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Diariolaley La búsqueda de soluciones innovadoras a los problemas reales de los profesionales ha sido una constante en LA LEY.

Toda la actualidad del mundo del Derecho, con el comentario y la opinión de los mejores especialistas, para que no solo tengas la información, sino también el análisis de la misma. LA LEY es la compañía española referente en innovación en el mercado de soluciones tecnológicas, de conocimiento y de formación especializada para los profesionales del ámbito jurídico, concursal, recursos humanos, fiscal, de la administración pública, empresa y educación. Desde nuestro hub localizado en España, todos nuestros productos se desarrollan por un equipo multidisciplinar de tecnólogos y juristas en colaboración directa con nuestros clientes, para hacer más ágil y eficiente su trabajo diario. Titular de la publicación especializada más duradera de España (El Consultor de los Ayuntamientos, fundada en 1870) y primera en editar un diario jurídico (Diario LA LEY, fundado en 1981), en producir bases de datos en soporte digital (laleydigital), o en aplicar herramientas de inteligencia artificial a sus desarrollos (como Jurimetría), la compañía cuenta con una red de más de cinco mil expertos que colaboran en la producción de sus soluciones especializadas de información, formación y software. Con un equipo de más de 150 tecnólogos y de más de 200 juristas, somos la compañía de legal tech y de información jurídica más importante del mercado español. Nuestra plataforma editorial e infraestructura tecnológica local responden a las necesidades específicas del cliente español, y se materializa en los contenidos más rigurosos y actualizados y las herramientas más innovadoras de automatización documental (ContractBox), cumplimiento (ComplyLaw), analítica predictiva (Jurimetría), bibliotecas digitales (Smarteca), workflows dirigidos al asesor (CISSonline), gestión concursal (Gioconda) y soluciones a medida para grandes clientes e instituciones.

📌 La venta de la vivienda para adquirir una vivienda colaborativa o cohousing también goza de la exención del art. 33.4 ...
27/09/2026

📌 La venta de la vivienda para adquirir una vivienda colaborativa o cohousing también goza de la exención del art. 33.4 b) LIRPF.

La DGT no introduce ningún tipo de restricción específica respecto al régimen del cohousing, por lo que si la vivienda que transmite es habitual y el transmitente es mayor de 65 años o se encuentra en situación de dependencia severa o de gran dependencia, podrá beneficiarse de la exención en la ganancia patrimonial obtenida.

👇 Consulta DGT y comentario en

Diario LA LEY, N.º 11012, 23 de Septiembre de 2026

📌 “𝐋𝐚𝐬 𝐚𝐝𝐦𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐩𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚𝐬 𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐚 𝐫𝐞𝐞𝐬𝐭𝐫𝐮𝐜𝐭𝐮𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐫𝐞𝐜𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥 𝐲 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐬 𝐞𝐧 𝐜𝐫𝐢𝐬𝐢𝐬”, de Cayetana...
27/09/2026

📌 “𝐋𝐚𝐬 𝐚𝐝𝐦𝐢𝐧𝐢𝐬𝐭𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐩𝐮́𝐛𝐥𝐢𝐜𝐚𝐬 𝐚𝐧𝐭𝐞 𝐥𝐚 𝐫𝐞𝐞𝐬𝐭𝐫𝐮𝐜𝐭𝐮𝐫𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐩𝐫𝐞𝐜𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥 𝐲 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐬 𝐞𝐧 𝐜𝐫𝐢𝐬𝐢𝐬”, de Cayetana Lado Castro-Rial, socia del área de Regulatorio Financiero de Ramón y Cajal Abogados, ex-directora de las asesorías jurídicas del FROB y la Secretaría del Consejo General del ICO - Instituto de Crédito Oficial.

Esta obra analiza la profunda transformación del derecho de la insolvencia hacia un modelo esencialmente reestructurador, en el que la satisfacción de los acreedores debe armonizarse con la continuidad de la empresa y la preservación de su valor.

La monografía profundiza en la Directiva (UE) 2019/1023 y en su transposición al ordenamiento español mediante la Ley 16/2022, de reforma de la Ley Concursal, deteniéndose en el concepto y régimen del crédito de derecho público y en la singular posición de los acreedores públicos en los planes de reestructuración, el convenio concursal y el nuevo procedimiento especial de microempresas. Se abordan cuestiones clave como la formación de clases, el principio de paridad de trato, el test del mejor interés de los acreedores, la prioridad absoluta y los efectos prácticos del trato privilegiado al crédito público.

Se presta especial atención al acreedor público, a las conexiones entre derecho de la insolvencia y derecho de la competencia, así como el marco europeo de ayudas de Estado y su impacto en las decisiones de las autoridades a la hora de apoyar o no la reestructuración de empresas en crisis. De igual modo, se examinan las medidas extraordinarias aprobadas a raíz de la pandemia de Covid 19 y de la guerra de Ucrania —avales ICO, fondos de recapitalización y demás instrumentos de apoyo a la solvencia— integradas en la denominada “paraconcursalidad normativa”.

Finalmente, se estudia la interacción entre el derecho de la reestructuración y el régimen de modificaciones estructurales de sociedades introducido por el Real Decreto ley 5/2023, destacando sus implicaciones para el sector público acreedor y ofreciendo una visión sistemática de las nuevas coordenadas del derecho preconcursal y concursal en España.

👇 Más información e índice completo
https://www.aranzadilaley.es/tienda/las-administraciones-publicas-acreedoras-en-la-reestructuracion-de-empresas-en-crisis?utm_source=diariolaley&utm_medium=display&utm_campaign=Recomendados

📌 El TSJA respalda que un colegio católico de Granada no imparta religión islámica a una alumna.La pretensión de los pad...
27/09/2026

📌 El TSJA respalda que un colegio católico de Granada no imparta religión islámica a una alumna.

La pretensión de los padres era que una de sus hijas recibiera esta asignatura en su actual centro, que es católico. Se apoyaban para ello en el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, que en su artículo 10 alude al derecho del alumnado musulmán a recibir enseñanza religiosa islámica en centros docentes públicos y privados concertados, siempre que, en cuanto a estos últimos, el ejercicio de tal derecho "no entre en contradicción con el carácter propio del centro".

Es este último matiz el que lleva al alto tribunal andaluz a rechazar sus pretensiones. Recalca la sentencia, fechada el pasado julio y contra la que cabe recurso, que el carácter propio del centro, de religión católica, conlleva que no cumpla esos requisitos a los que alude el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica.

A esta circunstancia se suma que la Delegación de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta en Granada ofreció tres centros próximos al que se encuentra matriculada la alumna para hacer posible que recibiera esta materia.

👇 Sentencia disponible en

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado que un colegio católico de Granada no está obligado a impartir religión islámica a una alumna que lo solicitó, al ser "contradictorio" con el carácter del propio centro y toda vez que la Junta ofreció a los padres tres opcion...

📌Dosier GRATUITO ARANZADI LA LEY: “𝐂𝐨́𝐦𝐨 𝐫𝐞𝐜𝐮𝐩𝐞𝐫𝐚𝐫 𝐭𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐞𝐧 𝐭𝐮 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐚𝐜𝐡𝐨: 𝐭𝐞𝐜𝐧𝐨𝐥𝐨𝐠𝐢́𝐚 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐞𝐫𝐫𝐚𝐫 𝐥...
27/09/2026

📌Dosier GRATUITO ARANZADI LA LEY: “𝐂𝐨́𝐦𝐨 𝐫𝐞𝐜𝐮𝐩𝐞𝐫𝐚𝐫 𝐭𝐢𝐞𝐦𝐩𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐞𝐧 𝐭𝐮 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐚𝐜𝐡𝐨: 𝐭𝐞𝐜𝐧𝐨𝐥𝐨𝐠𝐢́𝐚 𝐣𝐮𝐫𝐢́𝐝𝐢𝐜𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐞𝐫𝐫𝐚𝐫 𝐥𝐚 𝐛𝐫𝐞𝐜𝐡𝐚 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐞𝐭𝐢𝐭𝐢𝐯𝐚”.

Analiza cómo el abogado autónomo y el pequeño despacho pueden recuperar tiempo productivo mediante la tecnología jurídica, la y la gestión integrada.

Ofrece una visión práctica de las principales fugas de tiempo en la gestión diaria. Además, propone un modelo de productividad basado en la centralización, la automatización, el apoyo inteligente, el control y la medición.

La publicación explica cómo trabajar con expedientes, agenda, documentos y facturación en un entorno conectado, qué papel puede desempeñar la jurídica en la investigación y la redacción, y qué aspectos deben tenerse en cuenta para trabajar en la nube con seguridad y control. También incluye ejemplos de uso, criterios para elegir una solución de gestión y un plan de acción de 30 días para implantar mejoras de forma gradual.
Estas claves te ayudarán a organizar mejor tu despacho, reducir tareas mecánicas y dedicar más tiempo al análisis jurídico, la estrategia y la atención al cliente, sin perder el control ni el criterio profesional.

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📌 “𝐋𝐚 𝐢𝐧𝐝𝐮𝐬𝐭𝐫𝐢𝐚 𝐟𝐚𝐫𝐦𝐚𝐜𝐞́𝐮𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐲 𝐞𝐥 𝐮𝐬𝐨 𝐬𝐞𝐜𝐮𝐧𝐝𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐝𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐬𝐚𝐥𝐮𝐝. 𝐄𝐥 𝐄𝐬𝐩𝐚𝐜𝐢𝐨 𝐄𝐮𝐫𝐨𝐩𝐞𝐨 𝐝𝐞 𝐃𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐒𝐚𝐥𝐮𝐝”, por Susana N...
27/09/2026

📌 “𝐋𝐚 𝐢𝐧𝐝𝐮𝐬𝐭𝐫𝐢𝐚 𝐟𝐚𝐫𝐦𝐚𝐜𝐞́𝐮𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐲 𝐞𝐥 𝐮𝐬𝐨 𝐬𝐞𝐜𝐮𝐧𝐝𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐝𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐬𝐚𝐥𝐮𝐝. 𝐄𝐥 𝐄𝐬𝐩𝐚𝐜𝐢𝐨 𝐄𝐮𝐫𝐨𝐩𝐞𝐨 𝐝𝐞 𝐃𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐝𝐞 𝐒𝐚𝐥𝐮𝐝”, por Susana Navas Navarro, catedrática de Derecho Civil Universitat Autònoma de Barcelona.

La industria farmacéutica se enfrenta a dos normativas relevantes: por un lado, una modificación importante de lo que se denomina “Pharma Package” y, por otro, el Reglamento del espacio europeo de datos de salud que le obliga a poner a disposición los datos de los que sea tenedora, además, por supuesto, de beneficiarse de ellos como usuaria. Por eso, se ha tenido en cuenta los conjuntos de datos que se generan en el proceso de fabricación de un medicamento. En este trabajo se tratan esas dos posiciones en las que se puede encontrar un laboratorio farmacéutico a las que se ha añadido la figura del tenedor de datos fiable, la cual presenta algunas incógnitas en cuanto a su función en el procedimiento simplificado para la obtención de un permiso de datos. Asimismo, se alude, de una parte, a la base jurídica legitimadora del tratamiento de datos de salud personales que deben alegar tanto tenedores como usuarios más allá del consentimiento opt-out de la persona física concernida (arts. 6.1 y 9.2 RGPD) y, de otra, la importancia de los derechos de exclusiva de los que es titular el laboratorio farmacéutico incluyendo la exclusividad de datos establecida legalmente para este sector. Se concluye poniendo de relieve la minimización del consentimiento del sujeto de datos en relación con el tratamiento de sus datos para uso secundario en aras a flexibilizar el intercambio de datos y la innovación. Además, se presentan algunas reflexiones en relación con el tenedor fiable de datos.

👇 Léelo en

La industria farmacéutica se enfrenta a dos normativas relevantes: por un lado, una modificación importante de lo que se denomina «Pharma package» y, por otro, el Reglamento del espacio europeo de datos de salud que le obliga a poner a disposición los datos de los que sea tenedora, además, por...

📌 La revista 𝐀𝐧𝐮𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨 𝐂𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥, dirigida por dirigida por Ana Belén Campuzano Laguillo (catedrática de Derech...
26/09/2026

📌 La revista 𝐀𝐧𝐮𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐃𝐞𝐫𝐞𝐜𝐡𝐨 𝐂𝐨𝐧𝐜𝐮𝐫𝐬𝐚𝐥, dirigida por dirigida por Ana Belén Campuzano Laguillo (catedrática de Derecho Mercantil Universidad CEU San Pablo) e Ignacio Sancho (magistrado del Tribunal Supremo), te ofrece, en abierto, un artículo incluido en su último número publicado:

📜 “𝐄𝐥 𝐜𝐫𝐞́𝐝𝐢𝐭𝐨 𝐜𝐨𝐧 𝐠𝐚𝐫𝐚𝐧𝐭𝐢́𝐚 𝐫𝐞𝐚𝐥 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐦𝐞𝐜𝐚𝐧𝐢𝐬𝐦𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐧𝐝𝐚 𝐨𝐩𝐨𝐫𝐭𝐮𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝: 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐢𝐥𝐞𝐠𝐢𝐨 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥, 𝐞𝐱𝐜𝐞𝐬𝐨 𝐞𝐱𝐨𝐧𝐞𝐫𝐚𝐛𝐥𝐞 𝐲 𝐫𝐞𝐜𝐚́𝐥𝐜𝐮𝐥𝐨 𝐝𝐞 𝐜𝐮𝐨𝐭𝐚𝐬”, firmado por Carmen de Vivero de Porras (profesora titular de Derecho Mercantil Universidad de Málaga).

El crédito con garantía real por su trascendencia práctica y cuantitativa constituye hoy uno de los principales límites a la exoneración del pasivo insatisfecho en el mecanismo de segunda oportunidad.

El artículo pretende avanzar en el alcance del artículo 489.1.8.º del Texto Refundido de la Ley Concursal, que excluye de la exoneración las deudas con garantía real dentro del límite del privilegio especial. Al mismo tiempo se propone examinar, a partir de las reglas de valoración (ex. arts. 272 a 275 TRLConc), la delimitación entre el tramo no exonerable y el exceso susceptible de exoneración, así como la problemática que todo ello suscita. Se aborda el mecanismo del recálculo de cuotas del artículo 492 bis del texto concursal y su problemático encaje en el concurso sin masa, la ejecución de la garantía y el tratamiento del remanente.

👇 Consulta aquí el artículo
https://acortar.link/6cCVec

✍️ Además, han participado en el nº 69, septiembre-diciembre 2026, los siguientes autores:

Miguel Martínez Muñoz (profesor de Derecho Mercantil Universidad Pontificia Comillas); Marta Flores Segura (profesora titular de Derecho Mercantil Universidad Autónoma de Madrid); Sabina Díaz Luengo (investigadora en formación, Programa en Derecho y Economía de Universidad CEU San Pablo, Escuela Internacional de Doctorado); Martín Recalde Carballido (investigador predoctoral FPI-Universidad Autónoma de Madrid); Francesco Grieco (profesor extraordinario de Derecho Mercantil Università LUM “G. Degennaro” de Bari, profesor de Derecho de las Crisis Empresariales Luiss Guido Carli University “G. Carli” de Roma); Ana Belén Campuzano Laguillo (catedrática de Derecho Mercantil Universidad San Pablo CEU); Moises Guillamon Ruiz (magistrado especialista en materia mercantil); Jose Maria Puelles Valencia (abogado); Ignacio Fernández Larrea (abogado, doctor en Derecho); y Álvaro Asencio Gallego (doctor en Derecho UA - Universidad de Alicante / Universitat d'Alacant).

👇 Consulta en el sumario los interesantes temas que han analizado
https://acortar.link/6cCVec

👇 Más información sobre esta publicación
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📌 El Ilustre Colegio Notarial de Madrid acoge la presentación de la segunda edición del “𝐓𝐫𝐚𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐂𝐚𝐩𝐢𝐭𝐚...
26/09/2026

📌 El Ilustre Colegio Notarial de Madrid acoge la presentación de la segunda edición del “𝐓𝐫𝐚𝐭𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐒𝐨𝐜𝐢𝐞𝐝𝐚𝐝𝐞𝐬 𝐝𝐞 𝐂𝐚𝐩𝐢𝐭𝐚𝐥” publicado por ARANZADI LA LEY.

El acto, que será presidido por el vicedecano Eduardo Hijas Cid, tendrá lugar el próximo lunes, 28 de septiembre, a las 20 horas en la Biblioteca del Colegio.

La obra, dirigida por Pedro Prendes, Alfonso Martínez-Echevarría y García de Dueñas y Ricardo Cabanas Trejo y coordinada por Leticia Ballester Azpitarte, cuenta con la participación de la presidenta del Consejo General del Notariado y decana del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, Concepción Pilar Barrio Del Olmo.

Se trata de un comentario sistemático, artículo por artículo, de los preceptos de la Ley de Sociedades de Capital en la que han participado magistrados, notarios, registradores, catedráticos, profesores y abogados, lo que asegura un tratamiento práctico y sólido.

👇 Más información e inscripciones
https://ow.ly/OMFj50ZRuJv

📌 El TS reconoce a las Denominaciones de Origen el derecho a reclamar indemnizaciones por el uso indebido de su nombre.E...
26/09/2026

📌 El TS reconoce a las Denominaciones de Origen el derecho a reclamar indemnizaciones por el uso indebido de su nombre.

Es posible ejercitar las acciones de resarcimiento de daños y perjuicios en defensa del derecho de exclusiva que confiere una DOP frente a un uso indebido de la misma, aunque estas acciones no estén expresamente previstas en la normativa reguladora de esta modalidad de propiedad industrial, y sin tener que acudir a la Ley de Competencia Desleal. Cabe recurrir a tal efecto a la acción general de protección en el ámbito de la responsabilidad civil extracontractual prevista en el art. 1902 CC.

👇 STS 1253/2026. La "Sentencia del día" en
https://ow.ly/e3xh50ZQqEj

📌 La revista   te ofrece, en abierto, este artículo incluido en su último número publicado (nº 29, julio-septiembre 2026...
26/09/2026

📌 La revista te ofrece, en abierto, este artículo incluido en su último número publicado (nº 29, julio-septiembre 2026):

📜 “𝐌𝐚́𝐬 𝐚𝐥𝐥𝐚́ 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐦𝐚𝐧𝐨 𝐢𝐧𝐯𝐢𝐬𝐢𝐛𝐥𝐞: 𝐥𝐚 𝐝𝐢𝐠𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐥 𝐬𝐞𝐫 𝐡𝐮𝐦𝐚𝐧𝐨 𝐞𝐧𝐭𝐫𝐞 𝐞𝐥 𝐦𝐚𝐠𝐢𝐬𝐭𝐞𝐫𝐢𝐨 𝐩𝐨𝐧𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐲 𝐞𝐥 𝐑𝐞𝐠𝐥𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐨 𝐄𝐮𝐫𝐨𝐩𝐞𝐨 𝐝𝐞 𝐈𝐧𝐭𝐞𝐥𝐢𝐠𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐀𝐫𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥. 𝐀 𝐩𝐫𝐨𝐩𝐨́𝐬𝐢𝐭𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐞𝐧𝐜𝐢́𝐜𝐥𝐢𝐜𝐚 𝐌𝐚𝐠𝐧𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚 𝐇𝐮𝐦𝐚𝐧𝐢𝐭𝐚𝐬 𝐲 𝐝𝐞𝐥 𝐎́𝐦𝐧𝐢𝐛𝐮𝐬 𝐃𝐢𝐠𝐢𝐭𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐔𝐧𝐢𝐨́𝐧 𝐄𝐮𝐫𝐨𝐩𝐞𝐚”, por Antonio Serrano Acitores (investigador visitante de la Escuela de Doctorado J. H. Newman de la Universidad Europea de Andorra, profesor titular de Derecho Mercantil Universidad Rey Juan Carlos, abogado).

En mayo de 2026 confluyeron dos acontecimientos de hondo calado para la gobernanza de la inteligencia artificial: la publicación de la encíclica Magnifica Humanitas del papa León XIV, primer gran documento magisterial dedicado por entero a la custodia de la persona humana en la era de la inteligencia artificial, y el acuerdo político sobre el denominado Ómnibus Digital sobre IA —hoy Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026—, que reforma el Reglamento de Inteligencia Artificial antes incluso de su plena aplicación.

El presente trabajo examina ambos textos desde una perspectiva a un tiempo humanista y liberal, y sostiene una tesis deliberadamente matizada: el antropocentrismo que comparten —la dignidad de la persona como fundamento y como límite de la técnica— constituye su mayor acierto y merece ser celebrado sin reservas; pero la deriva intervencionista que también comparten —la desconfianza hacia el mercado en la encíclica, la arquitectura horizontal basada en el riesgo en el Reglamento— resulta criticable porque frena la innovación sin servir mejor a la dignidad que dice proteger. A partir del análisis jurídico del Reglamento y de su reforma, del diálogo crítico con la doctrina más reciente y del marco teórico del liberalismo clásico, se concluye que es posible y necesario un modelo regulatorio simultáneamente antropocéntrico y favorable a la innovación. La propia rectificación europea de 2026 confirma empíricamente esta tesis.

👇 Consulta el artículo
https://acortar.link/naT3GJ

📗 La revista está dirigida por José-Luis Piñar y Moisés Barrio Andrés, J.D., Ph.D.
Revista trimestral on line, dedicada al análisis, el estudio y la reflexión sobre los temas más actuales de la relación entre el Derecho y la tecnología, con un carácter transversal, global y especializado.

👇 Más información sobre esta publicación
https://www.aranzadilaley.es/tienda/derecho-digital-e-innovacion-digital-law-and-innovation-review?utm_source=diariolaley&utm_medium=display&utm_campaign=Recomendados

26/09/2026

📌 Cómo hablar con la IA sin dejar de pensar como un abogado.

ARANZADI LA LEY analiza las claves del “legal prompting” en un webinar sobre el uso eficaz y seguro de la generativa.

El encuentro reunió a expertas del sector jurídico para abordar cómo diseñar instrucciones eficaces para la y aplicar esta tecnología con rigor, seguridad y utilidad práctica.

Intervinieron:

◾ Cristina Retana (directora de Contenidos e Innovación de Aranzadi LA LEY): “El prompting legal no es una habilidad técnica, sino una competencia profesional que cobra cada vez más relevancia en el sector jurídico”.

◾ Sara Molina Perez-Tomé (socia del área de Legal Tech y Transformación Digital en Pérez-Llorca): “Dar más texto no equivale necesariamente a proporcionar un mejor contexto. El mejor prompt no es el más largo, sino aquel que escribes y tu compañero es capaz de entenderlo”.

◾ Elicia Rodríguez Puñal (abogada senior de Cuatrecasas especializada en Derecho Administrativo y Casación): “La calidad de la respuesta está determinada por la calidad de la pregunta. Elaborar buenas instrucciones requiere conocer la herramienta, sus posibilidades y también sus límites”.

◾ Alexandra Tobajas (asesora fiscal en Banco Santander): “Cuanto mejor definamos el perímetro del análisis, menos espacio le vamos a dar a la IA para que complete por su cuenta”.

La sesión culminó con una demostración de , la herramienta de inteligencia artificial de Aranzadi LA LEY, en la que Jaime Barbero Bajo, responsable de Propuesta de Valor, Producto y Soluciones de Mercado de la compañía, trasladó al terreno práctico algunas de las reflexiones elaboradas durante el encuentro.

👇 Todos los detalles de la jornada en

Dirección

Calle Collado Mediano Núm. 9
Las Rozas De Madrid
28231

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