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ESCUELAS JUDICIALES CIUDADANAS: Es un programa de la Fundación Sentir Verde que se encarga de educar a la ciudadanía en sus derechos fundamentales, en las leyes de la AGENDA 2030 y como el ciudadano puede defenderse.

 Aquí podrás encontrar fundamento jurídico para tu despido injusto o si tienes un contrato de prestación de servicios y ...
22/07/2026

Aquí podrás encontrar fundamento jurídico para tu despido injusto o si tienes un contrato de prestación de servicios y llevas años con el mismo contrato deben vincularte con un contrato laboral. Aquí la noticia.

Aquí te explicamos un contrato realidad que surge a partir de un contrato de prestación de servicios por más de 1 año...

Aunque en el papel figure un contrato de prestación de servicios, si en la práctica se cumplen los elementos de un contrato de trabajo, un juez laboral puede declarar que en realidad existió una relación laboral.

El artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo establece los tres elementos esenciales del contrato de trabajo:

La actividad personal del trabajador.

La continuada subordinación o dependencia del empleador (cumplir horario, recibir órdenes, estar sujeto a reglamentos, supervisión, etc.).

Un salario como retribución del servicio.

Si esos tres elementos existían durante más de tres años, es posible solicitar judicialmente que se declare la existencia de un contrato de trabajo.

Además, el artículo 24 del Código Sustantivo del Trabajo establece una presunción importante: toda relación personal de trabajo se presume regida por un contrato de trabajo, salvo que se demuestre lo contrario.

En ese escenario, si el juez declara que hubo un contrato de trabajo y el despido fue sin justa causa, el trabajador podría reclamar, entre otros:
El reconocimiento del contrato laboral (contrato realidad).

El pago de todas las prestaciones sociales (cesantías, intereses, primas y vacaciones).

Los aportes a seguridad social que correspondan.
La indemnización por despido sin justa causa, conforme al artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo.

La indemnización moratoria del artículo 65 del Código Sustantivo del Trabajo, si el empleador no pagó salarios y prestaciones al finalizar la relación y actuó de mala fe.

12/07/2026

Pueden nulitarse una Presidencia en Colombia antes de la posesión? Aquí en entrevista uno de los tantos abogados que lideran la demanda de nulidad.

Luis Guillermo Pérez Casas ante todas las cosas deberá protegerse la Constitución Política de Colombia 👆👆👆
30/06/2026

Luis Guillermo Pérez Casas ante todas las cosas deberá protegerse la Constitución Política de Colombia 👆👆👆

No sé defiende la Constitución Política de Colombia? La norma de normas no está vigente?? Le pregunto a los abogados y juristas porque no se han pronunciado ante la evidente violación a nuestra norma suprema y por la defensa de la democracia.

El Registrador Nacional de cara al público cometió el delito de "prevaricato" entre otros delitos. Lo hizo en FLAGRANCIA al negar el escrutinio en el exterior. De cuando acá este señor que le pagamos el sueldo nosotros decide manejar el CNE como una empresa privada.

Hoy, entregar una certificación de presidente al candidato Abelardo es una nulidad, CARECE DE RESPALDO CONSTITUCIONAL, LEGAL Y ES ILEGITIMO.

Se acabó el poder judicial en Colombia acaso?

1. El primer argumento está en la inscripción del señor Abelardo con doble o triple nacional impedimento art. 179 numeral 7. y 197 de la C.N.

2. El segundo argumento es el principio de legalidad: Se ha probado más de 3 millones de cédulas falsas para realizar su inscripción.

3. El tercer argumento es tener antecedentes penales o disciplinarios.

Por último, el fraude electoral de contratar una empresa que realiza el registro digital donde los dueños son los Hermanos Bautista quienes estuvieron en la cárcel en EE.UU por falsificar documentos. La utilización de IA en cabeza de esta empresa para alterar los datos electorales.

La cantidad de votación fraudulenta entre otros.

Hoy la MOE, OBSERVATORIO DE NACIONES UNIDAS y DEMÁS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES dieron un veredicto HUBO FRAUDE ELECTORAL EN COLOMBIA. Aparecemos en los titulares de todos los medios del mundo 🌍 En el que no reconocen al señor Abelardo como Presidente por falta de LEGALIDAD Y AMPARO CONSTITUCIONAL.

En ese sentido, todos las organizaciones, colectivos y entes del derecho deben defender la Constitución y las normas.

El candidato Abelardo NO es Presidente por falta de amparo normativo.

Exigimos a la rama judicial que se pronuncien con las tutelas, nulidades y denuncias penales que se lideran desde colectivos de abogados!!!

 Lee esta noticia es para tu información y beneficio. En el que podrás ser beneficiario de devolución de dineros si ya p...
26/05/2026

Lee esta noticia es para tu información y beneficio. En el que podrás ser beneficiario de devolución de dineros si ya pagaste multas.

Gobierno ordena devolver más de un billón de pesos a conductores. El Ministerio de Transporte anunció la revocatoria de más de 5,8 millones de comparendos tras detectar fallas técnicas en sistemas de fotodetección en varias ciudades del país. La decisión no solo impacta a quienes aún no han pagado estas sanciones, sino también a más de 1,5 millones de conductores que ahora podrán reclamar la devolución de su dinero.

La investigación, que involucró a 37 organismos de tránsito, evidenció que muchas cámaras operaron sin cumplir requisitos obligatorios establecidos por la ley, como certificaciones técnicas y validaciones del Instituto Nacional de Metrología. Ciudades como Cali, Bogotá, Medellín, Barranquilla y Valledupar aparecen entre las más afectadas por estas irregularidades, que se habrían presentado entre 2018 y 2024. En el caso de Santiago de Cali, que es la más sancionada más del 40% de las Cámaras de la ciudad han funcionado sin tener licencias y permisos, evidenciando un detrimento para la ciudad y un solo objetivo sancionar al ciudadano para obtener el dinero que cada uno entrega. En este sentido el ciudadano puede reclamar la devolución de los dineros que cancelo en referencia a la Cámara inhabilitada Cómo hacerlo? Para quienes aún no han pagado las fotomultas, el panorama es más favorable. El Gobierno confirmó que estos comparendos deberán ser revocados directamente por las autoridades de tránsito, sin necesidad de trámites complejos por parte del ciudadano. Sin embargo, expertos recomiendan no confiarse y hacer seguimiento constante en plataformas como el SIMIT, verificando que la multa haya sido eliminada del sistema.

En paralelo, la ley sigue permitiendo impugnar fotomultas cuando existan irregularidades. Los conductores cuentan con 11 días hábiles desde la notificación para presentar descargos, y pueden basarse en fallas como mala notificación, falta de identificación del conductor, errores en la señalización o ausencia de certificaciones técnicas de las cámaras.

Cómo reclamar la devolución del dinero si ya pagó
El escenario cambia para quienes ya cancelaron la multa. En estos casos, la devolución no será automática y cada afectado deberá iniciar un proceso ante el organismo de tránsito correspondiente. La recomendación principal es presentar un derecho de petición solicitando la nulidad del comparendo y el reintegro del dinero.

También existen otras herramientas legales como acciones populares o tutelas, especialmente si se trata de grupos de ciudadanos afectados por el mismo caso. Para iniciar el trámite, es clave reunir documentos como el comprobante de pago, copia del comparendo, cédula y soportes del caso. En el programa Informativo Jurídico 24/7 estaremos diciendo que Cámaras fueron inhabilitadas.

27/02/2026

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02/02/2026

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29/01/2026

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