15/06/2026
👧🏼👶🏼🧒🏻👱🏽♀️LA INFANCIA NO ES INFERIOR: RAZÓN POR LA QUE DEBE ABANDONARSE EL TÉRMINO “MENORES”. 🦉RECONOCER SU NOMBRE ES RECONOCER SUS DERECHOS📚
🏛️El Noveno Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Penal del Primer Circuito del Poder Judicial de la Federación, a través de una jurisprudencia, estableció que el término “menores” debe abandonarse para referirse a niñas, niños y adolescentes, ya que no es una expresión neutral y puede resultar incompatible con sus derechos fundamentales.
🔎 ¿Por qué es importante este cambio?
La palabra “menor” implica una relación de comparación y subordinación frente a alguien “mayor”, lo que puede reforzar una visión en la que las niñas, niños y adolescentes son vistos como personas con menos autonomía o en una posición de inferioridad.
🌀Por ello, los tribunales señalaron que es más adecuado nombrarlos como niñas, niños y adolescentes, reconociéndolos como personas con identidad propia y como auténticos titulares de derechos.
⚖️ ¿Qué protege esta jurisprudencia?
✅ El principio del interés superior de la niñez.
✅ El derecho a la igualdad y no discriminación.
✅ El reconocimiento de su dignidad humana.
✅ Una visión de la infancia y adolescencia basada en derechos, no en subordinación.
📚 Más que una cuestión de palabras
🏛️El Tribunal destacó que el lenguaje utilizado por jueces, autoridades y operadores jurídicos tiene un impacto real en la forma en que la sociedad percibe a las personas. Por ello, nombrar correctamente a niñas, niños y adolescentes contribuye a construir una cultura de respeto, inclusión y reconocimiento de sus derechos.
💡 En pocas palabras: llamarles “niñas, niños y adolescentes” no es una simple corrección de lenguaje; es reconocer que son personas con dignidad, autonomía progresiva y derechos propios que deben ser respetados y protegidos por toda la sociedad.
Aquí te dejo el enlace de la jurisprudencia relativa al tema, para que la visualices por completo:
🔗🔗🔗 https://sjf2.scjn.gob.mx/listado-resultado-tesis/2026465
Este cambio de lenguaje representa un avance hacia una justicia más humana, incluyente y acorde con los principios de igualdad, no discriminación e interés superior de la niñez. Porque respetar sus derechos comienza, también, por la forma en que les nombramos. ⚖️👧👦📚
📰Cabe señalar que el 4 de diciembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la 📕Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, esta ley obligó a todas las instituciones mexicanas a cambiar el nombre de “menores” por el uso correcto de "niñas, niños y adolescentes" ya que esta ley los reconoce como sujetos plenos de derecho propio y no solo objetos de protección.
🌀Desde entonces, todas las instituciones, registro civil, escuelas, centro de menores tuvieron que actualizar sus formatos y leyes locales, ya que el término “menores” no diferenciaba entre un bebé y un joven de 16 años, esta nueva ley respeta cada etapa de desarrollo de cada grupo.
🏛️Concatenada la jurisprudencia 📜con la 📕Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, prácticamente se refiere a lo mismo, que a una niña, niño o adolescente se le reconozca su dignidad, autonomía progresiva y derechos propios, es decir, que ya no se les considera únicamente como personas bajo la protección y decisión absoluta de los adultos, sino como titulares de derechos humanos, con capacidad para participar y ser escuchados conforme a su edad y grado de madurez.
🎯Algunos ejemplos de cómo una niña, niño o adolescente puede participar y ser escuchado conforme a su edad y grado de madurez son:
🔹 En asuntos familiares: Cuando existe una controversia sobre guarda y custodia, régimen de convivencias o cambio de residencia, su opinión debe ser escuchada y valorada de acuerdo con su edad y capacidad de comprensión.
🔹 En el ámbito escolar: Pueden expresar su opinión sobre situaciones que afecten su bienestar, como casos de acoso escolar, medidas disciplinarias o decisiones relacionadas con su proceso educativo.
🔹 En temas de salud: Conforme aumenta su madurez, deben recibir información adecuada sobre su estado de salud y participar en las decisiones relacionadas con tratamientos o procedimientos médicos que les afecten.
🔹 En procedimientos judiciales o administrativos: Cuando una decisión pueda impactar directamente sus derechos o su vida cotidiana, tienen derecho a ser escuchados por las autoridades de manera adecuada a su edad.
🔹 En actividades culturales, deportivas y recreativas: Pueden manifestar sus intereses, gustos y preferencias respecto de las actividades en las que desean participar.
🔹 En decisiones sobre su proyecto de vida: Los adolescentes pueden expresar sus aspiraciones académicas, profesionales, deportivas o artísticas, y estas opiniones deben ser tomadas en consideración por quienes ejercen la patria potestad o tutela.
Lo importante es entender que escucharlos no significa que decidirán por sí mismos, sino que su opinión debe ser tomada en cuenta con seriedad y tener una influencia acorde con su nivel de madurez, procurando siempre su interés superior. ⚖️👧🧒👦📜
✨✨✨Reflexión✨✨✨
Reconocer la dignidad, autonomía progresiva y derechos propios de niñas, niños y adolescentes implica entender que son personas con voz, intereses y derechos que merecen protección, pero también participación, de acuerdo con su desarrollo y madurez, siempre privilegiando su interés superior. 🌟📜⚖️
Aquí les dejo la liga de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para que puedan entender cómo esta ley desde diciembre de 2014 marcó un cambio muy importante en la forma de entender la infancia y la adolescencia en México:
https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGDNNA.pdf
Nancy Sotomayor ✍🏼