24/08/2026
⚖️ SCJN: TRES CRITERIOS RELEVANTES SOBRE EXTORSIÓN, COMPROBANTES FISCALES Y JUICIO DE AMPARO
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió este 20 de agosto de 2026 tres asuntos que vale la pena conocer por sus implicaciones en materia penal, fiscal y de amparo. 📚⚖️
🔴 1. EXTORSIÓN: LOS CONGRESOS LOCALES NO PUEDEN VOLVER A LEGISLAR LO QUE CORRESPONDE AL CONGRESO DE LA UNIÓN
La Corte invalidó diversas disposiciones de las legislaciones de Tabasco y Baja California Sur en materia de extorsión.
¿La razón? A partir de la reforma constitucional de 2025 y de la expedición de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, corresponde al Congreso de la Unión establecer los tipos penales y sanciones, así como definir la distribución de competencias.
⚠️ Hay un aspecto particularmente importante: un Congreso local no recupera competencia simplemente porque reproduzca en una ley estatal lo que ya establece una ley general o nacional.
La SCJN reiteró además que el procedimiento penal se encuentra sujeto a una legislación nacional única. Por ello, las legislaturas estatales no pueden crear, modificar, restringir, suprimir ni reproducir las reglas establecidas en la Ley General o en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Esto no significa que los estados queden fuera del combate a la extorsión: conservan atribuciones para investigar, perseguir, procesar y sancionar conforme al régimen nacional, además de organizar y armonizar sus instituciones.
📌 Acciones de Inconstitucionalidad 44/2026, 36/2026 y su acumulada 37/2026.
🧾 2. COMPROBANTES FISCALES: NO PROCEDE LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL PARA CONTINUAR EMITIÉNDOLOS DURANTE DETERMINADA VERIFICACIÓN
La Corte estableció, con carácter de jurisprudencia, que no procede conceder la suspensión provisional contra la orden de interrupción de la emisión de comprobantes fiscales durante el procedimiento de verificación previsto en el Código Fiscal de la Federación, en el supuesto analizado.
¿Por qué?
Porque permitir que continúe su emisión, ante una presunción objetiva sobre su falsedad, podría facilitar la continuación de conductas ilícitas y paralizar facultades esenciales de fiscalización.
⚖️ Aquí aparece una de las ponderaciones más importantes en materia de suspensión:
apariencia del buen derecho vs. interés social y orden público.
En este caso, la Corte determinó que debe prevalecer la protección del sistema tributario y el combate a prácticas fraudulentas y evasión fiscal.
📌 Contradicción de Criterios 55/2026.
🏛️ 3. UNA DEPENDENCIA PÚBLICA TAMBIÉN PUEDE TENER LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER AMPARO
La SCJN determinó que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana puede promover amparo directo, en representación de la Federación, cuando el acto reclamado pueda afectar el patrimonio federal, conforme al artículo 7 de la Ley de Amparo.
El caso surgió de una investigación por presuntas contrataciones irregulares realizadas con recursos públicos federales. Se había dictado una no vinculación a proceso por prescripción, posteriormente confirmada en apelación.
La cuestión jurídica era especialmente interesante:
👉 ¿Puede una dependencia federal acudir al amparo frente a esa determinación?
La Corte respondió que sí puede existir legitimación cuando está comprometido el patrimonio federal que la dependencia administra en representación de la Federación.
Por ello, devolvió el asunto al Tribunal Colegiado para que, reconocida la legitimación de la SSPC, resuelva el fondo conforme a sus atribuciones.
📌 Amparo Directo en Revisión 7912/2023.
⚖️ Tres resoluciones diferentes, pero con un punto común: delimitar con precisión quién puede legislar, cuándo debe prevalecer el interés social frente a una medida cautelar y quién está legitimado para acudir al juicio de amparo.
La certeza jurídica también se construye definiendo claramente los límites de las competencias y de las instituciones.
📚 Fuente oficial: Comunicado de Prensa 119/2026, Suprema Corte de Justicia de la Nación, 20 de agosto de 2026. La propia SCJN advierte que el comunicado tiene fines de divulgación y que las sentencias constituyen la versión oficial.
"Consultar Comunicado 119/2026 de la SCJN" (https://reference-url-citation.invalid/4)