02/12/2022
Pronunciamiento del Consejo JIOC Zongo:
D̳e̳n̳u̳n̳c̳i̳a̳m̳o̳s̳ l̳a̳ v̳u̳l̳n̳e̳r̳a̳c̳i̳ó̳n̳ d̳e̳ d̳e̳r̳e̳c̳h̳o̳s̳ p̳o̳r̳ a̳v̳a̳s̳a̳l̳l̳a̳m̳i̳e̳n̳t̳o̳ m̳i̳n̳e̳r̳o̳.̳
Se desconoce la Jurisdicción Indígena de Zongo (provincia Murillo, departamento de La Paz)y se afecta a las familias del territorio, niñas, niños, mujeres, hombres y personas de la tercera edad.
Ayer 30 de noviembre de 2022, en el Salón Rojo de la Cámara de Diputados, presentamos un Pronunciamiento con los siguientes puntos, para hacer escuchar nuestra voz y hacer los derechos colectivos y la Justicia Plural:
📍 𝑷𝒓𝒊𝒎𝒆𝒓𝒐: Denunciamos al Ministerio Público, Policía Boliviana, Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), Gobierno Autónomo Departamental, Ministerio de Medio Ambiente y Agua y Gobierno Municipal de la Paz, por vulneración de los derechos de los pueblos IOC e incumplimiento a las siguientes normas: Art. 2, Art. 179 II, CPE., Art. 192. 1.2.3, CPE, Art.16, II a) Las autoridades jurisdiccionales y las autoridades del Ministerio Público, Policía Boliviana, Régimen Penitenciario u otras instituciones, deberán prestar inmediata cooperación y proporcionarán los antecedentes del caso a las autoridades de la Jurisdicción Indígena Originario Campesina cuando estos lo soliciten...). Art. 17. Las autoridades de todas las jurisdicciones no podrán omitir el deber de coordinación y cooperación. Esta OMISIÓN SERÁ SANCIONADA COMO FALTA GRAVE DISCIPLINARIA EN LA JURISDICCIÓN ORDINARIA, la Agroambiental y las especiales...” de la ley 073.
Incumplimiento de normas del bloque de constitucionalidad, como el convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (Art. 35 “La aplicación de las disposiciones del presente convenio no deberá menoscabar los derechos y las ventajas garantizados a los pueblos interesados en virtud de otros convenios y recomendaciones, instrumentos internacionales, tratados o leyes, faudos, costumbre o acuerdos nacionales.”) y a nuestros principios, valores, normas y procedimiento propios, atentando a nuestra convivencia pacífica (suma kamaña...).
📍 𝑺𝒆𝒈𝒖𝒏𝒅𝒐: Exigimos el cumplimiento integral y respeto de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales y las Resoluciones emanadas de la JIOC Zongo.
📍 𝑻𝒆𝒓𝒄𝒆𝒓𝒐: Cese de la persecución mediante procesos penales y administrativos contra los defensores de la Jurisdicción Indígena Originaria (Órgano Judicial, Ministerio Público), Ministerios y Defensoría del Pueblo, para diálogos interjurisdiccionales e interculturales con la Jurisdicción Indígena.
📍 𝑪𝒖𝒂𝒓𝒕𝒐:Exigimos que a la brevedad posible se realice una inspección ocular por autoridades competentes en la Mina Mauricio Ignacio Alexander, ubicada en las Comunidades Cahua Chico y Cahua Grande de la región de Zongo, Provincia Murillo, Departamento de La Paz.
📍 𝑸𝒖𝒊𝒏𝒕𝒐:Respaldo para el resarcimiento de daños y perjuicios en Coordinación y Cooperación con la Jurisdicción Indígena Ordinaria a favor de las autoridades y defensores de la JIOC Zongo por los doce años de persecución ilegal.
Zongo, Marka, 29 de noviembre de 2022
𝑷𝒐𝒓 𝒖𝒏𝒂 𝑱𝒖𝒔𝒕𝒊𝒄𝒊𝒂 𝑷𝒍𝒖𝒓𝒂𝒍
❞𝑱𝒂𝒍𝒍𝒂𝒍𝒍𝒂 𝑱𝒖𝒓𝒊𝒔𝒅𝒊𝒄𝒄𝒊𝒐́𝒏 𝑰𝒏𝒅𝒊́𝒈𝒆𝒏𝒂 𝑶𝒓𝒊𝒈𝒊𝒏𝒂𝒓𝒊𝒂 𝑪𝒂𝒎𝒑𝒆𝒔𝒊𝒏𝒂 𝒁𝒐𝒏𝒈𝒐❞