y comentarios que han generado preocupación dentro de nuestra comunidad de este individuo. Diferentes miembros de nuestros equipos nos han informado sobre información compartida que entendemos que puede causar confusión y afectar la educación correcta sobre este tema.Aunque muchas veces decidimos responder únicamente con educación y datos, hoy decido hablar públicamente porque hay una responsabilidad que tenemos como organización que es proteger la información que recibe nuestra comunidad.

Quiero aclarar algo muy importante,
Perros de Servicio Puerto Rico no elimina comentarios porque alguien tenga una opinión diferente. No eliminamos comentarios porque alguien haga preguntas. No eliminamos comentarios porque alguien comparta una experiencia personal.
Las experiencias personales son importantes y cada equipo tiene una historia diferente.
Pero una experiencia personal no sustituye la ley. Cuando hablamos de derechos protegidos por leyes federales, no podemos basarnos solamente en “lo que me pasó a mí”, “lo que yo hago” o “lo que yo he visto”. Tenemos que basarnos en lo que establece la ley.

Nuestra página ha respondido en múltiples ocasiones con información investigada y verificada. Antes de corregir un tema legal, hacemos nuestra parte: buscamos información, revisamos fuentes y nos aseguramos de que lo que compartimos sea correcto.

También quiero aclarar una situación que se mencionó públicamente de este individuo que dijo que no se habían leído comentarios completos antes de responder. Eso no fue correcto. Los comentarios fueron revisados en el momento por los administradores y después fueron editados donde se añadió información adicional después de las respuestas. Facebook mantiene historial de cambios, por lo que no estamos hablando desde una suposición.
El problema de editar información después de una respuesta y luego presentar la situación como si esa información siempre hubiese estado allí crea una percepción incorrecta de la conversación.

Y aquí llegamos al punto más importante: la ley.
En Estados Unidos y Puerto Rico existen leyes federales que protegen a las personas con discapacidades y sus perros de servicio. Estas leyes no existen para perjudicar a nadie; existen porque durante años las personas con discapacidades han tenido que luchar por acceso, igualdad y respeto.
La ADA establece claramente qué es un perro de servicio, qué responsabilidades tiene un manejador y qué puede hacer un establecimiento cuando un animal no cumple con los requisitos establecidos.
El problema no es que no existan leyes.
El problema muchas veces es que las personas no quieren seguir las leyes como están establecidas.

En vez de aprenderlas y aplicarlas correctamente, algunas personas intentan crear sus propias reglas, sus propios requisitos o sus propias interpretaciones. Y eso es precisamente lo que termina causando más problemas para la comunidad. Porque cuando una persona legítima con un perro de servicio entra a un lugar y ese lugar ha sido mal informado, quién termina pagando las consecuencias?

La persona con discapacidad.

Cuando un negocio cree que puede exigir documentos que la ley no requiere, quién enfrenta esa barrera?

La persona con discapacidad.

Cuando la sociedad empieza a pensar que todos los perros de servicio son falsos porque algunas personas no siguen las reglas, quién pierde?

Las personas que realmente dependen de ellos.

También quiero hablar del fraude, porque sí existe. Existen personas que falsifican información. Existen personas que compran certificaciones o registros por internet pensando que eso les da derechos legales. Existen personas que presentan animales como perros de servicio sin cumplir con los requisitos.
Pero la solución nunca será ignorar la ley o crear barreras adicionales para los equipos legítimos.

La solución es educación, responsabilidad, y hacer cumplir las leyes que ya existen.

Y algo que nunca podemos olvidar:
Un perro de servicio sigue siendo un perro.
Un perro de servicio puede descansar, jugar, disfrutar y tener una vida fuera del trabajo. Un buen perro de servicio no deja de ser un animal por tener una función importante. El bienestar físico y emocional del animal también importa.
Ser un buen manejador no es solamente tener un perro que trabaja. También es conocer las responsabilidades legales, entender los derechos propios y respetar los derechos de los demás.

En nuestro equipo hay personas con muchos años de experiencia hasta más de 25 años, profesionales, manejadores y personas que conocen estos temas desde diferentes áreas. Pero nadie está por encima de la ley.
Ni los años de experiencia, ni una opinión personal, ni una experiencia individual reemplazan lo que establece la ley.

Quiero dejar algo muy claro.
Este individuo dice que la ley federal ADA “no sirve” o que las leyes federales “no funcionan”.
Las leyes federales sí funcionan cuando se conocen y se cumplen, esta es la ley en la cual ha protegido a MILES de perros de servicio, igual que sus manejadores durante los años.
El problema no siempre es la ley. El problema es que muchas personas deciden ignorarla, interpretarla a su conveniencia o simplemente hacer lo que les resulta más fácil, aunque vaya en contra de lo que establece la ley.

No podemos culpar a la ADA porque una persona decida comprar una certificación falsa por internet. No podemos culpar a la ADA porque un negocio exija documentos que la ley no permite exigir. No podemos culpar a la ADA porque alguien presente un perro sin el entrenamiento adecuado como si fuera un perro de servicio. Eso no es un problema de la ley. Es un problema de personas que deciden NO cumplirla.
Y las consecuencias las pagamos todos.

Un ejemplo reciente es lo que está ocurriendo con los animales de apoyo emocional (ESA). Durante años hubo personas que abusaron del sistema, compraron cartas o “certificaciones” por internet sin una necesidad legítima o utilizaron la figura del ESA para evitar reglas de vivienda. Quiénes terminarán viéndose más afectados por esos abusos?

Las personas que realmente tienen una discapacidad y dependen de un animal de apoyo emocional como parte de su tratamiento.
Lo mismo va a ocurrir con los perros de servicio si se sigue así.

Cada persona que falsifica un perro de servicio, compra documentos sin valor legal o decide ignorar la ley le hace más difícil el camino a quienes sí cumplen con todos los requisitos.
Cada negocio que recibe información incorrecta termina desconfiando del próximo equipo legítimo que entre por su puerta. Cada vez que alguien decide hacer las cosas “a su manera” en lugar de seguir la ley, contribuye a crear más barreras para una comunidad que ya enfrenta suficientes obstáculos todos los días.

Por eso insistimos tanto en la educación. Porque defender la ley no significa que la ley sea perfecta. Significa reconocer que los derechos que hoy tenemos existen gracias a décadas de lucha de personas con discapacidades.
Si queremos cambios, existen procesos para solicitar enmiendas y mejorar las leyes. Pero mientras esas leyes estén vigentes, nuestra responsabilidad como manejadores, entrenadores, profesionales y comunidad es conocerlas, respetarlas y educar correctamente sobre ellas, no sustituirlas por opiniones personales o prácticas que la ley no reconoce.

Este tema es serio, Es serio para mí porque vivo esta realidad, es serio para los equipos que dependen de sus perros de servicio, es serio para todas las personas con discapacidades que necesitan que sus derechos sean respetados.

Por eso Perros de Servicio Puerto Rico continuará educando, corrigiendo información incorrecta y defendiendo una comunidad que merece respeto.

— Paola F.

💭 Pregunta para la comunidad…Con los cambios recientes anunciados por HUD sobre los animales de apoyo emocional (ESA), q...
07/07/2026

💭 Pregunta para la comunidad…

Con los cambios recientes anunciados por HUD sobre los animales de apoyo emocional (ESA), queremos conocer sus opiniones.

Durante años vimos un aumento en páginas vendiendo “certificaciones”, “registros” y cartas por internet prometiendo convertir cualquier mascota en un ESA o perro de servicio. Muchas de esas páginas nunca tuvieron reconocimiento legal.

Mientras tanto, miles de personas con discapacidades han utilizado perros de servicio y animales de apoyo emocional de manera legítima para poder vivir con mayor independencia.

Creen que el mal uso del sistema y la desinformación han influido en los cambios que estamos viendo hoy?

Los invitamos a compartir su opinión con respeto. Recordemos que detrás de este tema hay personas con discapacidades, familias, propietarios de vivienda y también animales cuyo bienestar depende de que la información correcta llegue a más personas.

🚨La Guía de HUD de 2026 Cambia Drásticamente las Acomodaciones para Animales de Apoyo Emocional en Viviendas🚨El 22 de ma...
07/07/2026

🚨La Guía de HUD de 2026 Cambia Drásticamente las Acomodaciones para Animales de Apoyo Emocional en Viviendas
🚨

El 22 de mayo de 2026, la Oficina de Vivienda Justa e Igualdad de Oportunidades (FHEO) del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de Estados Unidos (HUD) retiró permanentemente su guía establecida sobre animales de apoyo emocional. En su lugar, la agencia anunció un nuevo estándar de cumplimiento que alinea nuevamente la interpretación federal de vivienda con la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA).

Para arrendadores, administradores de propiedades, universidades y residentes, este representa un cambio significativo. Este cambio reduce la diferencia que había existido durante más de una década entre las reglas de vivienda y las reglas aplicadas en otros sectores.

Bajo la ADA, un animal de servicio es un perro (o un caballo miniatura bajo ciertas circunstancias) entrenado individualmente para realizar tareas para una persona con una discapacidad.

Estas tareas deben estar directamente relacionadas con la discapacidad de la persona, como:

• Guiar a una persona ciega.
• Alertar a una persona sorda.
• Alertar a cambios sanguíneos.
• Asistir durante una convulsión.
• Ayudar a una persona con PTSD mediante una acción específica entrenada.

Es importante entender que la simple presencia del perro brindando comodidad o apoyo emocional no lo convierte en un animal de servicio. El perro debe estar entrenado para realizar una acción específica cuando sea necesario.

Los animales de apoyo emocional (ESA), por otro lado, brindan comodidad, compañía o bienestar emocional, pero no están entrenados para realizar una tarea específica relacionada con una discapacidad.

Como establecen las regulaciones de la ADA: el apoyo emocional, bienestar, comodidad o compañía por sí solos no constituyen “trabajo” o “tareas”.

Un ESA puede ser cualquier especie animal y no requiere entrenamiento de tareas.

———————————————————

La diferencia práctica es la siguiente:

Si un perro está entrenado para detectar un ataque de ansiedad próximo y responder con una acción específica para ayudar a la persona, ese perro puede considerarse un animal de servicio.

Si el perro simplemente brinda comodidad por estar presente, sería un ESA y no estaría protegido bajo la ADA como animal de servicio.

Los animales de servicio tienen acceso a lugares públicos como restaurantes, tiendas, hospitales, escuelas y hoteles, incluso donde existen políticas de “no mascotas”, sin que se les pueda exigir documentación.

Los ESA no tienen esas mismas protecciones de acceso público.

——————————————————-

La diferencia entre las reglas de vivienda y otros sectores se vio más claramente en la industria aérea. Anteriormente, la Ley de Acceso de Transportistas Aéreos (Air Carrier Access Act) permitía que los animales de apoyo emocional (ESA) viajaran en los vuelos. Sin embargo, en enero de 2021, el Departamento de Transporte de Estados Unidos modificó sus reglas para limitar el acceso de animales dentro de la cabina a perros de servicio entrenados, eliminando por completo las acomodaciones para ESA en los vuelos luego de años de lo que algunas personas señalaron como un uso indebido generalizado del sistema, las aerolíneas pudieron comenzar a tratar a los ESA como mascotas comunes.

La vivienda tomó un camino muy diferente.
La Ley de Vivienda Justa (Fair Housing Act o FHA) requiere que los arrendadores realicen “acomodaciones razonables” para que las personas con discapacidades tengan la misma oportunidad de usar y disfrutar de una vivienda.

Mediante guías emitidas en 2008, 2013 y finalmente la notificación de FHEO de enero de 2020, HUD amplió su interpretación mucho más allá de la ADA.

La agencia estableció que los animales de apoyo emocional (ESA) no entrenados “no eran mascotas”, prohibió que se cobraran tarifas relacionadas con mascotas por estos animales y consideró que negar una solicitud o incluso hacer preguntas adicionales podía convertirse en una posible violación de vivienda justa.

Aunque estas guías fueron presentadas como recomendaciones y mejores prácticas no obligatorias, muchas personas y proveedores de vivienda las interpretaron como reglas absolutas. Esto provocó una gran diferencia entre los estándares de vivienda y los requisitos establecidos bajo la ADA.

Durante este periodo también surgió una industria completa en internet de “certificaciones” y registros de animales de apoyo emocional (lo cual son estafas y no tienen protección legales). Para el 2026, más del 20% de los casos manejados por FHEO estaban relacionados con ESA no entrenados.

——————————————————

El 22 de mayo de 2026, el Secretario Auxiliar de HUD, Craig W. Trainor, retiró permanentemente la notificación de FHEO de 2020 y adoptó un enfoque de cumplimiento completamente nuevo.

Este cambio se basó principalmente en dos factores: Primero, una orden ejecutiva emitida en febrero de 2025 instruyó a las agencias federales a dar menos prioridad a acciones de cumplimiento basadas en regulaciones que no estén fundamentadas en la mejor interpretación del texto legal.

Segundo, un tribunal federal en el caso Henderson v. Five Properties LLC, No. 24-750 (E.D. La. 16 de julio de 2025) determinó que la guía anterior de HUD no era convincente.

El nuevo estándar es más directo:
FHEO ahora utilizará el requisito de entrenamiento de la ADA para evaluar las quejas relacionadas con acomodaciones razonables de animales bajo la Ley de Vivienda Justa (FHA).

En la práctica, FHEO considerará que existe una posible causa de violación por falta de acomodación únicamente cuando el animal haya sido entrenado individualmente para realizar trabajos o tareas directamente relacionadas con la discapacidad de la persona que presenta la queja.

Las solicitudes relacionadas con animales de asistencia entrenados tendrán una presunción de ser razonables. Las solicitudes relacionadas con animales de apoyo emocional (ESA) que no tienen entrenamiento de tareas específicas ya no tendrán esa misma presunción automática.

Además, FHEO ya no espera que los proveedores de vivienda otorguen automáticamente las mismas acomodaciones destinadas a animales entrenados a animales de apoyo emocional no entrenados.

A diferencia de la ADA, que limita los animales de servicio a perros (y caballos miniatura bajo ciertas circunstancias), la nueva guía de HUD permite considerar otras especies de animales, siempre y cuando el animal esté entrenado para realizar una tarea relacionada con una discapacidad.

El requisito principal ahora es el entrenamiento y la función del animal, no simplemente el apoyo emocional que brinda mediante su presencia.
El memorando también indica que todos los casos abiertos relacionados con ESA serán reevaluados individualmente utilizando este nuevo estándar.

En términos prácticos, cómo podría cambiar el panorama legal para residentes y personas que solicitan acomodaciones de vivienda?

———————————————————

Qué significa esto en la práctica? Ejemplos:

(El arrendador de un apartamento)

Antes de la guía de 2026, consideremos un arrendador que tenía un edificio con una política de “no se permiten mascotas” y una tarifa estándar no reembolsable de $500 para los residentes que tenían mascotas autorizadas.

Bajo la guía de 2020, si un residente presentaba una carta de un profesional de salud indicando que necesitaba su perro no entrenado como animal de apoyo emocional, se esperaba que el arrendador eliminara tanto la restricción de “no mascotas” como la tarifa relacionada con el animal. Los proveedores de vivienda no podían cobrar depósitos, tarifas o cargos adicionales por un animal de asistencia.Negar la solicitud o incluso realizar preguntas adicionales podía resultar en una posible queja ante FHEO.

Bajo el nuevo estándar, ese mismo arrendador puede considerar que una solicitud para un ESA no entrenado no tiene la misma presunción automática de ser razonable y podría aplicar sus reglas regulares de mascotas, dependiendo de la evaluación del caso y las leyes aplicables.

———————————————————-

(La Asociación de Propietarios (HOA))

De manera similar, bajo la guía anterior, una Asociación de Propietarios (HOA) que tenía restricciones de peso para perros podía estar obligada a eliminar ese límite para acomodar un animal de apoyo emocional.

Ahora, si el perro de un residente que pesa 80 libras no está entrenado para realizar una tarea específica relacionada con una discapacidad, FHEO ya no espera que la HOA elimine automáticamente sus restricciones de raza o tamaño.La HOA puede continuar aplicando sus reglas, aunque todavía debe evaluar cada solicitud individualmente y tomar en consideración cualquier ley estatal o local que pueda ofrecer protecciones adicionales.

——————————————————

Puntos importantes y próximos pasos:

A pesar de este cambio significativo, el memorando de HUD tiene varias limitaciones importantes que se deben tener en cuenta.
Primero, se mantienen los derechos de acción privada. Las personas que consideren que sus derechos fueron violados todavía pueden presentar demandas civiles en tribunales estatales o federales dentro del periodo establecido por la ley.

Esto significa que, aunque FHEO no busque aplicar medidas de cumplimiento en ciertos casos relacionados con ESA no entrenados, una persona todavía puede presentar una reclamación bajo la Ley de Vivienda Justa (FHA) mediante otros procesos legales.

Segundo, las leyes estatales y locales no fueron afectadas por este cambio. Muchas jurisdicciones tienen sus propias leyes de vivienda justa que pueden ofrecer protecciones más amplias para animales de apoyo emocional que el nuevo estándar federal de HUD.

Tercero, HUD indicó que realizará un proceso formal de creación de nuevas reglas mediante notificación y comentarios públicos para intentar armonizar sus regulaciones con la ADA.
La agencia reconoce que sus reglas relacionadas con acomodaciones para animales no han sido actualizadas de manera formal durante aproximadamente 35 años. Este futuro proceso permitirá que residentes, proveedores de vivienda, organizaciones y otros sectores puedan aportar comentarios y participar en la creación del marco regulatorio permanente.

Finalmente, los proveedores de vivienda deben documentar cuidadosamente las decisiones relacionadas con solicitudes de acomodación y considerar orientación legal cuando sea necesario, ya que los tribunales continuarán evaluando los casos bajo la Ley de Vivienda Justa según las circunstancias específicas de cada situación, independientemente de la postura de cumplimiento actual de HUD.

U.S. DEPARTMENT OF HOUSING AND URBAN DEVELOPMENT:

https://dredf.org/wp-content/uploads/2026/05/ESA-Enforcement-Memorandum-w-Appendix-05.22.2026-SIGNED-Incomplete-Access-Pass.pdf
https://blogs.duanemorris.com/animallawdevelopments/2026/06/12/the-end-of-an-era-huds-2026-guidance-upends-emotional-support-animal-accommodations-in-housing/

01/07/2026

🇻🇪❤️🐶nuestro héroe de cuatro patas, Tsunami, termina sus labores. 🐾 Después de ayudar a rescatar a cientos de personas, su cuerpo nos pide una merecida pausa. El cansancio se refleja en sus ojitos, pero su corazón sigue siendo el más grande de todos. Ahora le toca a él recibir los cuidados y el amor que tanto merece. ¡Gracias por darlo todo por nosotros, Tsunami! 🇻🇪❤️🐶

Dirección

1000 Mall Of San Juan Boulevard
San Juan
00924

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Perros De Servicio Puerto Rico publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Escuela/facultad

Enviar un mensaje a Perros De Servicio Puerto Rico:

Atajos

Compartir